Resolución N° ER-11-P3-2023. Por la cual el ente rector del régimen de asociación público-privada, de acuerdo con lo establecido en la ley 93 de 19 de septiembre de 2019 y su reglamentación, aprueba la adenda no. 1 al pliego de cargos del ministerio de obras públicas, para el proceso de precalificación no. 2023-0-9-pre-ap-11091 del proyecto denominado "rehabilitación, mejora y mantenimiento de la carretera panamericana oeste".

Fecha de publicación17 Agosto 2023
Fecha16 Agosto 2023
EmisorENTE RECTOR DEL RÉGIMEN DE ASOCIACIÓN PÚBLICO-PRIVADA
No. 29848 Gaceta Oficial Digital, jueves 17 de agosto de 2023 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
ENTE
RECTOR
DEL
RÉGIMEN
DE
ASOCIACIÓN
PÚBLICO-PRIVADA
RESOLUCIÓN
ER-ll-P3-2023
De
16
de agosto de 2023
Por la cual el Ente Rector del Régimen de Asociación Público-Privada, de acuerdo con lo
establecido en
la
Ley No.93 de
19
de septiembre de 2019 y su reglamentación, aprueba la
Adenda No. 1
al
Pliego de Cargos del Ministerio de Obras Públicas, para el Proceso de
Precalificación No. 2023-0-9-PRE-AP-11091 del proyecto denominado "Rehabilitación,
Mejora y Mantenimiento de la Carretera Panamericana Oeste".
EL
ENTE
.RECTOR,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que mediante
la
Ley No.93 de 19 de septiembre de 2019, se creó el Régimen de Asociación
Público-Privada para
el
desarrollo como incentivo de la inversión privada, el desarrollo social
y la creación de empleos, con el propósito de regular el marco institucional y los procesos para
el desarrollo de proyectos de inversión bajo la modalidad de Asociación Público-Privada
("APP"), con el fin de promover el desarrollo de infraestructuras y servicios públicos en el país
contribuyendo al crecimiento de
la
economía, a la creación de empleos y a
la
competitividad,
así como a mejorar las condiciones de vida de
la
población en general;
Que el artículo
10
de la Ley No.
93
de
19
de septiembre de 2019, crea el Ente Rector
conformado por seis miembros, a saber: el rnínistro de
la
Presidencia, el ministro de Economía
y Finanzas,
el
ministro de Obras Públicas, el ministro de Comercio e Industrias, el ministro de
Relaciones Exteriores y por el Contralor General de la República, este último solo con derecho
a voz;
Que el artículo 11, numeral 5 de la Ley No.
93
de
19
de septiembre de 2019, dispone que el
Ente Rector, aprobará la propuesta de
la
entidad pública contratante y previa opinión de la
Secretaría Nacional de APP, las modificaciones a los pliegos de cargos y/o a los proyectos de
contratos de APP que excepcionalmente puedan requerirse, previo a su firma, así como las
modificaciones a los contratos de APP;
Que
el
artículo 12, numeral 1 de
la
Ley No.
93
de
19
de septiembre de 2019, dispone que se
crea la Secretaría Nacional de APP, la cual actuará como unidad de apoyo técnico y operativo
del Ente Rector;
Que el artículo
33
de la Ley No.
93
de 19 de septiembre de 2019, señala que en caso de que,
ya
sea como resultado del periodo de absolución de consultas,
la
reunión de homologación o
una determinación de la entidad pública contratante, se establezca
la
necesidad o conveniencia
de realizar modificaciones
al
pliego de cargos, antes de realizarse dichas modificaciones estas
deberán ser presentadas a la Secretaría Nacional de APP para revisar el cumplimiento de
acuerdo con los lineamientos y las decisiones adoptadas por el Ente Rector, previo a su
presentación ante este último para su aprobación;
Que, en consecuencia, con los párrafos expuestos, mediante Nota No. DM-APP-1229-2023
con fecha de
03
de agosto de 2023, el Ministerio de Obras Públicas, a través de su representante
legal, remitió la Adenda No. 1 al Pliego de Cargos para
el
Proceso de Precalificación No. 2023-
0-9-PRE-AP-11091 del proyecto denominado "Rehabilitación, Mejora y Mantenimiento de la
Carretera Panamericana Oeste", a fin de que sea sometida, para la consideración y aprobación
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