Resolución N° MEF-RES-2022-103. Por la cual el ministerio de economía y finanzas asigna al municipio de panamá, el uso y administración de los folios reales: 30379609 (f), 30379586 (f) y 30379613 (f), código de ubicación 8704.

Fecha de publicación01 Febrero 2022
Fecha24 Enero 2022
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
No. 29467-A Gaceta Oficial Digital, martes 01 de febrero de 2022 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
MINISTERIO
DE
ECONOMÍA
Y
FINANZAS
DIRECCIÓN
DE
BIENES PATRIMONIALES
DEL
ESTADO
Resolución
MEFRES2022103
Panamá,
24
de
enero
de
2022
“Por
la
cual
el
Ministerio
de
Economía
y
Finanzas asigna
al
Municipio
de
Panamá,
el
uso
y
administración
de
los
Folios
Reales:
30379609
(F),
30379586
(F)
y
30379613
(F),
Código de
Ubicación
8704”
EL
MINISTRO
DE
ECONOMiA
Y
FINANZAS
en ejercicio de
sus
facultades
legales,
CONSIDERANDO
Que
mediante
la
Nola 13351D5/2021
de
3
de
diciembre
de
2021.
el
Honorable
Alcalde
del
Distrito
de
Panamá
solicita
al
Ministro
de
Economía
y
Finanzas,
a
través
de
la
Dirección
de
Bienes
Patrimoniales
del
Estado
que
se
le
asigne
en
uso
y
administración
áreas
de
terreno
ubicadas
en
la
Cinta
Costera
para
la
ejecución
de
los
diversos proyectos
que
adelanta
el
Municipio
de
Panamá;
Que
para
sustentar
su petición
el
señor
Alcalde
aportó
copia
de
los
trámites
adelantados
ante
la
Autoridad
Nacional
de
Administración
de
Tierras
(ANATI),
donde
podemos observar
que
las
áreas
en
referencias
son
las
descritas
como:
Globo
A,
Folio
Real
30379609-8704
(F),
con una superficie
de
891012m2.
según
el
Plano
80804-1
50437;
Globo
B,
Folio
Real
30379586-8704,
con
una
superficie
de
G,380,87m2,
según
Plano
80804-150436
y
Globo
C,
Folio
Real
30379613-8704,
con
una superficie
de
6,518.764m2,
según
Plano
80804-15038,
todos
ubicados en
el
corregimiento
de
Calidonia,
distrito
de
Panamá,
provincia
de
Panamá;
Que
los
citados
Folio
Real
30379609-8704
(F),
30379586-8704
(F)
y
30379613-8704
(F),
solicitado en
uso
y
administración
por
el
Honorable
Alcalde
del
Distrito
de
Panamá,
son
propiedad
de
la
Nación,
conforme
queda
sentado
en
los
respectivos
Certificados
de
Propiedad,
expedidos
por
el
Registro
Público
de
Panamá,
que
se
incorporan
a
este
trámite
administrativo;
Que una
vez recibida
la
petición
que
nos
ocupa,
se
procedió
a
solicitar,
tanto
al
Departamento
de Avalúos
de
Inmuebles
de
la
Dirección
de
Bienes Patrimoniales
del
Estado,
como
a
la
Contraloria
General de
la
República,
la
inspección
y
avalúo
de
cada
uno
de
los
poligonos,
de conformidad
con
los
planos
de
los
mencionados
Folios
Reales, requeridos
en uso
y
administración;
Que
el
Departamento
de
Avalúos
de
Inmuebles
de
la
Dirección
de
Bienes Patrimoniales
del
Estado, mediante
MEMORANDO
MEF-2021-72239
de
16
de
diciembre
de
2021,
emitió
su
Informe
de
Avalúo
en
el
que
asigna
al
Folio
Real
30379609-8704
(F),
un
valorde
USD114434394.40;
al
Folio
Real
30379586-8704
(F),
un
valor
de
USD110337009.40
y
al
Folio
Real
30379613-8704
(F),
un
valor
de
USD110560397.68;
Que
la
Contraloria
General
de
la
República,
mediante
Nota N°2304-21-ING-AVAL,
de
21
de
diciembre
de
2021,
emitió
su
Informe
de
Avalúo
en
el
que
asigna
al
Folio
Real,
30379609-8704
(F),
un
valor
de
USD114478945.00;
al
Folio
Real
30379586-8704
(F),
un
valor
de
USD$.10,368,913.75
y
al Folio
Real
30379613-8704
(F),
un
valor
de
USD1
10,592,985.00;
Que
al
sumar
los
valores
asignados
por
el
Departamento
de
Avalúos de
la
Dirección
de
Bienes Patrimoniales
del
Estado
del Ministerio
de
Economia
y
Finanzas
y
de
la
Dirección
Nacional
de
Ingeniería
de
la
Contraloria
General de
la
República,
y
luego
dividirlos
entre
dos,
se
obtiene
el
valor
promedio
de
treinta
y
cinco
millones
trescientos ochenta
y
seis
mil
trescientos
veintidós
dólares
con
sesenta
y
dos
centésimos
(USD5.
35,386,322.62);
Que
de
acuerdo
al
contenido
de
los
artículos
8, 12
y
28 del
Código Fiscal,
le
corresponde
al
Ministerio
de
Economia
y
Finanzas,
la
administración
de
los
bienes nacionales, examinar
la
existencia
de
los
bienes
patrimoniales
y
cerciorarse
de
ellos
donde
quiera
que
estos se
encuentren,
asi
como
del
uso
de
los
mismos
y
del
cuidado que
sobre
ellos
ejerzan
los
funcionarios,
empleados
o
agentes
del
Estado
que
los
administran,
y
lodo
lo
concerniente
a
la
enajenación
y
al
arrendamiento
de
los
bienes
nacionales;

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