Resolución N° MIPRE-2024-0013249. Que establece temporalmente los precios máximos de venta al público de algunos combustibles líquidos en la república de panamá.

Fecha de publicación17 Abril 2024
Fecha17 Abril 2024
EmisorSECRETARÍA NACIONAL DE ENERGÍA
No. 30012-B Gaceta Oficial Digital, miércoles 17 de abril de 2024 1
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REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
-
GOBIERNO
NACIONAL
-
MINISTERIO
DE
LA
PRESIDENCIA
SECRETARIA NACIONAL DE ENERGÍA
O•l'IlMA !I.!:tT!.ONitA
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RESOLUCIÓN
N.0 MIPRE-2024-0013249
De
17
de
abril
de
2024
Que establece temporalmente los precios max1mos de venta al público de algunos
combustibles líquidos
en
la República de Panamá.
LA
SECRETARIA
NACIONAL
DE
ENERGÍA
en
uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1 de la Ley 43 de 25 de abril de 2011, reorganizó la Secretaría Nacional de
Energía como una dependencia del Órgano Ejecutivo, adscrita al Ministerio de la
Presidencia;
Que el artículo
27
de la Ley 43 de 25 de abril de 2011 , asignó a la Secretaría Nacional de
Energía las funciones, atribuciones y responsabilidades que el Decreto de Gabinete N. 0
36
de
17
de septiembre de 2003, le otorgaba a la Dirección General de Hidrocarburos y
Energías Alternativas, lo que incluye la determinación de los precios de paridad de
importación de los productos derivados del petróleo;
Qu
e mediante Decreto Ejecutivo N.0213 de 1 de noviembre de 2023, se resolvió regular por
seis (6) meses, prorrogables, los precios máximos de venta al público de algunos
combustibles líquidos
en
la República de Panamá;
Que el Decreto Ejecutivo citado, autorizó a la Secretaría Nacional de Energía para que
determin
e,
en cada ocasión, mediante resolución d e mero cumplimiento, los precios
ximos de venta al público específicos de cada combustible en cada localidad, y además,
para que actualice cada catorce (14) días calendario dichos precios en función de las
variaciones que experimenten los precios de paridad de importación respectivos y de la
estimación de los costos de fletes y márgenes razonables de comercialización para cada
combustible;
Que
en
atención a las consideraciones expuestas,
RESUELVE:
ARTÍCULO
l.
Establecer el precio máximo de venta al público de algunos combustibles
líquidos en las ciudades de: Panamá, Colón, Arraiján,
La
Chorrera, Antón, Penonomé,
Aguadulce, Divisa, Chitré, Las Tablas, Santiago, David, Frontera, Boquete, Volcán, Cerro
Punta, Puerto Armuelles y Changuinola,
en
el periodo comprendido del 19 de abril de 2024
a las seis de la mañana
(6
:00 a.m.), hasta el 3 de mayo de 2024 a las cinco y cincuenta y
nueve de la mañana (5
:5
9 a.m.), tal y como se detalla a continuación:
Documento oficial firmado
con
Firma Electrónica Calificada
en
el
Sistema
de
Transparencia Do
cumental
-
TRANSDOC
del
Ministerio
de
la
Pre
sidencia,
de
acuerdo
con
la
Ley
83
del
09/11/2012 y
el
Decreto
Ejecuti
vo
Nro.
275
del
11/05/
20
18.
Utilice
el
Código
QR
para verificar la autenticidad
del
presente documento o acceda
al
enlace:
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re
sidencia
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