Resolución N° OAL-092-ADM-2022. Por la cual se delega, al agr. carlos abrego, como coordinador nacional -encargado del programa de café y cacao, con las funciones inherentes al cargo conforme a la ley, decretos y resoluciones.

Fecha de publicación21 Octubre 2022
Fecha13 Julio 2022
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
No. 29649 Gaceta Oficial Digital, viernes 21 de octubre de 2022 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO
DE
DESARROLLO AGROPECUARIO
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10
RESOLUCIÓN
OAL-092-ADM-2022PANAMÁ,13 DE JULIO
PE
2022.
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·-
EL MINISTRO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
en uso
de
las facultades que le confiere la ley,
CONSIDERANDO:
Que, en este sentido, la Ley
12 de
25
de enero de 1973, por la cual se crea el Ministerio
de Desarrollo Agropecuario y se señala sus funciones y facultades en sus artículos 8 y 9 de
la presente Ley.
Que el artículo 8 de la Ley No.12 de
25
de enero de 1973, establece que las funciones o
atribuciones del Ministro podrán ser delegadas por éste,
en
el Viceministro, el Secretario
General, Directores Generales y Regionales y Jefes de Departamentos
Que se hace necesario delegar al Agr. CARLOS ASREGO con cédula de identidad personal
No.2-78-2258, como Coordinador'Nacional-Encargado del"Programa de Café y Cacao,
a partir del 14 de Julio
2022.
En
consecuencia,
RESUELVE:
PRIMERO: Delegar, M Agr. CARLOS
AB~GO,
portador de la· cédula de identidad
personal Nº2-78-2258, como
Co
:
ordinad~r
Naci~nal
-Éncargado
del Programa de Café
y Cacao, con las funciones inherentes ªl. cargo.conforme
¡:i.
la Ley, Decretos y Resoluciones.
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. .
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....
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SEGUNDO:
Deleg~t'en
el.
Coordinad:or Nacion:al-Ell:cargado del Programa de Café y
Cacao,
al
Agr. Carlos Abrego para .firmas
de
documentos adininístrativos tales como:
solicitudes de bienes, ·s;aivoconductos, viáticos, gestiones db·.:cobros, y cualquier otro
documento de correspondencü(que facilite y garantice la efipiente gestión del Ministerio de
Desarrollo Agropecuario. ·
·.
TERCERO: El Servidor Público, al momento de ejercer las facultades designadas, deberá
advertir que actúa por designación temporal y por consiguiente las funciones otorgadas son
intransferibles a otros servidores públicos.
CUARTO: Esta designación de funciones es revocable en cualquier momento por el
Ministro, a través de la Resolución correspondiente.
QUINTO: La presente Resolución empezará a regir a partir de 14 de julio de 2022.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículo 8 y 9 de
laLeyNo.12
de
25
de enero de 1973.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
c
Viceministro
-----
··
·--------
------
-AUGUS
Ministro
EL MINISTERIO DE
DESARROL~O
AGROPECUARIO
OFICINA DE ASESORIA LEGAL
CERTIFICA:
Que
el
presente documento es fiel copia de
~
origlnal.
~
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Panamá
..J.L
de de 20 -
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