Resolución N° JTIA 050-2021. Por medio de la cual se derogan las resoluciones 97 de 11 de julio de 1973, 399 de 20 de diciembre de 2000, 029 de 6 de marzo de 2013, 036 de 31 de marzo de 2021 y se unifican las funciones correspondientes a las profesiones de técnico en ingeniería con especialización en edificaciones y el técnico en edificaciones.

Fecha de publicación15 Febrero 2022
Fecha17 Noviembre 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS/JUNTA TECNICA DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA
No. 29477 Gaceta Oficial Digital, martes 15 de febrero de 2022 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
MINISTERIO
DE
OBRAS
PÚBLICAS
JUNTA
TÉCNICA
DE
INGENIERíA
Y
ARQUITECTURA
(Ley
15
deI
26
de
enero
1959)
Resolución
JTIA
050-2021
deI
17
de
noviembre de
2021
POR
MEDIO
DE
LA
CUAL
SE
DEROGAN
LAS
RESOLUCIONES
97
DE
11
DE
JULIO
DE
1973,
399
DE 20 DE
DICIEMBRE
DE
2000,
029
DE
6
DE
MARZO
DE
2013,
036
DE
31
DE
MARZO
DE
2021
Y
SE
UNIFICAN
LAS
FUNCIONES
CORRESPONDIENTES
A
LAS
PROFESIONES
DE
TÉCNICO
EN
INGENIERÍA
CON
ESPECIALIZACIÓN
EN
EDIFICACIONES
Y
EL
TÉCNICO
EN
EDIFICACIONES.
CONSIDERANDO
Que
la
Junta
Técnica
de
Ingeniería
y
Arquitectura
(JTIA)
es
una
entidad de
derecho
público
creada
mediante
la
Ley
15
de
26
de
enero
de
1959,
modificada
por
las
leyes
No.
53
de
4
de
febrero
de
1963
y
No.
21
de
20
de
junio
de
2007,
por
la
cual
se
regula
el
ejercicio
de
las
profesiones
de
ingeniería
y
arquitectura.
Que
el
literal
c
del
articulo
12
de
la
Ley
15
de
1959
faculta a
la
JTIA
para
determinar
las
funciones
profesionales correspondientes
a
los
titulas
de
Ingeniero
y
Arquitecto
y
las
actividades propias de
Agrimensores
y
Maestros
de
Obras,
Dibujantes
y
otros
Técnicos
afines.
Que
de
conformidad
al
literal
j
del
articulo
12
de
la
ley
15
de
26
de
enero
de
1959
corresponde
a
la
JTIA
interpretar
y
reglamentar
la
presente
Ley
en
todos
los
aspectos
de
carácter
estrictamente
técnicas.
Que
la
Junta
Técnica de
Ingeniería
y
Arquitectura,
mediante
resolución
97
del
11
de
julio
de
1973
y
posteriormente
mediante
resolución 029
de
6
de marzo
de
2013,
aprobó
las
funciones
correspondientes
al
Título
de
TÉCNICO
EN
INGENIERIA
CON
ESPECIALIZACIÓN
EN
EDIFICACIONES.
Que
la
Junta
Técnica
de
Ingeniería
y
Arquitectura,
mediante
resolución
399
deI
20
de
diciembre
de
2000,
aprobó
las
funciones
correspondientes
al
Título
de
TÉCNICO
EN
EDIFICACIÓNES.
Que
debido
a
las
notas
de
las
Asociaciones
de Técnicos
y
licenciadas
en
edificaciones,
tales
como
UPTILE (Unión
de
Profesionales Técnicos
en
Ingeniería
y
Licenciados
en
Edificaciones),
ANTILE
(Asociación
Nacional
de Técnicas
en
Ingeniería
y
Licenciados
en
Edificaciones)
enviadas
a
la
JTIA,
así
como
la
nota
del
Colegio
de
Ingenieros
Civiles
de
la
Sociedad
Panameña
de Ingenieros
y
Arquitectos,
y
de
la
Universidad
Tecnológica
de
Panamá,
en
relación
con
las
Resoluciones
36
y
37
de
marzo
de
2021.
Que
una
Comisión
designada
por
el
Presidente
de
la
JTIA,
procedió
a
evaluar
los
perfiles
relacionados,
en
base
alos
pensum
académicos
de
la
Universidad
de
Panamá
y
Universidad
Tecnológica
de
Panamá,
sometiendo
a
discusión
del
Pleno
de
la
JTIA
el
informe
correspondiente.
Que
el
pleno
de
la
JTIA
sostuvo
reuniones
con
representantes
de
las
asociaciones
de
técnicos
en
edificaciones.
Con
base
a
ello,
el
Pleno
de
la
JTIA
en uso
de
sus
facultades
legales,

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