Resolución N° MIPRE-2022-0002354. Que adopta las bases de la fase 1 de la hoja de ruta de hidrógeno verde en la república de panamá y crea los comités al servicio del hidrógeno verde de panamá.

Fecha de publicación24 Enero 2022
Fecha24 Enero 2022
EmisorSECRETARÍA NACIONAL DE ENERGÍA
No. 29461-A Gaceta Oficial Digital, lunes 24 de enero de 2022 1
SECRETARÍA NACIONAL DE ENERGÍA
Documento oficial firmado con Firma Electrónica Calificada en el Sistema de Transparencia Documental
TRANSDOC del Ministerio de la Presidencia, de acuerdo con la Ley 83 del 09/11/2012 y el Decreto Ejecutivo Nro.
275 del 11/05/2018. Utilice el Código QR para verificar la autenticidad del presente documento o acceda al enlace:
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RESOLUCIÓN N.°MIPRE-2022-0002354
De 24 de enero de 2022
Que adopta las bases de la Fase 1 de la Hoja de Ruta de Hidrógeno Verde en la República
de Panamá, y crea los Comités al Servicio del Hidrógeno Verde de Panamá.
EL SECRETARIO NACIONAL DE ENERGÍA
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1 de la Ley 43 de 25 de abril de 2011, reorganizó la Secretaría Nacional de
Energía como una entidad del Órgano Ejecutivo, adscrita al Ministerio de la Presidencia,
rectora del sector energía, cuya misión es formular, proponer e impulsar la política
nacional de energía con la finalidad de garantizar la seguridad del suministro, el uso
racional y eficiente de los recursos y la energía de manera sostenible, según el plan de
desarrollo nacional y dentro de los parámetros económicos, competitivos, de calidad y
ambientales;
Que el artículo 3 de la Ley 43 de 25 de abril de 2011, establece que la conducción del
sector energía le corresponde a la Secretaría Nacional de Energía;
Que el artículo 5 de la Ley 43 de 25 de abril de 2011, señala que la Secretaría Nacional de
Energía tendrá funciones relativas a la planeación y planificación estratégica y formulación
de políticas del sector energía, a la elaboración de un marco orientador y normativo del
sector, al monitoreo y análisis del comportamiento del sector energía, a la promoción de
los planes y políticas del sector y a la investigación y desarrollo tecnológico y de orden
administrativo. La Secretaría Nacional de Energía realizará estas funciones bajo la
subordinación del Órgano Ejecutivo y con la participación y debida coordinación con los
agentes públicos y privados que participan en el sector;
Que en atención al numeral 5 del artículo 17 de la Ley 43 de 25 de abril de 2011, el
Secretario Nacional de Energía tiene entre sus funciones y facultades, someter al Órgano
Ejecutivo por conducto del Ministerio de la Presidencia, las políticas, planes, programas y
propuestas normativas del sector energía;
Que la Secretaría Nacional de Energía presentó a consideración del Órgano Ejecutivo, los
Lineamientos Estratégicos de la Agenda de Transición Energética, que fueron aprobados
por el Consejo de Gabinete mediante Resolución de Gabinete N.°93 de 24 de noviembre de
2020, que incluye ocho estrategias nacionales, entre ellas, dos del sector de los
hidrocarburos que son: Panamá como un Hub Energético y la modernización del marco
regulatorio; y una de las cinco estrategias del sector eléctrico, que es la de innovación del
Sistema Interconectado Nacional;
Que de la estrategia de Panamá como Hub Energético se tiene entre sus líneas de acción, el
desarrollo de un Plan Nacional de Hidrocarburos y la evaluación de la capacidad y
oportunidades del país para consolidarse como un distribuidor y suministrador de
hidrocarburos a nivel regional, lo que representa una oportunidad importante para la
entrada del hidrógeno verde que es un elemento clave para completar la descarbonización
de la economía mundial. Son más de treinta países a la fecha que están incorporando en sus
políticas públicas el desarrollo del hidrógeno verde, por lo que en ese sentido, se deben
establecer los elementos de la hoja de ruta del hidrógeno verde en Panamá para crear las
condiciones para su implementación, tomando en cuenta sus derivados, las necesidades de
[A] NOMBRE RIVERA STAFF JORGE OSCAR - ID 4-700-865
2022.01.24 17:25:21
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SECRETARÍA NACIONAL DE ENERGÍA
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infraestructura, la cadena de suministro, las actividades para el fomento de la educación,
investigación y desarrollo de la tecnología para su producción y transformación, y analizar
la evaluación del mercado identificando oportunidades de colaboración conjunta y creación
de alianzas estratégicas para el fomento de un mercado global;
Que la posición geográfica del país nos brinda esa oportunidad de posicionarnos como esa
ruta global del hidrógeno verde que facilite el fomento de la inversión en infraestructura de
almacenamiento, producción de hidrógeno verde y sus derivados, junto a una oferta de
servicios logísticos bajos en emisiones de gases de efecto invernadero;
Que lo anterior guarda relación con la estrategia de modernización del marco regulatorio,
que tiene entre sus líneas de acción, la revisión integral de las leyes y decretos existentes,
por lo que en ese sentido se requiere una actualización de las normas del sector de
hidrocarburos que incluyan el hidrógeno verde y sus derivados, incentivos para apoyar su
desarrollo como energías renovables, su habilitación en las zonas libres para su comercio y
apalancamiento, su reglamentación en materia de seguridad para su aplicación y la de sus
derivados, entre otros temas;
Que de la estrategia de innovación del Sistema Interconectado Nacional (ENISIN) se tiene
como objetivo la integración de las energías renovables en el sistema de generación, así
como la futura entrada de almacenamiento de energía a gran escala lo que causará que
reconsideremos la estructura, operación y comercialización del sistema eléctrico de
potencia, esto representa una entrada importante para el hidrogeno verde, que nos permitirá
asegurar que el sistema eléctrico panameño continúe siendo seguro y confiable;
Que adoptar las bases de la Fase 1 de la Hoja de Ruta de Hidrógeno Verde, representa un
avance significativo en la transformación y modernización de una matriz energética menos
contaminante al ambiente que va en concordancia con los compromisos adquiridos por el
país en el cumplimiento del Objetivo de Desarrollo de las Naciones Unidas planteado en el
ODS7 “Energía Asequible y No Contaminante”, y con la Convención Marco de Naciones
Unidas sobre Cambio Climático, donde la República de Panamá actualizó su Contribución
Nacionalmente Determinada en cumplimiento del Acuerdo de París, aprobado y ratificado
en la Ley 40 del 12 de septiembre de 2016, incorporando la mitigación del cambio
climático y resiliencia en la planificación para el desarrollo del país, proponiendo un
proceso transformacional de toda la dinámica económica, social y productiva panameña
para avanzar en la circularidad, resiliencia y reducción progresiva de emisiones, incluyendo
compromisos específicos de reducción de emisiones totales del sector energía al año 2030 y
al año 2050;
Que para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 43 de 25 de abril de 2011, y los
Lineamientos Estratégicos de la Agenda de Transición Energética aprobados mediante
Resolución de Gabinete N.°93 de 24 de noviembre de 2020, y en atención a la importancia
que reviste para el país establecer la Fase 1 de la Hoja de Ruta del Hidrógeno Verde, se
hace necesario contar con Comités al Servicio del Hidrógeno Verde en Panamá, como el
Comité de Alto Nivel de Hidrógeno Verde (CANHV) que se constituirá en un espacio de
reporte, seguimiento estratégico para fomentar la cooperación y la coordinación de las
líneas de acción a desarrollar en la hoja de ruta del hidrógeno verde en Panamá; y el
Comité Técnico de Hidrógeno Verde (CTHV) que se constituirá con la finalidad de
impulsar activamente el establecimiento de la hoja de ruta de hidrógeno verde de Panamá y
fungirá como el brazo implementador del Comité de Alto Nivel de Hidrógeno Verde, en
consecuencia,
RESUELVE:
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SECRETARÍA NACIONAL DE ENERGÍA
Documento oficial firmado con Firma Electrónica Calificada en el Sistema de Transparencia Documental
TRANSDOC del Ministerio de la Presidencia, de acuerdo con la Ley 83 del 09/11/2012 y el Decreto Ejecutivo Nro.
275 del 11/05/2018. Utilice el Código QR para verificar la autenticidad del presente documento o acceda al enlace:
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PRIMERO: ADOPTAR las bases de la Fase 1 de la Hoja de Ruta de Hidrógeno Verde en
la República de Panamá, la cual forma parte de la presente resolución como Anexo A.
SEGUNDO: CREAR los Comités al Servicio del Hidrógeno Verde en Panamá que son:
1. El Comité de Alto Nivel de Hidrógeno Verde (CANHV), que se constituirá en un
espacio de reporte, seguimiento estratégico para fomentar la cooperación y la
coordinación de las líneas de acción a desarrollar en la hoja de ruta del hidrógeno
verde en Panamá; y
2. El Comité Técnico de Hidrógeno Verde (CTHV), que se constituirá con la finalidad
de impulsar activamente el establecimiento de la hoja de ruta de hidrógeno verde de
Panamá y fungirá como el brazo implementador del Comité de Alto Nivel de
Hidrógeno Verde.
TERCERO: El Comité de Alto Nivel de Hidrógeno Verde (CANHV) estará conformado
por un representante de las siguientes instituciones y sectores:
1. Secretaría Nacional de Energía;
2. Ministerio de Economía y Finanzas;
3. Ministerio de Relaciones Exteriores;
4. Ministerio de Comercio e Industrias;
5. Ministerio de Ambiente;
6. Autoridad Marítima de Panamá;
7. Autoridad del Canal de Panamá;
8. Universidad Tecnológica de Panamá;
9. Ciudad del Saber;
10. Autoridad para la Atracción de Inversiones y la Promoción de Exportaciones
(PROPANAMÁ);
11. Secretaría Estratégica para el Desarrollo y Competitividad (SEDCO);
12. Sector Eléctrico de Energías Renovables;
13. Sector de las Terminales de Almacenamiento:
14. Sector Logístico Portuario de Panamá;
15. Sector Bancario de Panamá; y
16. Sindicato de Industriales.
CUARTO: El Comité Técnico de Hidrógeno Verde (CTHV) estará compuesto por
representantes de mandos medios de las siguientes instituciones y sectores:
1. Secretaría Nacional de Energía;
2. Ministerio de Economía y Finanzas;
3. Ministerio de Relaciones Exteriores;
4. Ministerio de Comercio e Industrias;
5. Ministerio de Ambiente;
6. Autoridad Marítima de Panamá;
7. Autoridad del Canal de Panamá;
8. Universidad Tecnológica de Panamá;
9. Ciudad del Saber;
10. Autoridad para la Atracción de Inversiones y la Promoción de Exportaciones
(PROPANAMÁ);
11. Secretaría Estratégica para el Desarrollo y Competitividad (SEDCO);
12. Sector Eléctrico de Energías Renovables;
13. Sector de las Terminales de Almacenamiento:
14. Sector Logístico Portuario de Panamá;
15. Sector Bancario de Panamá; y

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