Resolución N° JTIA 031-2022. Por medio de la cual se prorroga la vigencia de la resolución no. jtia 017- 2022, de 8 de junio de 2022, que suspende temporalmente los artículos séptimo y octavo de la resolución no. 081 de 8 de agosto de 2018, la cual reglamenta la emisión de sellos de los profesionales de la ingeniería, arquitectura y técnicos afines y se adoptan medidas temporales.

Fecha de publicación29 Noviembre 2022
Fecha31 Octubre 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS/JUNTA TECNICA DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA
No. 29672 Gaceta Oficial Digital, martes 29 de noviembre de 2022 1
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REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
JUNTA
TÉCNICA
DE INGENIERÍA Y
ARQUITECTURA
(Ley 15 del 26 de enero 1959)
Resolución No. JTIA 031-2022 de
31
de octubre de 2022
Por medio de la cual se prorroga la vigencia de la Resolución No. JTIA 017-
2022, de 8 de
junio
de 2022, que suspende temporalmente los artículos
séptimo y octavo de la Resolución No.
081
de 8 de agosto de 2018, la cual
reglamenta la emisión de sellos de los profesionales de la ingeniería,
arquitectura y técnicos afines y se adoptan medidas temporales.
CONSIDERANDO:
Que la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura (JTIA) es
una
entidad
gubernamental creada mediante la Ley 15 de 26 de enero de 1959, por la cual se
regula
el
ejercicio de las profesiones de ingeniería y arquitectura, modificada por la
Ley 53 de 4 de febrero de 1963 y la Ley
21
de 20 de
junio
de 2007.
Que la precitada Ley establece
que
para ejercer en la República de Panamá las
profesiones de Ingenieros y Arquitectos se requiere poseer del Certificado de
Idoneidad Profesional, emitido por la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura.
Que de conformidad con lo establecido
en
el
artículo 4 de la Ley 15 de 26 de
~mero
de 1959, todo documento, plano, o escrito realizado por los profesionales idóneos
de la ingeniería y la arquitectura
en
todas sus especialidades, deberán ser
refrendados con
su
firma y sello cuyo diseño adoptará la Junta Técnica de
Ingeniería y Arquitectura, indicando
su
nombre, título y
el
número del Registro de
Idoneidad correspondiente.
Que mediante la Resolución No.
081
de 08 de agosto de 2018, se reglamenta la
emisión de sellos y se adopta el diseño y dimensiones de los mismos, para los
profesionales idóneos de la Ingeniería, Arquitectura, Técnicos afines y Fontaneros,
y atribuye la solicitud y entrega de sellos a la oficina administrativa de la Junta
Técnica de Ingeniería y Arquitectura.
Que mediante Resolución No.JTIA 017-2022 de 8 de
junio
de 2022, se suspende
temporalmente los artículos séptimo y octavo de la Resolución No.
081
de 8 de
agosto de 2018, la cual reglamenta la emisión de sellos de los profesionales de la
ingeniería, arquitectura y técnicos afines y
se
adoptan medidas temporales, hasta
el
31
de octubre de 2022.
Que
en
Reunión Extraordinaria No. 9 del Pleno de la Junta Técnica
de
Ingeniería y
Arquitectura, celebrada el
31
de octubre de 2022,
se
aprobó prorrogar la vigencia
de la Resolución No. JTIA 017-2022 de 8 de
junio
de 2022,
que
suspende
temporalmente los artículos séptimo y octavo de la Resolución No.
081
de 08 de
agosto de 2018, autorizando temporalmente a los interesados, la confección
del
sello para Ingenieros, Arquitectos, Técnicos afines o Fontaneros, según el caso;
con un proveedor de
su
elección.
Que en virtud de las consideraciones antes expuestas y en
uso
de sus facultades
legales y reglamentarias, el Pleno de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura,
RESUELVE:
PRIMERO: PRORROGAR la vigencia de la Resolución No. JTIA 017-2022 de 8 de
junio
de 2022, hasta
el
31
de marzo de 2023, entrando a regir nuevamente los
artículos séptimo y octavo de la Resolución Resolución No.
081
de 8 de agosto de
2018 a partir del 1 de abril de 2023.

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