Resolución N° DNAM-UTOCOC-0133-2022. Por medio de la cual, se constituye un folio real a favor de la nación, da en uso y administración al ministerio de educación, centro educativo básico general de chiguiri abajo, un predio con una superficie de cinco mil setecientos treinta metros cuadrados con once decímetros cuadrados (5,730.11 m2), ubicado en chiguiri abajo, corregimiento de toabre, distrito de penonomé, provincia de coclé.

Fecha de publicación31 Mayo 2022
Fecha30 Marzo 2022
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TIERRAS
No. 29548 Gaceta Oficial Digital, martes 31 de mayo de 2022 1
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••
REPÚBLICA DE
PANAMÁ
-GOBIERNO NACIONAL -
AUTORIDAD
NACIONAL
DE
ADMINISTRACIÓN
DE TIERRAS
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Resolución DNAM-UTOCOC-0133-2022 -
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30
de
marzo
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POR MEDIO
DE
LA
CUAL, SE CONSTITUYE
UN
FOLIO REAL FAVOR
DE
LA
NACION
DA
EN
USO Y ADMINISTRACION
AL
MINISTERIO DE EDUCACION, CENTRO
EDUCATIVO BASICO GENERAL
DE
CHIGUIRI ABAJO,
UN
PREDIO CON UNA
SUPERFICIE
DE
CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS CON
ONCE DECÍMETROS CUADRADOS (5,730.11 m2
),
UBICADO
EN
CHIGUIRI ABAJO,
CORREGIMIENTO
DE
TOABRE, DISTRITO
DE
PENONOME, PROVINCIA
DE
COCLE.
El
Administrador General
En
uso
de
sus facultades legales
CONSIDERANDO:
Que
la
Ley
No
. 24 de 2006, declara de orden público y de interés social las actividades de
regularización y titulación masiva de tierras que ejecuta el Estado, y que mediante
el
Artículo
11
del Decreto Ejecutivo
No.
228
de
2006, regula
el
procedimiento para
la
asignación
en
uso y administración
de
oficio de las áreas verdes y tierras utilizadas por
el
Estado;
de
igual manera
lo
establece
la
Resolución ADMG-003-2011 de 25 de enero
de
2011
, publicada
en
Gaceta Oficial Digital No.26753
de
30
de marzo de 2011.
Que
en
el
marco de
los
procesos
de
regularización y titulación masiva de tierras a cargo
de
la
Autoridad Nacional de Administración de Tierras,
LA
NACION DA
EN
USO Y
ADMINISTRACION AL MINISTERIO
DE
EDUCACION,
un
predio baldío rural número
21500, con una superficie de CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA METROS
CUADRADOS
CON
ONCE DECÍMETROS CUADRADOS (5,730.
11
m2
),
ubicado
en
CHIGUIRI ABAJO, Corregimiento de TOABRE, Distrito de PENONOME, Provincia de
COCLE, con
el
objeto
de
ser utilizada para
la
operación de
la
CENTRO EDUCATIVO
BASICO GENERAL
DE
CHIGUIRI ABAJO.
Que mediante
la
Ley
No.
59
de 8
de
octubre de
201
O,
se
crea
la
Autoridad Nacional
de
Administración
de
Tierras (ANATI), constituyéndola como
la
única titular y autoridad
competente para
la
tramitación y titulación
de
todos los bienes inmuebles, incluyendo los
de propiedad estatal y los
de
propiedad privada, nacional o municipal.
Que
al
ser
un
predio baldío Nacional, para efectos registrales,
se
le
asigna
al
mismo
un
valor, sujeto a realización de avalúas.
Que
el
artículo
19
numeral
17
de
la
Ley
59
de
8 de octubre
de
201
O,
establece que, entre
las funciones del Administrador General, está firmar las resoluciones
de
adjudicación,
ventas, permutas, arrendamiento y donaciones de tierra, que realiza
la
Autoridad, de
conformidad
con
lo
que establece
la
Ley.
Que,
en
mérito de
lo
expuesto,
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