Resolución N° JD-2229. Por la cual se reconoce el derecho de concesión otorgado mediante resuelto no. 273 de 2 de junio de 1999, para la operación y explotación comercial del servicio público de radio abierta en las bandas am y fm, a union radio, s.a.

Fecha de publicación23 Septiembre 2022
Fecha03 Agosto 2000
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
No. 29629 Gaceta Oficial Digital, viernes 23 de septiembre de 2022 1
~d&f/Jananui
ENTE
REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Resolución
JD-oS.
l. .J 1
Panamá,~
de
~
de 2000
"Por la cual
se
reconoce el derecho de concesión otorgado mediante Resuelto Nº273 de 2 de
junio de 1999, para la operación y explotación comercial del servicio público de radio abierta en
las Bandas AM y FM, a UNION RADIO, S.A."
EL
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
en uso de sus facultades legales
CONSIDERANDO:
1. Que mediante Ley
26 de
29
de
enero
de
1996, modificada en virtud
de
la Ley
24
de
30
de junio de 1999, se creó el Ente Regulador
de
los Servicios Públicos como un organismo
autónomo e independiente, con personería jurídica y patrimonio propio, el cual tiene a su
cargo el control y la fiscalización
de
los servicios públicos de abastecimiento de agua
potable, alcantarillado sanitario, telecomunicaciones, electricidad, radio y televisión, así
como la transmisión y distribución
de
gas natural;
2.
Que mediante Ley
24
de
30
de
junio
de
1999,
se
establece el régimen jurídico
al
que
se
sujetarán los servicios públicos
de
radio y televisión dentro de la República de Panamá, con
el propósito de promover y proteger la inversión privada en el sector, así como la
competencia leal y libre entre los concesionarios y mejorar cada uno
de
los servicios;
3.
Que constituye política del Estado en materia
de
radio y televisión, fiscalizar y controlar, por
conducto del Ente Regulador, el cumplimiento
de
las concesiones que se otorguen para la
prestación de los servicios públicos
de
radio y televisión;
4.
Que el Artículo 6
de
la Ley
24
de 1999 establece que en adición a las funciones y
atribuciones generales del Ente Regulador
de
los Servicios Públicos, señaladas en su Ley
Orgánica, esta entidad tendrá, entre otras, la función de otorgar y registrar cada una de las
concesiones para la prestación
de
los servicios públicos
de
radio y televisión que
se
otorguen
en cumplimiento de dicha Ley;
5. Que el Decreto Ejecutivo
189 de
13
de
agosto de 1999, modificado por el Decreto
Ejecutivo
111
de
9
de
mayo
de
2000, por medio de la cual
se
reglamenta la Ley
24
de
3 O
de
junio
de
1999, dispone que el Ente Regulador constituye la única entidad con
competencia para regular, ordenar y fiscalizar los servicios públicos
de
radio y televisión;
6.
Que el Artículo
19
de la Ley
24
de
1999 dispone que las concesiones para operar
estaciones de radio o
de
televisión vigentes a
la
fecha
de
promulgación
de
esta Ley, otorgadas
por autoridad competente de conformidad
al
Decreto
155
de 1962 y la Ley
36
de
1980, o sus
modificaciones, o que hayan mantenido su vigencia por virtud de dichas disposiciones, la

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