Resolución N° DNAM-UTAPO-0297 -21. Por medio de la cual se constituye un folio real a favor de la nación para dar en uso y administración al ministerio de educación, escuela de mendoza, huerto escolar, un predio con una superficie de ocho mil ciento cincuenta y siete metros cuadrados con once decímetros cuadrados (8,157.11m2), ubicado en mendoza, corregimiento de mendoza, distrito de la chorrera, provincia de panamá oeste.

Fecha de publicación07 Septiembre 2022
Fecha11 Noviembre 2021
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TIERRAS
No. 29617 Gaceta Oficial Digital, miércoles 07 de septiembre de 2022 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
-
GOBIERNO
NACIONAL
-
Resolución
No. DNAM-UT
AP0-0297
-21
11
de
noviembre
de 2021
POR MEDIO
DE
LA
CUAL SE CONSTITUYE
UN
FOLIO REAL A FAVOR DE
LA
NACIÓN PARA DAR
EN
USO Y ADMINISTRACIÓN A EL MINISTERIO DE
EDUCACION, ESCUELA DE MENDOZA, HUERTO ESCOLAR, UN PREDIO CON UNA
SUPERFICIE DE OCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS
CON ONCE DECIMETROS CUADRADOS (8,157.11m2
),
UBICADO
EN
MENDOZA,
CORREGIMIENTO DE MENDOZA, DISTRITO
DE
LA
CHORRERA, PROVINCIA DE
PANAMA OESTE.
El Administrador General
En uso de sus facultades legales
CONSIDERANDO:
Que la Ley No. 24 de 2006, declara de orden público y de interés social las actividades de
regularización y titulación masiva de tierras que ejecuta el Estado, y que mediante
el
Artículo
11
del Decreto Ejecutivo
No.
228 de 2006, regula
el
procedimiento para la
asignación
en
uso y administración de oficio de las áreas verdes y tierras utilizadas por
el
Estado; de igual manera lo establece
la
Resolución ADMG-003-2011 del 25 de enero de
2011, publicada
en
Gaceta Oficial Digital
No.
26753 del
30
de marzo de 2011.
Que en
el
marco de los procesos de regularización y titulación masiva de tierras a cargo
de
la
Autoridad Nacional de Administración de Tierras,
el
MINISTERIO DE EDUCACIÓN,
solicitó
la
asignación en Uso y Administración de oficio, un predio baldío rural número
1334, con una superficie de OCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE METROS
CUADRADOS CON ONCE DECIMETROS CUADRADOS (8,157.11m2
),
UBICADO
EN
MENDOZA, CORREGIMIENTO DE MENDOZA, DISTRITO DE
LA
CHORRERA,
PROVINCIA DE PANAMA OESTE, con
el
objeto de ser utilizada para
la
operación del
MINISTERIO DE EDUCACION, ESCUELA
DE
MENDOZA, HUERTO ESCOLAR.
Que mediante
la
Ley No.
59
del 8 de octubre de
201
O,
se crea la Autoridad Nacional de
Administración de Tierras (ANATI), constituyéndola como única titular y autoridad
competente para la tramitación y titulación de todos los bienes inmuebles, incluyendo los
de propiedad estatal y los de propiedad privada, nacional o municipal.
Que,
al
ser
el
predio un baldío nacional, para efectos registrales,
se
le
asigna
al
mismo
valor, sujeto a realización de avalúas.
Que
el
artículo 19 numeral 17 de la Ley
59
de 8 de octubre de
201
O,
establece que, entre
las funciones del Administrador General, está firmar las resoluciones de adjudicación,
ventas, permutas, arrendamiento y donaciones de tierra, que realiza
la
Autoridad, de
conformidad con
lo
que establece la Ley.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:

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