Resolución N° JD-018-2022. Por medio de la cual se autoriza al director general del registro público de panamá, para que solicite ante el consejo económico nacional (cena) la autorización para acogerse al procedimiento excepcional con cable & wireless panama, s.a., para la "adquisición del equipamiento de la infraestructura de seguridad de la plataforma firma electrónica", por un periodo de doce meses (12) meses y por un monto de un millon de balboas con 00/100 (b/. 1,000,000.00), incluido i.t.b.m.s.

Fecha de publicación10 Enero 2023
Fecha15 Diciembre 2022
EmisorREGISTRO PÚBLICO DE PANAMÁ
No. 29697 Gaceta Oficial Digital, martes 10 de enero de 2023 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
REGISTRO PÚBLICO
DE
PANAMÁ
Resolución No. JD-018-2022
(De 15 de diciembre de 2022)
Por medio de
la
cual se autoriza
al
Director General del REGISTRO PÚBLICO
DE
PANAMÁ, para que solicite ante el Consejo Económico Nacional (CENA)
la
autorización para acogerse
al
procedimiento excepcional
con
CABLE & WIRELESS
PANAMA, S.A., para
la
"ADQUISICIÓN DEL EQUIPAMIENTO
DE
LA
INFRAESTRUCTURA
DE
SEGURIDAD
DE
LA
PLATAFORMA FIRMA
ELECTRÓNICA", por
un
periodo
de
doce meses (12) meses y por
un
monto
de
UN
MILLON
DE
BALBOAS
CON
00/100 (B/. 1,000,000.00), incluido l.T.B.M.S.
LA
JUNTA DIRECTIVA DEL REGISTRO PÚBLICO
DE
PANAMÁ
En
uso
de
sus facultades legales y reglamentarias,
CONSIDERANDO
Que
conforme
al
Artículo 1 de
la
Ley
No.
3
de
6 de enero de 1999, el Registro Público
de Panamá
es
una
entidad autónoma del Estado
con
personalidad jurídica, patrimonio
propio y autonomía
en
su
régimen interno, tanto administrativo y funcional, como
presupuestario y financiero, sujeta únicamente a
las
políticas, orientación e inspección
del Órgano Ejecutivo y a
la
fiscalización de
la
Contraloría General
de
la
República.
Que
según
lo
establece
el
Artículo
7,
numeral
1,
de
la
Ley
No.
3
de
6 de enero de
1999,
es
función de
la
Junta Directiva del Registro Público de Panamá "Establecer las
políticas generales pára la administración del Registro Público."
Que corresponde a este ente colegiado,
en
su
calidad
de
máxima autoridad de esta
institución, autorizar
al
Director General
la
celebración de contratos por montos
superiores a
lo
establecido por
el
numeral 1 O del Artículo 7 de
la
Ley
No.
3
de
6 de
enero
de
1999.
La
Dirección Nacional de Firma Electrónica del REGISTRO PÚBLICO
DE
PANAMÁ,
es
la
encargada de velar por
el
correcto desarrollo, inspección y vigilancia. de
la
prestación de servicios
de
certificación de firmas electrónicas y demás servicios
comprendidos
en
la
actividad
de
los prestadores
de
servicios
de
certificación. como los
define
la
Ley
No.
51
de
2008, modificada por
la
Ley
No.
82
de
2012. Dentro de sus
funciones operativas están planificar y administrar
las
tecnologías de información y
comunicación
de
la
Infraestructura de Clave Pública (PKI) de
la
República de
Panamá, mediante
el
manejo
de
los recursos, servicios, seguridad y continuidad,
asegurando
la
eficiente y confiable explotación de estos recursos .
Que,
los
servicios de certificación
de
la
Dirección Nacional
de
Firma Electrónica, están
soportados por
la
tecnología
PKI,
que permite
él
envió, recepción, archivo y
procesamiento
de
la
información electrónica. Desde
su
lanzamiento
en
noviembre
de
2013,
la
firma electrónica calificada,
se
ha
cónstituido en uno de los propulsores que
lleva
al
Estado Panameño hacia
la
constitución de
un
gobierno electrónico, gracias a
los altos estándares
de
seguridad que permiten
la
confidencialidad, integridad, el
no
repudio y autenticidad
de
los sistemas ·y documentos que
la
utilizan
en
su
funcionamiento.
Dada
esta realidad,
son
muchas las instituciones del Estado que
se
han
sumado a
la
implementación
de
proyectos
de
inversión de gran costo e impacto nacional, los
cuales utilizarán como mecanismo de seguridad,
la
firma electrónica calificada, que
proporciona
la
Dirección Nacional de Firma Electrónica, del Registro Público de
Panamá como
es
el
caso
de:
Consejo
de
Gabinete, Ministerio de
la
Presidencia,
Dirección
de
Presupuesto
de
la
Nación, Ministerio
de
Trabajo y Desarrollo Laboral,
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Apartado Postal 0830-1596 Panamá, República de Panamá -www.registro-publico.gob.pa
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Resolución No. JD-018- 2022 de 15 de diciembre de 2022 2
Autoridad de Innovación Gubernamental, Ministerio
de
Economía y Finanzas,
Municipio
de
Panamá, Sistema Bancario Panameño, bufetes, e incluso el propio
Registro Público de Panamá, y sus proyectos insignias de modernización y
desburocratización gubernamental.
Que
para
la
Dirección Nacional
de
Firma Electrónica del REGISTRO PÚBLICO
DE
PANAMÁ
el
objetivo general del proyecto radica
en
la
adquisición de
una
solución
que tiene como objetivo
la
actualización y
el
reforzamiento
en
las
comunicaciones y
seguridad
de
datos cumpliendo
con
los
criterios
de
redundancia y alta disponibilidad
inherentes
en
la
infraestructura
PKI
de
la
Dirección de acuerdo a lineamientos
esenciales.
Siendo
de
alta importancia asegurar
una
continuidad operativa de
la
infraestructura
tecnológica, toda vez que
se
ofrece
un
servicio
las
24
horas del día, los 365 días del
año,
tanto a instituciones del estado como
de
la
empresa privada. Por consiguiente,
se
requiere contar
con
los sistemas y equipos que aseguren el desarrollo eficiente
de
todas las operaciones y servicios que
se
brindan y a
su
vez salvaguardar toda
información
de
carácter confidencial y
de
acceso restringido que como prestador de
servicio
de
certificación electrónica debe mantener
el
más alto
de
grado de confianza.
Debido a que el Contrato
de
Servicio
No.
026-2020 vence
en
el
mes
de
diciembre de
2023 y considerando que, para mantener
en
óptimas condiciones de operatividad y
funcionabilidad de
los
equipos y sistemas,
se
requiere actuar por delante,
con
la
planificación necesaria y
con
los
recursos asignados, para garantizar
la
seguridad y
continuidad del servicio brindado por
la
plataforma de Firma Electrónica. Por ello,
se
pretende iniciar
el
trámite
para
la
adquisición
de
alguno de los equipos
de
comunicaciones, equipos, sistemas
de
seguridad de datos y demás equipos,
los
mismos necesarios para
el
funcionamiento de
la
infraestructura de seguridad de
la
plataforma
PKI
de firma electrónica y donde
se
incluya el soporte, mantenimiento y el
monitoreo persistente de amenazas.
El
REGISTRO PÚBLICO
DE
PANAMÁ, desea contratar
con
la
empresa Cable
and
Wireless Panamá, los sistemas requeridos para actualizar parte de la plataforma
de
seguridad
de
la
Dirección Nacional
de
Firma Electrónica,
de
una
manera acorde con
los
cambios y avances tecnológicos necesarios, entendiendo que esto evitaría tener
que compartir
con
otros terceros adicionales, información sensitiva
de
seguridad, que
podría atentar
con
el
propósito y
el
espíritu
de
lo
expresado,
en
las
normas y
regulaciones panameñas, descritas
en
el párrafo anterior, las mismas que buscan
en
esencia evitar comprometer,
los
controles y procedimientos
de
seguridad, de
la
actividad
de
prestación
de
servicios de certificación
Que,
esta solicitud tiene como fundamento
el
numeral 1 del artículo
79,
del Texto
Único
de
la
Ley
No
22
de
27
de
junio de 2006, que regula
la
contratación pública,
ordenado por
la
Ley 153
de
2020, que señala:
1.
Los
de
adquisición o arrendamiento
de
bienes y/o servicios,
en
los cuales
no
haya más
de
un
oferente o
en
aquellos que, según Informe Técnico Fundado,
no
haya sustituto adecuado.
Que
en
consecuencia,
la
Dirección de Planificación y Presupuesto del REGISTRO
PÚBLICO
DE
PANAMÁ, realiza los trámites correspondientes y
se
procede
con
la
asignación por
un
monto de
UN
MILLON
DE
BALBOAS CON 00/100
(8/. 1,000,000.00), incluido l.T.B.M.S, por
un
periodo de doce (12) meses, monto el
cual
se
cargará a
la
partida presupuestaria
No.
G.114830123.001.380 Vigencia Fiscal
2023.
Por
lo
que,
REGISTRO PÚBLICO
DE
PANAMÁ,
se
obliga a incluir
en
el presupuesto
del
año
2023
la
partida presupuestaria para tramitar
los
pagos correspondientes.
Tel.
centra! 501-6000 -Calle 67 A Este, Vía España, frente
al
Hospital San Fernando
Apartado Postal 0830-1596 Panamá, República de Panamá -www.registro-publico.gob.pa
No. 29697 Gaceta Oficial Digital, martes 10 de enero de 2023 3
Resolución
No.
JD-018- 2022 de 15 de diciembre de 2022 3
Que por todo lo anterior,
el
REGISTRO PÚBLICO DE
PANAMÁ
busca fortalecer su
tecnología y mecanismos de prevención, con el objetivo de proteger su imagen y los
servicios que brinda diariamente a sus miles de usuarios.
Que es responsabilidad y obligación de las autoridades administrativas, cumplir y
hacer cumplir las normas que regulan las contrataciones públicas,
Que en mérito de
lo
expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: AUTORIZAR al Director General del REGISTRO PÚBLICO DE
PANAMÁ
para que solicite ante el Consejo Económico Nacional (CENA)
la
autorización para
acogerse
al
procedimiento excepcional con
CABLE
& WIRELESS PANAMA,
S.A., para
la
"ADQUISICIÓN DEL EQUIPAMIENTO DE
LA
INFRAESTRUCTURA
DE SEGURIDAD DE
LA
PLATAFORMA FIRMA ELECTRÓNICA", por un periodo de
doce meses (12) meses y por
un
monto de UN MILLON DE
BALBOAS
CON 00/100
(B/. 1,000,000.00), incluido l.T.B.M.S.
SEGUNDO: ADVERTIR que todas estas autorizaciones se confieren para que
la
presente Contratación se lleve a cabo dentro de los plazos establecidos por la Ley.
TERCERO: Esta resolución entrará a regir a partir de
su
aprobación.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículos
7,
numerales
1y10
de
la
Ley No. 3 de 6 de
enero de 1999; Texto Único de
la
Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la
contratación pública, ordenado por
la
Ley 153 de 2020 y el Decreto Ejecutivo No. 439
de 1
O de septiembre de 2020.
Dado en
la
ciudad de Panamá, a los quince (15) de diciembre de dos mil veintidós
(2022).
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
~-._.~{'.__,
~
ú
~-é
ECRETARIA
Ro~ío
Abril de Vidal
'
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Tel. central 501-6000 -Calle 67 A Este, Vía España, frente al Hospital San Fernando
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