Resolución N° OAL-115-ADM-2022. Por la cual se delega en la licda. mitzila samudio, directora de administración y finanzas la representación legal para la firma de las resoluciones que designan los miembros de los actos públicos celebrados en el ministerio de desarrollo agropecuario en la comisión evaluadora y verificadora.

Fecha de publicación17 Octubre 2022
Fecha23 Agosto 2022
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
No. 29645 Gaceta Oficial Digital, lunes 17 de octubre de 2022 1
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8.ÉSOLUCIÓN
OAL-115-ADM-2022,
PANAMÁ,
23
DE
AGOSTO
DE
2022
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EL
MINISTRO
DE
DESARROLLO
AGROPECUARIO
en uso de las facultades que le confiere la ley,
CON
SID
ERANDO:
Que la Ley No.12 de 25 de enero de 1973, creó el Ministerio de Desarrollo Agropecuario y le señala
sus funciones y facultades.
Qm<
el artículo 8 de la Ley No.12 de 25 de enero de 1973, establece que las funciones o atribuciones
del Ministro podrán ser delegadas por éste, en el Viceministro, el Secretario General, Directores
Generales y Regionales y Jefes de Departameºntos.
Que la Ley 22 del 27 de junio de 2006, Texto Único, dispone que la competencia para presidir y
adjudicar los procedimientos de selección de contratistas recae en
el
representante legal de ]a entidad
que convoca el acto público correspondiente o al servidor público en que se delegue esta función.
Que la Ley 22 del 27 de junio de 2006, en su
ru.:tículo
68, establece que una vez la entidad licitante
haya seleccionado a los miembros de la Comisión, esta será nombrada forinalmente por el
representante legal de la entidad o por quien este delegue.
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Que se hace necesario delegar, algunas funciones del Ministro
de
Desarrollo Agropecuario en la
Directora Nacional
de
Administración y Finanzas, para
Ja
selección de miembros_ de la Comisión
Verificadora.
Que luego de las consideraciones antes expuestas,
RESUELVE:
PRIMERO:
Delegar en la Lic.
MITZILA
SAMUDIO,
portadora de la· cédula de identidad
personal No. 4-132-1844,
Directora
Administración
y
Finanzas
la Representación legal para la
firma de las resoluciones que designan los miembros de los actos públicos celebrados en el Ministerio
de Desarrollo Agropecuario en la Comisión evaluadora y verificadora.
SEGUNDO:
La
servidora pública al que se le ha delegado estas facultades, será responsable por sus
actuaciones u omisiones antijurídicas en el ejercicio de las facultades delegadas y está obligada a
cumplir con el principio de responsabilidad e inhabilidades de los servidores públicos, consagradas
en el artículo 28 de la Ley 22 de 2006, Texto Único, ordenado por la Ley
153
de 2020.
TERCERO:
La servidora pública, al momento de ejercer la facultad delegada, deberá advertir que
actúa por delegación y por consiguiente las funciones que se le han delegado son intransferibles a
otros servidores públicos.
CUARTO:
Esta delegación de funciones es revocable en cualquier momento por el Ministro, a través
de la Resolución correspondiente.
QUINTO:
Esta
Resolución empezará a regir a partir de su publicación en Gaceta Oficial.
FUNDAMENTO
DE
DERECHO:
Ley No.
12
de
25
de enero de 1973 y Ley 22 de 27 de junio de
2006. Texto único.
COMUNÍQUESE
Y
CÚMPLASE.
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ICA: Que el presente documento es fiel copia de ·
Viceministro
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