Resolución N° JD-2204. Por la cual se reconoce el derecho de concesión otorgado mediante resuelto no. 330 de 26 de marzo de 1984, para la operación y explotación comercial del servicio público de radio abierta en la banda am, a edi esther hernandez.

Fecha de publicación23 Septiembre 2022
Fecha03 Agosto 2022
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
No. 29629 Gaceta Oficial Digital, viernes 23 de septiembre de 2022 1
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ENTE
REGULADOR
DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Resolución
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Panamá,
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de
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de 2000
"Por la cual se reconoce el derecho
de
concesión otorgado mediante Resuelto Nº330
de
26
de
marzo
de
1984, para la operación y explotación comercial del servicio público de radio abierta en
la Banda AM, a
EDI
ESTHER
HERNANDEZ, portador
de
la cédula
de
identidad personal
Nº4-96-2480"
EL
ENTE
REGULADOR
DE
LOS
SERVICIOS
PUBLICOS
en uso de sus facultades legales
CONSIDERANDO:
1.
Que mediante Ley
26
de
29
de
enero
de
1996, modificada en virtud de la Ley
24 de 30
de
junio
de
1999, se creó el Ente Regulador
de
los Servicios Públicos como un organismo
autónomo e independiente, con personería jurídica y patrimonio propio, el cual tiene a su
cargo el control y la fiscalización
de
los servicios públicos de abastecimiento de agua
potable, alcantarillado sanitario, telecomunicaciones, electricidad, radio y televisión, así
como la transmisión y distribución
de
gas natural;
2.
Que mediante Ley
24
de
30
de
junio de 1999, se establece el régimen jurídico
al
que se
sujetarán los servicios públicos
de
radio y televisión dentro
de
la República de Panamá, con
el propósito de promover y proteger la inversión privada en el sector, así como la
competencia leal y libre entre los concesionarios y mejorar cada uno
de
los servicios;
3.
Que constituye política del Estado en materia de radio y televisión, fiscalizar y controlar, por
conducto del Ente Regulador,
el
cumplimiento
de
las concesiones que se otorguen para la
prestación
de
los servicios públicos
de
radio y televisión;
4. Que el Artículo 6 de la Ley
24
de
1999 establece que en adición a las funciones y
atribuciones generales del Ente Regulador de los Servicios Públicos, señaladas en su Ley
Orgánica, esta entidad tendrá, entre otras, la función de otorgar y registrar cada una de las
concesiones para la prestación
de
los servicios públicos de radio y televisión que
se
otorguen
en cumplimiento
de
dicha Ley;
5.
Que
el
Decreto Ejecutivo
18
9
de
13
de
agosto
de
1999, modificado por el Decreto
Ejecutivo
111
de 9
de
mayo de 2000, por medio
de
la cual se reglamenta la Ley
24 de
30 de junio
de
1999, dispone que
el
Ente Regulador constituye la única entidad con
competencia para regular, ordenar y fiscalizar los servicios públicos
de
radio y televisión;
6.
Que el Artículo
19
de la Ley
24
de
1999 dispone que las concesiones para operar
estaciones
de
radio o de televisión vigentes a la fecha de promulgación de esta Ley, otorgadas
por autoridad competente de conformidad
al
Decreto
155
de
1962 y la Ley 36
de
1980, o sus

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