Resolución N° OAL-060-ADM-2022. Por la cual se ordena a la dirección ejecutiva de cuarentena agropecuaria del ministerio de desarrollo agropecuario a través del organismo internacional regional de sanidad agropecuaria (oirsa), para que realice el tratamiento de aspersión a los camiones y equipos de transporte (cabezales, mesas y contenedores) de los transportistas panameños que ingresen al territorio nacional sin carga, garantizando que este tratamiento no constituya costo alguno para el transportista.
Emisor | MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO |
Fecha | 10 Mayo 2022 |
Fecha de publicación | 25 Mayo 2022 |
No. 29544 Gaceta Oficial Digital, miércoles 25 de mayo de 2022 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
RESOLUCIÓN
NºOAL-060-ADM-2022
PANAMÁ
DE
10
DE
MAYO
DE
2022
EL
MINISTRO
DE
DESARROLLO
AGROPECUARIO
en
uso
de
las
facultades
que
le
confiere
la
ley,
CONSIDERANDO:
Que la Ley No.12
de
25
de
enero
de
1973, señala que
es
función del Ministerio
de
Desarrollo
Agropecuario, formular la política y planificación
de
la rama agropecuaria y ejecutar las
acciones concretas que se deriven de ellas, así como realizar todas aquellas actividades que
garanticen el avance técnico y productivo del sector agropecuario.
Que la Ley
23
de
15
de
julio
de
1997, modificada por la Ley 44 de 1
de
agosto
de
2001 y la
Ley
62
de
26
de
diciembre de 2002, expresa que la Dirección Ejecutiva
de
Cuarentena
Agropecuaria,
es
la unidad ejecutora de las Direcciones
de
Salud Animal y Sanidad Vegetal, en
materia
de
cuarentena exterior e interior y ge
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de
la movilización
de
animales,
plantas y sus productos a efect9
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los recursos agropecuarios
del país y
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de
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Que el Gobierno
Nacilnal
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de
Desarrollo
Ag'tppecu~io
y el Organismo
Internacional Regior{al
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Agropecu~ia
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Que en reunión celebrada con los gremios transportistas panameños,
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hacia la República
de
Panamá,
esta situación les genera una afectación de carácter económico a los transportistas.
Que luego
de
realizar una minuciosa evaluación
de
la situación se determinó apoyar
al
transportista de nacionalidad panameña en el servicio de aspersión efectuado a los camiones y
equipos
de
transporte (cabezales, mesas y contenedores)
al
momento
de
ingresar al territorio
nacional.
En consecuencia,
RESUELVE:
PRIMERO: ORDENAR a la Dirección Ejecutiva de Cuarentena Agropecuaria del Ministerio
de
Desarrollo Agropecuario a través del Organismo Internacional Regional
de
Sanidad
Agropecuaria (OIRSA), para que realice el tratamiento de aspersión a los camiones y equipos
de
transporte (cabezales, mesas y contenedores)
de
los transportistas panameños que ingresen
al
territorio nacional sin carga, garantizando que este
trat~miento
no
constituya costo alguno
para el transportista. '
No. 29544 Gaceta Oficial Digital, miércoles 25 de mayo de 2022 2
SEGUNDO: CONSIDERAR como transportistas panameños a las personas naturales o
jurídicas que se dediquen a realizar actividades
de
transporte de mercancías que cumplan con
los siguientes requisitos:
1.
Ser personas naturales o jurídicas
de
nacionalidad panameña.
2. Operar camiones y equipos
de
transporte (cabezales, mesas y
contenedores)
con placa
o matricula panameña.
TERCERO: ORDENAR a la Dirección Ejecutiva de Cuarentena Agropecuaria , instruir al
Organismo Internacional Regional
de
Sanidad Agropecuaria (OIRSA), para que establezca y
mantenga un registro estadístico
de
los transportistas nacionales que utilicen el servicio bajo
esta medida.
CUARTO: La presente Resolución empezará a regir a partir
de
su firma.
FU
ND
AMENTO DE DERECHO: Ley
12
de
25
de
enero
de
1973
y la
Ley
23
de
15
de
julio
de
1997.
Decreto Ejecutivo Nº136
de
3
de
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de
2021.
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COMUNÍQUESE Y CÚM,PLASE.
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J&.
S PINEDA MIRAilIDA ·
,.,_
Viceministro Encargado
EL
MINISTERIO
DE
DESARROLLO
AGROPECUARIO
OFICINA DE ASESORÍA LEGAL
CERTIFICA: Que
el
presente documento es fiel copia de ·
original.
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Secretaria
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