Resolución N° MIPRE-2022-0010543. Que adopta la hoja de ruta nexo mujer y energía en la república de panamá.
| Fecha de publicación | 23 Marzo 2022 |
| Fecha | 22 Marzo 2022 |
| Emisor | SECRETARÍA NACIONAL DE ENERGÍA |
No. 29501-A Gaceta Oficial Digital, miércoles 23 de marzo de 2022 1
SECRETARIA NACIONAL DE ENERGÍA
Documento oficial firmado con Firma Electrónica Calificada en el Sistema de Transparencia Documental –
TRANSDOC del Ministerio de la Presidencia, de acuerdo con la Ley 83 del 09/11/2012 y el Decreto Ejecutivo Nro.
275 del 11/05/2018. Utilice el Código QR para verificar la autenticidad del presente documento o acceda al enlace:
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RESOLUCIÓN N.°MIPRE-2022-0010543
De 22 de marzo de 2022
Que adopta la Hoja de Ruta Nexo Mujer y Energía en la República de Panamá
EL SECRETARIO DE ENERGÍA
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1 de la Ley 43 de 25 de abril de 2011, reorganizó la Secretaría Nacional de
Energía como una entidad del Órgano Ejecutivo, adscrita al Ministerio de la Presidencia,
rectora del sector energía, cuya misión es formular, proponer e impulsar la política
nacional de energía con la finalidad de garantizar la seguridad del suministro, el uso
racional y eficiente de los recursos y la energía de manera sostenible, según el plan de
desarrollo nacional y dentro de los parámetros económicos, competitivos, de calidad y
ambientales;
Que el artículo 3 de la Ley 43 de 25 de abril de 2011, establece que la conducción del
sector energía le corresponde a la Secretaría Nacional de Energía;
Que el artículo 5 de la Ley 43 de 25 de abril de 2011, señala que la S ecretaría Nacional de
Energía tendrá funciones relativas a la planeación y planificación estratégica y formulación
de políticas del sector energía, a la elaboración de un marco orientador y normativo del
sector, al monitoreo y análisis del comportamiento del sector energía, a la promoción de
los planes y políticas del sector y a la investigación y desarrollo tecnológico y de orden
administrativo. La Secretaría Nacional de Energía realizará estas funciones bajo la
subordinación del Órgano Ejecutivo y con la participación y debida coordinación con los
agentes públicos y privados que participan en el sector;
Que en atención al numeral 5 del artículo 17 de la Ley 43 de 25 de abril de 2011, el
secretario nacional de Energía tiene entre sus funciones y facultades, someter al Órgano
Ejecutivo por conducto del Ministerio de la Presidencia, las políticas, planes, programas y
propuestas normativas del sector energía;
Que la Secretaría Nacional de Energía presentó a consideración del Órgano Ejecutivo, los
Lineamientos Estratégicos de la Agenda de Transición Energética, que fueron aprobados
por el Consejo de Gabinete mediante Resolución de Gabinete N.°93 de 24 de noviembre de
2020, que incluye ocho estrategias nacionales, entre ellas, cinco estrategias del sector
eléctrico que son: acceso universal, uso racional y eficiente de la energía, movilidad
eléctrica, generación distribuida e innovación del Sistema Interconectado Nacional (SIN);
dos estrategias del sector de los hidrocarburos que son: Panamá como un Hub Energético y
la modernización del marco regulatorio; y una estrategia transversal de fortalecimiento
institucional;
Que la República de Panamá presentó en diciembre de 2020 ante la Convención Marco de
Naciones Unidas sobre Cambio Climático su actualización a la Contribución
Nacionalmente Determinada en cumplimiento del Acuerdo de París, aprobado y ratificado
en la Ley 40 del 12 de septiembre de 2016, incorporando la mitigación del cambio
climático y resiliencia en la planificación para el desarrollo del país, proponiendo un
proceso transformacional de toda la dinámica económica, social y productiva panameña
para avanzar en la circularidad, resiliencia y reducción progresiva de emisiones, incluyendo
compromisos específicos de reducción de emisiones totales del sector energía al año 2030 y
al año 2050. Es por ello, que resulta necesario el desarrollo de estas estrategias para así
lograr la Contribución Nacionalmente Determinada en cumplimiento del Acuerdo de París;
[A] NOMBRE RIVERA STAFF JORGE OSCAR - ID 4-700-865
2022.03.22 20:59:11
Firmante:
CN=[A] NOMBRE RIVERA STAFF JORGE OSCAR - ID 4-700-865
C=PA
O=FIRMA ELECTRONICA
2.5.4.11=FUNCIONARIO
Clave primaria:
RSA/2048 bits
No. 29501-A Gaceta Oficial Digital, miércoles 23 de marzo de 2022 2
SECRETARIA NACIONAL DE ENERGÍA
Documento oficial firmado con Firma Electrónica Calificada en el Sistema de Transparencia Documental –
TRANSDOC del Ministerio de la Presidencia, de acuerdo con la Ley 83 del 09/11/2012 y el Decreto Ejecutivo Nro.
275 del 11/05/2018. Utilice el Código QR para verificar la autenticidad del presente documento o acceda al enlace:
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Que de conformidad con lo establecido en los Lineamientos Estratégicos de la Agenda de
Transición Energética se establece que la Estrategia Nacional de Acceso Universal
(ENACU) incluye la implementación de seis líneas de acción prioritarias, siendo una de
ellas, el Nexo Mujer y Energía. Adicional a ello, la Estrategia Nacional de Generación
Distribuida (ENGED) incluye como una de sus líneas de acción, el fomento de la equidad
de género con empleos en generación distribuida;
Que el Consejo de Gabinete mediante Resolución de Gabinete N.°5 de 5 de enero de 2022
aprobó la Estrategia Nacional de Generación Distribuida (ENGED) y creó la Comisión
Interinstitucional de Generación Distribuida (CIGED), y mediante Resolución de Gabinete
N.°28 de 9 de marzo de 2022, aprobó la Estrategia Nacional de Acceso Universal
(ENACU) y creó la Comisión Interinstitucional de Acceso Universal (CIACU). La CIGED
y la CIACU se crearon a efectos de realizar los trabajos necesarios para la adopción e
implementación de las respectivas estrategias, con el apoyo de las instituciones públicas,
universidades, empresas y asociaciones del sector privado;
Que el Nexo Mujer y Energía es un eje fundamental que reconoce que para abordar el
cambio climático se requiere respetar, promover y tener en cuenta sus respectivas
obligaciones relativas a la igualdad de género, el empoderamiento de las mujeres y la
equidad intergeneracional, y que por medio de una alta participación de mujeres, la
reactivación económica asociada a la transición energética podrá llevarse a cabo de forma
acelerada, incluyendo a quienes pueden poner su talento a disposición del desarrollo
económico y social;
Que siendo la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer una de las premisas
centrales del Acuerdo de París, uno de los puntos clave en el desarrollo de esta Hoja de
Ruta fue la identificación del estado actual de la igualdad de género en el sector energético
panameño, junto a un proceso de sensibilización de género masivo, para luego, conociendo
la realidad del sector, y consientes de los retos y sesgos de género nacionales, construir
junto a todos los actores la Hoja de Ruta Nexo Mujer y Energía de la República de Panamá;
Que esta Hoja de Ruta tiene como objetivo general facilitar la activa participación y
empoderamiento de la mujer, en igualdad de condiciones, en pro de la implementación de
la Agenda de Transición Energética, dentro y fuera del sector energético;
Que la Hoja de Ruta Nexo Mujer y Energía tiene ocho objetivos específicos que son:
construir una base de datos cuantitativos e indicadores de género, junto a su recopilación
sistemática para el sector energético, con enfoque hacia mitigación del cambio climático,
industria e investigación y desarrollo; incrementar la sensibilización y fomento de la
equidad de género en el sector energético; transversalizar el enfoque de género en el diseño
e implementación de las estrategias de la Agenda de Transición Energética; incluir el
enfoque de género en los acuerdos de cooperación con la industria, el sector privado y
organizaciones internacionales para la implementación de la Agenda de Transición
Energética, con énfasis en innovación tecnológica, y colaboración entre ciencia, sociedad y
política; habilitar oportunidades de educación, formación, investigación + desarrollo +
innovación, y capacitación continua de las y los profesionales del sector energético;
fomentar la creación de condiciones que faciliten la participación femenina en roles de
liderazgo dentro del sector energético, tanto público como privado, así como facilitar su
involucramiento en los procesos de construcción, operación y mantenimiento de nuevos
esquemas asociados al uso de la energía; sensibilizar y empoderar con enfoque de género, a
los usuarios de la energía, para fomentar el uso de tecnologías asociadas a la transición
energética; y fomentar la reactivación económica, la competitividad y el empleo verde
desde el sector energía con equidad de género;
Que para dar cumplimiento a lo establecido por el Consejo de Gabinete mediante la
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SECRETARIA NACIONAL DE ENERGÍA
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Resolución de Gabinete N.°93 de 24 de noviembre de 2020, la Resolución de Gabinete
N.°5 de 5 de enero de 2022 y la Resolución de Gabinete N.°28 de 9 de marzo de 2022, y
tomando en cuenta que la Agenda de Transición Energética plantea tres ejes asociados con
la educación y empoderamiento de jóvenes; comunicación estratégica y el nexo mujer y
energía, esta Secretaría procede a desarrollar esta Hoja de Ruta Nexo Mujer y Energía, cuya
meta general es lograr que los 141,000 nuevos empleos al 2050 que generará la Transición
Energética se desarrollen en paridad, lo que evidencia el compromiso contundente de esta
gestión en fungir como aceleradores de la competitividad del desarrollo del país basado en
la igualdad de género, en consecuencia,
RESUELVE:
PRIMERO: ADOPTAR la Hoja de Ruta Nexo Mujer y Energía en la República de
Panamá, la cual forma parte de la presente resolución como Anexo A.
SEGUNDO: La presente resolución comenzará a regir a partir de su promulgación.
FUNDAMENTO DE DERECHO. Ley 43 de 25 de abril de 2011, Resolución de
Gabinete N.°93 de 24 de noviembre de 2020, Resolución de Gabinete N.°5 de 5 de enero
de 2022 y Resolución de Gabinete N.°28 de 9 de marzo de 2022.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
JORGE RIVERA STAFF
Secretario Nacional de Energía
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