Resolución N° OAL-163-ADM-2022. Mediante la cual se declara alerta zoosanitaria.

Fecha de publicación11 Abril 2023
Fecha23 Noviembre 2022
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
No. 29758-C Gaceta Oficial Digital, martes 11 de abril de 2023 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
RESOLUCIÓN
OAL-163-ADM-2022 PANAMÁ, 23 DE NOVIEMBRE DE 2022
"Mediante la cual se Declara Alerta Zoosanitaria"
EL MINISTRO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
en uso de sus facultades legales ,
CONSIDERANDO:
Que la LeyNo.23 de
15
de
julio
de
1997, le atribuye a la Dirección Nacional
de
Salud Animal del Ministerio
de Desarrollo Agropecuario, la facultad
de
establecer los requisitos zoosanítarios que deberán cumplir para
su introducción al país los animales, sus productos y subproductos, así como los medicamentos para uso
exclusivo veterinario, los productos biológicos, químicos y alimenticios cuando sean para consumo y uso
animal.
Que
el
Decreto Ejecutivo No.68 del 20 de mayo
de
2014, crea en la Dirección Nacional
de
Salud Animal del
Ministerio de Desarrollo Agropecuario el Programa Nacional
de
Sanidad Porcina, con
el
objetivo
de
desarrollar actividades
de
prevención, control y erradicación
de
enfermedades que puedan representar riesgos
a la producción porcina.
Que mediante el Resuelto No. DAL-073-ADM-08
de
31
de
octubre
de
2008,
se
establecen los requisitos
zoosanitarios para el control internos
de
la movilización
de
animales en
el
territorio nacional.
Que
el
Decreto Ejecutivo Nº168
de
5
de
noviembre 2001, establece el Sistema: Nacional de Emergencia en
Salud Animal (SINESA), cuyo objetivo es
el
control y erradicación
de
las enfermedades y plagas exóticas o
emergencias de los animales,
tj.entro
del territorio de la República.
Que producto
de
las lluvias que ocasionaron inundaciones
en
árei;ts
de producción porcina, produciendo la
muerte de miles de cerdos, representando para:nuestros porcinocultores una 'perdida económicas que supera
los treinta y ocho mil cuatrocientos balboas con 00/100 (B/.38, 400.00) aproximadamente, con repercusiones
socioeconómicas devastadoras para la industria porcina nacional, la autosuficiencia alimentaria y la seguridad
nacional,
de
no
tomarse medidas ,sanitarias urgentes Y. efectivas.
Que el Ministerio de Desarrollo Agropecuario como autoridad competente, regente
de
la producción
agropecuaria
de
nuestro país, le corresponde hacerle frente a lasnecesidades urgentes de los productores
dedicados a la actividad porcina.
En consecuencia,
RESUELVE:
PRIMERO: Declarar alerta zoosanitaria y brindar
de
apoyo económico y en especie, para los porcinocultores
que fueron afectados con las inundaciones en las áreas
de
producción porcina.
SEGUNDO: Instruir a la Dirección Nacional de Salud Animal, a extremar las medidas de bioseguridad los
controles sanitarios que
se
consideren necesarios en los puntos afectados y llevar un control del apoyo
económico versus pérdidas en las fincas afectadas.
TERCERO: Esta Resolución comenzará a regir a partir
de
su firma.
FUNDAMENTO DE DE
RE
CHO: Ley No.
12
de
25
de
enero de 1973, Ley No.23 de
15
de
julio de 1997,
Decreto Ejecutivo
Nºl68
de
5
de
noviembre 2001, Decreto Ejecutivo No.68 del 20
de
mayo
de
2014 y el
Resuelto No. DAL-073-ADM-08 de
31
de
octubre
de
2008.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
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