Resolución N° JD-2166. Por la cual se reconoce el derecho de concesión otorgado mediante resueltos no.707 de 31 de octubre de 1991 y no. 798 de 26 de octubre de 1993, para la operación y explotación comercial del servicio público de radio abierta en la banda fm, a sistema radial metropolitano, s.a.

Fecha de publicación05 Agosto 2022
Fecha03 Agosto 2000
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
No. 29594 Gaceta Oficial Digital, viernes 05 de agosto de 2022 1
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ENTE REGULADOR
DE
LOS SERVICIOS PUBLICOS
Resolución
JD-
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Panamá, V de
~
de 2000
"Por la cual se reconoce el derecho de concesión otorgado mediante Resueltos Nº707 de
31
de
octubre
de
1991
y Nº798
de
26
de
octubre de 1993, para la operación y explotación comercial del
servicio público de radio abierta en la Banda FM a SISTEMA RADIAL
METRO PO LIT ANO, S.A."
EL
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
en uso de sus facultades legales
CONSIDERANDO:
1.
Que mediante Ley
26
de
29
de
enero
de
1996, modificada en virtud
de
la Ley
24
de
30
de junio
de
1999, se creó el Ente Regulador de los Servicios Públicos como un organismo
autónomo e independiente, con personería jurídica y patrimonio propio,
el
cual tiene a su
cargo el control y la fiscalización
de
los servicios públicos
de
abastecimiento
de
agua
potable, alcantarillado sanitario, telecomunicaciones, electricidad, radio y televisión, así
como la transmisión y distribución
de
gas natural;
2.
Que mediante Ley
24
de
30
de
junio de 1999, se establece
el
régimen jurídico
al
que se
sujetarán los servicios públicos de radio y televisión dentro de la República de Panamá, con
el propósito
de
promover y proteger la inversión privada en
el
sector, así como la
competencia leal y libre entre los concesionarios y mejorar cada uno de los servicios;
3. Que constituye política del Estado en materia
de
radio y televisión, fiscalizar y controlar, por
conducto del Ente Regulador, el cumplimiento
de
las concesiones que se otorguen para la
prestación de los servicios públicos
de
radio y televisión;
4. Que
el
Artículo 6
de
la Ley
24
de
1999 establece que en adición a las funciones y
atribuciones generales del Ente Regulador de los Servicios Públicos, señaladas en su Ley
Orgánica, esta entidad tendrá, entre otras, la función
de
otorgar y registrar cada una
de
las
concesiones para la prestación
de
los servicios públicos
de
radio y televisión que se otorguen
en cumplimiento
de
dicha Ley;
5.
Que
el
Decreto Ejecutivo
189
de
13
de agosto de 1999, modificado por el Decreto
Ejecutivo
111
de
9
de
mayo de 2000, por medio
de
la cual se reglamenta la Ley
24 de
30 de junio
de
1999, dispone que el Ente Regulador constituye la única entidad con
competencia para regular, ordenar y fiscalizar los servicios públicos de radio y televisión;
6.
Que el Artículo
19
de
la Ley
24 de 1999 dispone que las concesiones para operar
estaciones
de
radio o de televisión vigentes a la fecha de promulgación de esta Ley, otorgadas
por autoridad competente de conformidad
al
Decreto
155
de
1962 y la Ley 36
de
1980, o sus

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