Resolución N° JD.017.2022. Por medio de la cual se autoriza al director general del registro público de panamá, para que solicite ante la dirección general de contrataciones públicas (dgcp) acogerse al procedimiento excepcional con la empresa cable & wireless panama, s.a., para la contratación de la plataforma de servicios cognitivos gpbot, para asistentes virtuales inteligentes, de apoyo para la atención al ciudadano en el registro público de panamá (asistente. virtual aura), para los años 2023 y 2024, por un periodo de veinticuatro (24) meses y por un monto de hasta, ciento setenta y siete mil seiscientos veinte balboas con 00/100 (b/.177,620.00) incluido i.t.b.m.s.

EmisorREGISTRO PÚBLICO DE PANAMÁ
Fecha15 Diciembre 2023
Fecha de publicación10 Enero 2023
No. 29697 Gaceta Oficial Digital, martes 10 de enero de 2023 1
' .
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
REGISTRO PÚBLICO
DE
PANAMÁ
Resolución No. JO. 017-2022
(De 15 de diciembre de 2022)
Por
medio de la cual se autoriza al Director General del REGISTRO PÚBLICO
DE
PANAMÁ, para que solicite ante la Dirección General
de
Contrataciones Públicas
(DGCP) acogerse al Procedimiento Excepcional con la empresa CABLE &
WIRELESS PANAMA, S.A., para la CONTRATACIÓN
DE
LA
PLATAFORMA
DE
SERVICIOS COGNITIVOS GPBot, PARA ASISTENTES VIRTUALES
INTELIGENTES,
DE
APOYO PARA
LA
ATENCIÓN AL CIUDADANO
EN
EL
REGISTRO PÚBLICO
DE
PANAMÁ (ASISTENTE. VIRTUAL AURA), PARA LOS
AÑOS 2023 y 2024, por un periodo
de
veinticuatro (24) meses y por un monto
de
hasta, CIENTO SETENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTE BALBOAS CON
00/100 (B/. 177,620.00) incluido l.T.B.M.S.
LA
JUNTA DIRECTIVA DEL REGISTRO PÚBLICO
DE
PANAMÁ
En uso
de
sus facultades legales y reglamentarias,
CONSIDERANDO
Que conforme al Artículo 1
de
la Ley No. 3
de
6
de
enero
de
1999, el REGISTRO
PÚBLICO
DE
PANAMÁ, es una entidad autónoma del Estado con personalidad
jurídica, patrimonio propio, autonomía en su régimen interno, tanto administrativo y
funcional, como presupuestario y financiero, sujeta únicamente a las políticas,
orientación e inspección del Órgano Ejecutivo y a la fiscalización
de
la Contraloría
General
de
la República.
Que según lo establece el Artículo
7,
numeral 1,
de
la Ley No. 3
de
6
de
enero
de
1999, es función
de
la
Junta Directiva del Registro Público
de
Panamá "Establecer las
políticas generales para la administración del Registro Público."
Que corresponde a este ente colegiado, en su calidad
de
máxima autoridad
de
esta
institución, autorizar al Director General la celebración
de
contratos por montos
superiores a lo establecido por el numeral 1 O del Artículo 7
de
la
Ley
No. 3
de
6
de
enero
de
1999.
Que, dentro
de
las misiones de
EL
REGISTRO PÚBLICO
DE
PANAMÁ están,
actualizar, recopilar, integrar y garantizar la autenticidad
de
los documentos, títulos o
actos que deben registrarse para ofrecer seguridad jurídica
de
la propiedad privada a
los usuarios, además de recabar, conservar y custodiar la valiosa documentación
histórica del país, manteniendo un sistema registra! tecnológico, eficiente, eficaz e
innovador.
Que la Dirección
de
Tecnología
de
EL
REGISTRO PÚBLICO
DE
PANAMÁ, es
consciente
de
la importante misión con la que cumple la institución. Es por esto,
que
desde mediados del año 2020, en un momento donde la situación del País era cada
día más compleja por
el
tema
de
la pandemia, las instituciones
de
Gobierno, se vieron
bastante afectadas en su totalidad y principalmente en el ofrecimiento
de
los servicios
a su población meta.
Que, en vista
de
esta situación, los cambios
de
estrategia en materia
de
tecnología se
incrementaron en todas las áreas
de
EL REGISTRO PÚBLICO
DE
PANAMÁ y
siguiendo la misma línea que tomaron las autoridades gubernamentales encargadas
de los temas tecnológicos a nivel país, se puso en marcha un Plan Piloto que
permitiera a corto plazo y
de
la mano con nuestros socios y negocios activos, analizar
e implementar
de
forma rápida e inteligente herramientas tecnológicas que nos
permitiera dar continuidad a los servicios al público de una forma sencilla y eficiente.
Tel. central
501-6000
-Calle
67
A Este, Vía España, frente al Hospital San
Fernando
Apartac!o Postal
0830-1596
Panamá
, República
de
Panamá
-
www
.registro-publico.
gob.pa

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