Resolución N° MIPRE-2020-0015448. Que recomienda adoptar medidas para la contratación de potencia y/o energía a corto plazo, para cubrir las obligaciones de contratación de las empresas de distribución de energía eléctrica.

Fecha de publicación09 Septiembre 2020
Fecha09 Septiembre 2020
EmisorSECRETARÍA NACIONAL DE ENERGÍA
No. 29109-A Gaceta Oficial Digital, miércoles 09 de septiembre de 2020 1
SECRETARIA NACIONAL DE ENERGÍA
Documento oficial firmado con Firma Electrónica Calificada en el Sistema de Transparencia Documental
TRANSDOC del Ministerio de la Presidencia, de acuerdo con la Ley 83 del 09/11/2012 y el Decreto Ejecutivo Nro.
275 del 11/05/2018. Utilice el Código QR para verificar la autenticidad del presente documento o acceda al enlace:
https://sigob.presidencia.gob.pa/consulta/?id=k6Fge0bQe501KDCrgL77qApRms5ZvUyjBzQDOTR7S3k%3D
RESOLUCIÓN N.° MIPRE-2020-0015448
De 9 de septiembre de 2020
Que recomienda adoptar medidas para la contratación de potencia y/o energía a corto
plazo, para cubrir las obligaciones de contratación de las empresas de distribución de
energía eléctrica.
EL SECRETARIO DE ENERGÍA
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1 de la Ley 43 de 25 de abril de 2011, reorganizó la Secretaría Nacional de
Energía como una entidad del Órgano Ejecutivo, adscrita al Ministerio de la Presidencia,
cuya misión es formular, proponer e impulsar la política nacional de energía con la
finalidad de garantizar la seguridad del suministro, el uso racional y eficiente de los
recursos y la energía de manera sostenible, según el plan de desarrollo nacional y dentro de
los parámetros económicos, competitivos, de calidad y ambientales;
Que el artículo 3 de la Ley 43 de 25 de abril de 2011, establece que la conducción del
sector energía le corresponde a la Secretaría Nacional de Energía;
Que el artículo 81-A del Texto Único de la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, adicionado en la
Ley 43 de 9 de agosto de 2012, establece que la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A.,
podrá realizar actos de compra de potencia y/o energía con pliegos de cargos especiales,
aprobados por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos. Dichos pliegos de cargos
estarán sujetos a las directrices de política energética dictadas por la Secretaría Nacional de
Energía;
Que las Reglas de Compra establecen la obligación de contratación mínima de potencia y
energía de las empresas de distribución, para asegurar el suministro de la demanda;
Que en atención a los aplazamientos previos de ciertos proyectos incluidos en la
planificación del sistema, así como la incidencia de la Pandemia de COVID-19 en el
desarrollo de diversos proyectos de generación, y sus impactos en el mercado eléctrico
nacional que pudieran comprometer la capacidad firme de nuestra matriz de generación de
garantizar la seguridad del suministro de corto plazo, sobre todo en ciertos escenarios de
baja hidrología, de acuerdo a diversas proyecciones realizadas, esta Secretaría Nacional de
Energía estima necesario hacer recomendaciones en cuanto al esquema de contratación a
corto plazo, a fin de reforzar el Sistema Interconectado Nacional y garantizar la prestación
eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de electricidad;
RESUELVE:
PRIMERO: RECOMENDAR a la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A., la
elaboración y presentación ante la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, de los
pliegos necesarios para efectuar una licitación pública, de corto plazo, tendiente a contratar
la potencia y/o energía, para cubrir las obligaciones de contratación de las empresas de
distribución de energía eléctrica.
SEGUNDO: RECOMENDAR a la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A., que el
esquema de contratación incluya:

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