Resolución N° OAL-059-ADM-2024. Por la cual se confirma la resolución no. 059-adm-2021 de fecha 08 de abril de 2021 por la cual se publicó el “procedimiento y requisitos para la presentación de las solicitudes de licencias no automáticas de importación, para la importación de café tostado” de conformidad con el decreto de gabinete no. 18 de 27 de marzo de 2024 que prorroga la vigencia de las medidas temporales de control a la importación y comercialización del café tostado.

Fecha de publicación11 Abril 2024
Fecha02 Abril 2024
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
No. 30008 Gaceta Oficial Digital, jueves 11 de abril de 2024 1

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