Resolución N° DNAM-UTOCOC-0081-2022. Por medio de la cual, se constituye un folio real a favor de la nación, da en uso y administración al ministerio de educación, escuela de platanal, un predio con una superficie de cinco mil ochocientos veintiséis metros cuadrados con veintiún decímetros cuadrados (5,826.21 m2), ubicado en platanal, corregimiento de piedras gordas, distrito de la pintada, provincia de coclé.

Fecha de publicación26 Mayo 2022
Fecha11 Marzo 2022
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TIERRAS
No. 29545-A Gaceta Oficial Digital, jueves 26 de mayo de 2022 1
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."
REPÚBLICA DE
PANAMÁ
-GOBIERNO NACIONAL -
Resolución DNAM-UTOCOC-0081-2022 . .
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.
11
de marzo
de·
2022
POR MEDIO
DE
LA
CUAL, SE CONSTITUYE
UN
FOLIO REAL FAVOR
DE
LA NACION
DA
EN
USO Y ADMINISTRACION AL MINISTERIO
DE
EDUCACION, ESCUELA
DE
PLATANAL,
UN
PREDIO CON UNA SUPERFICIE
DE
CINCO MIL OCHOCIENTOS
VEINTISEIS METROS CUADRADOS
CON
VEINTIUN DECÍMETROS CUADRADOS
(5,826.21 m2
),
UBICADO
EN
PLATANAL, CORREGIMIENTO
DE
PIEDRAS GORDAS,
DISTRITO
DE
LA
PINTADA, PROVINCIA
DE
COCLE.
El
Administrador General
En
uso
de
sus facultades legales
CONSIDERANDO:
Que
la
Ley
No.
24 de 2006, declara
de
orden público y de interés social las actividades de
regularización y titulación masiva de tierras
qu~
·
~jecuta
el
Estado, y que mediante
el
Artículo
11
del Decreto Ejecutivo
No.
228 de 2006, regula el procedimiento para
la
asignación
en
uso y administración
de
oficio de las áreas verdes y tierras utilizadas por el
Estado; de igual manera
lo
establece
la
Res.olución
ADMG-003-2011 de 25
de
enero de
2011, publicada
en
Gaceta Oficial Digital No.26753
de
30
de marzo de 2011.
Que
en
el
marco de los procesos
de
regularización y titulación masiva de tierras a cargo
de
la
Autoridad Nacional de Administración de Tierras,
LA
NACION DA
EN
USO Y
ADMINISTRACION AL MINISTERIO
DE
EDUCACION,
un
predio baldío rural número
20699,
con
una superficie de CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS METROS
CUADRADOS
CON
VEINTIUN DECÍMETROS CUADRADOS (5,826.21 m2
),
ubicado
en
PLATANAL, Corregimiento de PIEDRAS GORDAS, Distrito de LA PINTADA, Provincia
de
COCLE,
con
el
objeto de ser utilizada para
la
operación de
la
ESCUELA DE PLATANAL.
Que mediante
la
Ley
No.
59
de 8
de
octubre de
201
O,
se
crea
la
Autoridad Nacional de
Administración
de
Tierras (ANATI), constituyéndola como
la
única titular y autoridad
competente para
la
tramitación y titulación
de
todos los bienes inmuebles, incluyendo los
de propiedad estatal y los
de
propiedad privada, nacional o municipal.
Que
al
ser
un
predio baldío Nacional, para efectos registrales,
se
le
asigna
al
mismo
un
valor, sujeto a realización de avalúas.
Que
el
artículo
19
numeral
17
de
la
Ley
59
de
8 de octubre de 2010, establece que, entre
las
funciones del Administrador General, está firmar las resoluciones de adjudicación,
ventas, permutas, arrendamiento y donaciones de tierra, que realiza
la
Autoridad,
de
conformidad
con
lo
que establece
la
Ley.
Que,
en
mérito de
lo
expuesto,
RESUELVE:
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