Resolución N° JD-2163. Por la cual se reconoce el derecho de concesión otorgado mediante resuelto no. 95 de 2 de abril de 1998, para la operación y explotación comercial del servicio público de radio abierta en la banda fm, a sertra bajo ''0", s.a.

Fecha de publicación05 Agosto 2022
Fecha03 Agosto 2000
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
No. 29594 Gaceta Oficial Digital, viernes 05 de agosto de 2022 1
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ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Panamá, 0 de
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de 2000
"Por
la cual se reconoce el derecho· de concesión otorgado mediante Resuelto Nº95 de 2 de abril
de 1998, para la operación y explotación comercial del servicio público de radio abierta en la
Banda
FM,
a SERTRA BAJO
''O",
S.A."
EL
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
en uso de sus facultades legales
CONSIDERANDO:
1. Que mediante Ley
26 de 29 de enero de 1996, modificada en virtud de la Ley
24 de 30
de junio de 1999, se creó el Ente Regulador de los Servicios Públicos corno un organismo
autónomo e independiente, con personería jurídica y patrimonio propio, el cual tiene a su
cargo el control y la fiscalización de los servicios públicos de abastecimiento de agua
potable, alcantarillado sanitario, telecomunicaciones, electricidad, radio y televisión, así
corno la transmisión y distribución de gas natural;
2.
Que mediante Ley
24 de 30 de junio de 1999, se establece el régimen jurídico al que se
sujetarán los servicios públicos de radio y televisión dentro de la República de Panamá, con
el propósito de promover y proteger la inversión privada en el sector, así corno la
competencia leal y libre entre los concesionarios y mejorar cada uno de los servicios;
3. Que constituye política del Estado en materia de radio y televisión, fiscalizar y controlar, por
conducto del Ente Regulador, el cumplimiento de las concesiones que se otorguen para la
prestación de los servicios públicos de radio y televisión;
4. Que el Artículo 6 de la Ley
24 de 1999 establece que en adición a las funciones y
atribuciones generales del Ente Regulador de los Servicios Públicos, señaladas en su Ley
Orgánica, esta entidad tendrá, entre otras, la función de otorgar y registrar cada una de las
concesiones para la prestación de los servicios públicos de radio y televisión que se otorguen
en cumplimiento de dicha Ley; ·
5.
Que el Decreto Ejecutivo
189 de
13
de agosto de 1999, modificado por el Decreto
Ejecutivo
111
de 9 de mayo de 2000, por medio de la cual se reglamenta la Ley
24 de
30 de junio de 1999, dispone que el Ente Regulador constituye la única entidad con
competencia para regular, ordenar y fiscalizar los servicios públicos de radio y televisión;
6.
Que el Artículo
19
de la Ley
24 de 1999 dispone que las concesiones para operar
estaciones de radio o de televisión vigentes a la fecha de promulgación de esta Ley, otorgadas
por autoridad competente de conformidad
al
Decreto 155 de 1962 y la Ley 36 de 1980, o sus
modificaciones, o que hayan mantenido su vigencia por virtud de dichas disposiciones, la

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