Resolución N° DNAM-UTAPO-0299-20. Por medio de la cual se constituye un folio real a favor de la nación para dar en uso y administración a favor del ministerio de salud, puesto de salud de altos del jobo, un predio rural baldio, con una superficie de ciento ochenta y siete metros cuadrados con sesenta y nueve decímetros cuadrados (187.69m2), ubicado en altos del jobo, corregimiento de la represa, distrito de la chorrera, provincia de panamá oeste.

Fecha de publicación07 Septiembre 2022
Fecha03 Diciembre 2020
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TIERRAS
No. 29617 Gaceta Oficial Digital, miércoles 07 de septiembre de 2022 1
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NACIONAL
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Resolución
No.
DNAM-UTAP0-0299-20 3 de diciembre de 2020
POR MEDIO
DE
LA
CUAL
SE
CONSTITUYE
UN
FOLIO REAL A FAVOR
DE
LA
NACIÓN PARA
DAR
EN
USO Y ADMINISTRACIÓN A FAVOR DEL MINISTERIO
DE
SALUD, PUESTO
DE
SALUD
DE
AL TOS DEL JOBO,
UN
PREDIO RURAL BALDIO, CON UNA SUPERFICIE
DE
CIENTO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE
DECIMETROS CUADRADOS (187.69m2
),
UBICADO
EN
ALTOS DEL JOBO, CORREGIMIENTO
DE
LA
REPRESA, DISTRITO
DE
LA
CHORRERA, PROVINCIA
DE
PANAMA OESTE.
El
Administrador General
En
uso de sus facultades legales
CONSIDERANDO:
Que
la
Ley No. 24 de 2006, declara de orden público y de interés social las actividades de
regularización y titulación masiva de tierras que ejecuta
el
Estado, y que mediante
el
Artículo
11
del Decreto Ejecutivo
No.
228 de 2006, regula
el
procedimiento para
la
asignación
en
uso y
administración de oficio de las áreas verdes y tierras utilizadas por
el
Estado; de igual manera
lo
establece la Resolución ADMG-003-2011 del 25 de enero de 2011, publicada en Gaceta Oficial
Digital No. 26753 del 30 de marzo de
2011
.
Que
en
el
marco de los procesos de regularización y titulación masiva de tierras a cargo de
la
Autoridad Nacional de Administración de Tierras , MINISTERIO
DE
SALUD, solicitó la asignación
en
Uso y Administración de oficio,
un
predio baldío rural número 1009, con una superficie
de
CIENTO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE
DECIMETROS CUADRADOS (187.69m2
),
UBICADO
EN
ALTOS DEL JOBO, CORREGIMIENTO
DE
LA
REPRESA, DISTRITO
DE
LA
CHORRERA, PROVINCIA
DE
PANAMA OESTE con el
objeto de ser utilizada para
la
operación del PUESTO
DE
SALUD
DE
ALTOS DEL JOBO.
Que mediante
la
Ley No. 59 del 8 de octubre de
201
O,
se
crea
la
Autoridad Nacional de
Administración de Tierras (ANATI), constituyéndola como única titular y autoridad competente para
la
tramitación y titulación de todos los bienes inmuebles, incluyendo los de propiedad estatal y los
de propiedad privada, nacional o municipal.
Que,
al
ser
el
predio
un
baldío nacional, para efectos registrales, se
le
asigna
al
mismo valor,
sujeto a realización de avalúes.
Que el artículo
19
numeral
17
de
la
Ley 59 de 8 de octubre de
201
O,
establece que, entre las
funciones del Administrador General, está firmar las resoluciones de adjudicación, ventas,

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