Resolución N° MNCF-JD-003-2022. Por medio de la cual se aprueba el reglamento que establece el procedimiento para otorgar concesiones.

Fecha de publicación08 Septiembre 2022
Fecha08 Agosto 2022
EmisorMERCADOS NACIONALES DE LA CADENA DE FRIO, S.A.
No. 29618 Gaceta Oficial Digital, jueves 08 de septiembre de 2022 1
11
Por
medio de
la
cual se Aprueba
el
Reglamento que Establece
el
Procedimiento para
Otorgar Concesiones"
LA
JUNTA
DIRECTIVA DE LOS MERCADOS NACIONALES DE
LA
CADENA DE
FRÍOS.A, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y REGLAMENTARIAS,
CONSIDERANDO:
Que Mercados Nacionales de
la
Cadena de Frío, S.A., es una sociedad anónima constituida
bajo las leyes
de
la
República de Panamá, cuyas acciones pertenecen .
en
un cien (100%)
por ciento
al
Estado panameño, tal como lo establece
la
Ley 90 de siete (7) de noviembre
de 2013 por
la
cual se autoriza
la
creación de la empresa Mercados Nacionales de
la
Cadena De Frío S:A.
Que el artículo décimo segundo (12), numeral dos (2) del Pacto Social y
la
Ley 90 de 2013
su Artículo nueve {9) numeral uno (1), expresa que son funciones y atribuciones de la Junta
Directiva: "Establecerlas políticas Financieras, de inversiones, de personal y de adquisición
de
la
sociedad, así como cualquiera otra política necesaria para su buen desempeño".
Que el artículo noveno (9), de
la
Ley
90
de 2013, sobre las funciones y atribuciones de
la
Junta Directiva, específicamente en
el
numeral nueve (9) faculta a
la
misma, a realizar
contratos bajo las modalidades de arrendamiento, venta, concesión, fideicomiso, cesión,
usufructo, uso temporal, custodia, hipoteca y demás formas
de
disociación.
Que la Ley 90 de 2013 en
su
artículo décimo segundo (12), sobre las facultades y deberes
del GerenteGeneral, específicamente el numeral cinco (5) delega en
el
Gerente General
someter a consideración de la Junta Directiva
la
aprobación de los reglamentos que
considere pertinentes para el debido funcionamiento de la sociedad.
Que
la
Ley 90 de 2013, en su artículo décimo segundo (12), sobre las facultades y deberes
del Gerente General, específicamente
el
numeral diez
(1
O)
faculta
al
Gerente General a
autorizar
la
. contratación bajo toda clase de arrendamiento, venta, concesión, permuta,
fideicomiso, dación en pago, cesión, usufructo, uso temporal, custodia, hipoteca y demás
formas de disposición de bienes por una cuantía hasta doscientos cincuenta mil balboas
con 00/100 centésimos (B/. 250,000.00).
Que el artículo quinto (5) de
la
Ley 90 de 2013, en su numeral seis (6) establece como
activo fijo de Cadena de Frío las herencias, donaciones y legados que se le hagan, los cuales
se recibirán a beneficiode inventario.
Que mediante Escritura Pública
No~
30 del 4 de agosto de 2021,
La
Nación segrega su finca
No. 340887con código de ubicación 8720 para que forme finca aparte
el
polígono CC01-13,
de
la
cual nace la nueva finca con folio real 30372752, cedida en calidad de Donación a
favor de
la
sociedad Mercados Nacionales de
la
Cadena de Frío, S.A.
Que, mediante reunión ordinaria de Junta Directiva de la sociedad, celebrada el. ocho (08)
de agosto de dos mil veintidós (2022), los miembros participantes en
la
misma, Giovani
Fletcher, quien actuó como Presidente
en
ausencia del titular, Severo Sousa, Secretario de
la misma, Jorge Almeng.or, tesorero, y los vocales Lorenzo .Jiménez y Juan Villarreal,
autorizaron realizar modificaciones
al
Reglamento para otorgar Concesiones dentro de las
instalaciones de esta empresa.
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Aprobar el Reglamento que establece
el
procedimiento para Otorgar
Concesiones para
la
empresa Mercados Nacionales de
la
Cadena de Frío, S.A., conforme
a
lo
detallado a continuación:
Reglamento
para
otorgar Concesiones
de
Mercados Nacionales
de
la
CADENA
DE
Frío,
S.A.
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CAPITULO 1
DISPOSICIONES GENERALES
SECCIÓN PRIMERA
NORMAS GENERALES
Artículo 1: Alcance.
El
presente Reglamento regula el otorgamiento de las
Concesiones que, de acuerdo con las disposiciones de
la
Ley No. 90
del
07 de
noviembre de 2013 que autoriza
la
creación
de
los Mercados Nacionales
de
la
Cadena de Frío, S,A. (MNCF), nuestra empresa está facultada a ejercer.
Artículo 2:
Ámbito
de Aplicación. Las disposiciones de este Reglamento
regulan el procedimiento aplicable para el otorgamiento, administración,
operación y cumplimiento de las concesiones para el aprovechamiento, el uso
y
la
explotación de bienes del Estado, incluyendo la construcción y explotación
y operación de instalaciones de MNCF, o los servicios que esta deba o pueda
prestar. Dichas concesiones podrán ser otorgadas a terceros, ya sea personas
naturales o jurídicas.
Artículo
3:
Definiciones. Para efectos de este Reglamento, las palabras y
términos contenidos ·en este artículo significan
lo
siguiente:
1.
Adjudicación: Acto por el cual MNCF, reconoce, declara y acepta
la
propuesta más ventajosa a los ·intereses y otorga el Contrato de
Concesión, con base en este Reglamento, y en las bases de
la
licitación
y le pone fin al procedimiento precontractual.
2. Aviso de convocatoria. Información concreta que debe incluir, como
mínimo, ladescripción del procedimiento;
Ja
dirección electrónica o la
oficina donde puedeexaminarse u obtenerse las bases de
la
licitación;
el lugar, el día y
ta
hora de presentación de las propuestas;
el
lugar, el
día y
la
hora de inicio del acto público; el lugar, el día y
la
hora de
la
reunión previa y homologación cuando proceda; una breve descripción
del objeto contractual,
el
valor estimado.
3.
Bases de
la
licitación: Documento emitido por MNCF .que contiene, el
objeto delcontrato;
tos
requisitos para ser considerado
un
proponente
calificado;
el
procedimiento para la presentación de propuestas; las
fechas de visitas u homologación; los criterios de evaluación aplicables
en
la
selección; el clausulado con los términos y condiciones del
contrato; los planos, mapas y demás información que posea MNCF y
que esta estime relevante para
Ja
evaluación del objeto del contrato por
los interesados en participar en lalicitación; entre otros.
4. Bienes inmuebles patrimoniales: Son los bienes inmuebles que forman
parte del patrimonio de MNCF y que están inscritos
en
el Registro
Público como propiedad de MNCF.
5.
Concesión: Contrato que tiene como objeto principal otorgar a una
persona natural o jurídica, durante un plazo determinado de tiempo,
según su naturaleza,bajo las normas de este Reglamento y conforme a
los términos y condiciones establecidos en las cláusulas del contrato
respectivo, los derechos para: (i)
la
explotación comercial de locales,
rt-
Reglamento para
otorgar
Concesiones de Mercados Nacionales de
la
CADENA
DE
Frío, S.A.
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