Resolución N° OAL-108-ADM-2022. Por la cual se delega en la secretaria general licenciada erya villarreal, para que firme las autenticaciones de documentos y las notas remisorias respetivas, las notas en respuesta a los oficios provenientes de las distintas instancias administrativas (defensoría del pueblo, autoridad nacional de transparencia y acceso a la información (antai), y similares), las judiciales (juzgados, tribunales entre otros), las diversas certificaciones; y cualquier otro documento que facilite y garantice la eficiente gestión del ministerio de desarrollo agropecuario.
Fecha de publicación | 21 Octubre 2022 |
Fecha | 04 Agosto 2022 |
Emisor | MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO |
No. 29649 Gaceta Oficial Digital, viernes 21 de octubre de 2022 1
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RESOLUCIÓN No.OAL-108-ADM-2022 PANAMÁ, 04 DE AGOSTO DE 2022
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~- EL MINISTRO DE DESARROLLO AGROPECUARIO,
en uso de las facultades que le confiere
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O:
Que la Ley No. 12 de
25
de enero de 1973, creó el Ministerio de Desarrollo Agropecuario y le
señala sus funcipnes y facultades.
Que el artículo 8 de
la
Ley No.
12
de
25
de enero de 1973, establece que las funciones o
atribuciones del Ministro podrán ser delegadas por éste, en
el
Viceministro, el Secretario
General, Directores Generales y Regionales y Jefes de Departamentos.
Que se hace necesario delegar algunas funciones en la Secretaria General Licenciada ERYA
VILLARREAL, portadora de la cédula de identidad personal No.8-715-1951, para que firme
las autenticaciones de documentos y las notas remisorias respectivas, las notas en respuesta a
los oficios provenientes de las distintas instancias administrativas (Defensoría del Pueblo,
Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI), y similares), las
judiciales (Juzgados, Tribunales entre otros), las diversas certificaciones; y cualquier otro
docun1ento que facilite y garantice
la
efidente gestión del Ministerio de Desarrollo
Agropecuario.
Que luego de las consideracione_s antes expuestas,
RESUELVE:
PRIMERO: Delegar en la Secretaria General Licenciacfa ERYA VILLARREAL, portadora
de la cédula de identidad personal No.8-715-1951, para que firme las autenticaciones de
documentos y las notas remisorias respeétivas, las notas en respuesta a los oficios
provenientes de las distintas instancias administrativas (Defensoría del Pueblo, Autoridad
Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI), y similares), las judiciales
(Juzgados, Tribunales entre otros), las diversas certificaciones; y cualquier otro documento
que facilite y garantice
la
eficiente gestión del Ministerio de Desarrollo Agropecuario.
SEGUNDO: A la servidora pública, que se le
ha
delegado estas funciones, será responsable
por sus actuaciones u omisiones en el ejercicio de las facultades delegadas.
TERCERO: Los servidores públicos, al momento de ejercer las funciones delegadas,
actuaran por delegación y por consiguiente las facultades otorgadas son intransferibles a otros
servidores públicos.
CUARTO: Esta delegación de funciones es revocable en cualquier momento por el Ministro,
a través de la Resolución correspondiente.
QUINTO: La presente Resolución deroga la Resolución
Nº
OAL-167-ADM-2020 de 5 de
junio de 2020.
SEXTO: Esta Resolución tiene vigencia desde el 28 de marzo de 2022.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley No. 12 de 25 de enero de 1973.
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COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
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Viceministro
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