Resolución Nº JD-004 de Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá, 16-07-2012

Número de resoluciónJD-004
Fecha16 Julio 2012
EmisorSuperintendencia de Seguros y Reaseguros (Panamá)
ETEPUET,TCA, DE PA,NAMA
SI]]PER.II{TET{DEXIICIA, DE SEGTJTTOS Y R.EASEGUR.OS
J{JIUT.A. DTIIECTIT/A,
Rr:soluci6n N.JD-04 de 1d de Julio d,e 2OL2
Lel Junta Directiva, en uso de sus facultades tr"egales,
C0NSIDERA,I{DO QI}E:
El' 27 de enero de 201'2Ia sociedad American Life insurance Company (ALICO),
por intermedio de su apoderado legal, ALEJANDRO ALEMAN FERRARI. en
conjunto, con FANAMERICAN INSURANCE LIFE DE PANAMA, S.A., a traves de
la firma forense rcAZA, GoNzALEZ-RUrz & ALEMAN, presentaron a la
superintendencia de Seguros y Reaseguros de panama, - a fin que fuese
sometido a la etprobacion del Consejo Tecnico de Seguros, la transferencia de
todas ias polizas de seguros de la sucursal de AMERICAN LiFE INSURANCE
COMPANY (ALiCO) A favoT de PANAMERICAN LIFE INSURANCE DE PANAMA.
S.A.
Para tales efectos, ambas aseguradoras aportaron el borrador del Contrato de
Cesi6n de la Cartera y sus anexos, listado de polizas a ser transferidas,
certificado del trlegistro Publico de Fanamerican Life Insurance de Fanama, S.A.
y certificado del: Registro Publico de American Life Insurance Companv.
El 15 de febrero de 20 12, ambos apoderados legales, presentaron:
L" Reporte de Consultoria trndependiente en relacion con la suficiencia de
reservas traducido al espaflol de American Insurance Life Company.
2. Balance de Prueba consolidado (Freliminar No Auditado) para el periodo que
termina el 3tl de noviembre de 2OII, de American Insurance Life Company.
3. Certificacion. Actuarial de Reserva lVlatemS.tica d"e Fanamerican iif"
Insurance dr: PanamA, S.A"
4. Reporte de Consultoria Independiente en relacion con la suficiencia de las
Reservas de Panamerican Life Insurance de paname, S.A.
5. Estados finemcieros preliminares al 31 de diciembre de 2OItr y Carta de
auditores externos de Panamerican Life Insurance de panama, s.A
6. Estructura Organizacional de Panamerican Life trnsurance de Panama, S.A.
Esta solicitud lue presentada bajo la vigencia de Ia Ley 59 d,e 29 de julio de
t996, la cual se mantuvo en vigor hasta el 3 de abril de 2012, puesto que la
Ley 1,2 de 3 de abril de 2or2, entro en vigencia, el 4 de abrit de 2o1,2.
A pesar que l.os requerimientos para la transferencia de cartera de una
aseguradora a otra son muy simiies en ambas normativas, prima el principio
de la no retroa,otividad de las leyes contemplado en la Constitucion Politica de
la Republica de PanamA, por 1o cual se sustancio la transferencia con los
requisitos sustanciales de la Ley 59 de 1996 y la ritualidad o procedimiento se
verific6 atendie:ndo la regla contemplada en el articulo 32 del Codigo Civil.
EI 2 de abril de 2012, los abogados de ambas compaflias aseguradoras,
cedente y cesionaria, allegaron nuevo borrador de contrato de cesion y
asuncion, asi como detallaron el numero total de polizas a ser transferidas, las
cuales hacen un total de treinta y ocho mil cuarenta y seis (38,0 46) p6Iizas.
El 4 de abril 2012, eI Departamento de Auditoria y Fiscalizacion dio su
concepto con relacion a los Estados F'inancieros preliminares de Panamerican
Life Insurance ,Ce Panama al 31 de diciembre de 2O 1 1, los cuales reflejaron una
utilidad neta cle 812,542,498 y un total de patrimonio por 8139,a7r,52L,
AdemAs, describe en su an€rlisis del Margen de Solvencia y LiquidezMinima N

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