Resolución N° OAL-71. Por la cual se establecen las dimensiones, color, nomenclatura y calidad de las placas del transporte terrestre público de pasajeros y calcomanías para el periodo 2022 y se le otorga al centro vocacional de chapala, la confección de las mismas.

Fecha de publicación15 Febrero 2022
Fecha09 Febrero 2022
EmisorAUTORIDAD DEL TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE
No. 29477 Gaceta Oficial Digital, martes 15 de febrero de 2022 1
¿
,9mez’nd
‘4-
and.?opj
RESOLUCIÓN
OAL-No.
71
De
9
de
febrero
de
2022
POR
LA
CUAL
SE
ESTABLECEN
LAS
DIMENSIONES,
COLOR,
NOMENCLATURA
Y
CALIDAD
DE LAS
PLACAS DEL
TRANSPORTE
TERRESTRE PÚBLICO
DE PASAJEROS
Y
CALCOMANÍAS
PARA
EL
PERIODO
2022
Y
SE
LE
OTORGA
AL
CENTRO
VOCACIONAL
DE
CHAPALA,
LA
CONFECCIÓN
DE
LAS
MISMAS.
El
suscrito
Director
General,
Encargado
de
la
AUTORIDAD
DEL
TRÁNSITO
Y
TRANSPORTE
TERRESTRE,
en
ejercicio
de
sus
facultades
legales,
CONSIDERANDO:
Que
el
Decreto
Ejecutivo
640
de
27
de
diciembre
de
2006,
dispone entre
otras
cosas, que para
transitar
en
las
vías
públicas todo
vehículo
requiere
una
placa
única
y
definitiva
que
deberá
portar
permanentemente.
Que
el
artículo
34
del
Decreto Ejecutivo
antes
citado,
señala
que
las
dimensiones,
color,
nomenclatura
y
calidad
de
las
placas serán
determinadas
mediante resuelto emitido
por
la
AUTORIDAD
DEL
TRÁNSITO
Y
TRANSPORTE
TERRESTRE.
Que
el
articulo
31
de
la
Ley
14
de
26
de
mayo
de
1993,
establece
que
todo
vehículo
destinado
a
la
prestación
del
servicio
de
transporte
terrestre
público,
debe
tener
un
certificado
de
operación
o
cupo.
Este
certificado
dc
operación
o
cupo
está
identificado por
un
número,
al
cual
se
le
emite
una
placa
de
transporte
público, adicional
a
la
placa
única
que todos
los
vehículos
deben
portar.
Que
la
Ley
71
deI
24
de
noviembre
de
2015,
modifica
la
Ley
6
de
1965,
que
crea
y
organiza
una
institución
de
Educación
de
Orientación
Vocacional
en
Chapala.
Que
la
Ley
71
de
2015,
en
su
artículo
16
adiciona
un
párrafo
al
artículo
22
de
la
Leyó
de
1965, en
el
sentido
de
que
el
ESTADO otorga
al
CENTRO
VOCACIONAL
DE
CHAPALA,
de
manera exclusiva,
la
confección,
venta
de
placas
y
calcomanías
de
revisado
velucular
a
nivel
nacional,
incluyendo
las
que
se
confeccionan
para
los
municipios
y
entidades
del
ESTADO.
Por
lo
tanto,
se
hace
necesario establecer
formalmente
las
características
de
las
placas
y
calcomanías
que
se
utilizarán
en
el
servicio
de
transporte
terrestre
público
de
pasajeros,
en
la
vigencia
del
año
2022
y
remitir
Resolución
al
Centro
Vocacional
de
Chapala.
Por
lo
tanto,
el
suscrito
DIRECTOR
GENERAL,
ENCARGADO,
de
la
AUTORIDAD
DEL TRÁNSITO
Y
TRANSPORTE
TERRESTRE,
en
uso
de
sus
facultades legales
y
por
autoridad
de
la
ley,
RESUELVE:
PRIMERO:
Se
establece
para
la
vigencia
del
año
2022,
la
placa
de
transporte
terrestre
público
de
pasajeros,
contendrá
un
alfanumérico
compuesto
de
6
caracteres.
Todas
las
placas
de
transporte
público serán
de
aluminio
que
estará
laminado
con
una
cinta
retro
reflectiva.
El
aluminio tendrá
un
calibre
de
un
milímetro
(1
mm),
con
una
tolerancia
de
±1-
0.05
aun
y
para
evitar
oxidación
y
garantizar
una óptima
adherencia
entre
aluminio
y
cinta reflectiva,
el
mismo
tendrá
un
mínimo
de
97%
de
pureza
(AL97).
La
cinta
retro-reflectiva
será
de
color
celeste
claro
para
el
año
2022
y
tendrá una
retro
reflexión
mínima
de
45
cd/lx
por
metro
cuadrado
en
un
ángulo
de
entrada
de
5
grados
(5°),
cumpliendo
como
mínimo
con
la
norma
1507591,
sobre
calidad
de
las
placas.
%za’taa&
0861-92982%.
ú
.9ernanz%
%t
7607!
SOS
0699-
Iowa’.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR