Resolución N° PA/DS-282-2022. Por la cual se establece la red interinstitucional de ética pública (riep), bajo la coordinación de la procuraduría de la administración.

Fecha de publicación21 Noviembre 2022
Fecha24 Octubre 2022
EmisorMINISTERIO PUBLICO/PROCURADURIA DE LA ADMINISTRACION
No. 29667 Gaceta Oficial Digital, lunes 21 de noviembre de 2022 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO
PÚBLICO
PROCURADURÍA DE
LA
ADMINISTRACIÓN
DESPACHO
SUPERIOR
Resolución No. P A/DS-282 -2022
(24
de
octubre de 2022)
"Por la cual se establece la Red Interinstitucional
de
Ética Pública (RIEP), bajo la
coordinación de la Procuraduría de la Administración"
El Procurador de la Administración, en uso
de
sus facultades legales,
CONSIDERANDO
Que el Estado Panameño ratificó la Convención Interamericana contra la Corrupción
(CICC), mediante la Ley No. 42 de 8 de julio
de
1998 y la Convención de las Naciones
Unidas contra la Corrupción, a través
de
la Ley No.
15
de
10
de mayo 2005. Normativas,
que establecen, entre otros aspectos, la obligación del Estado de implementar medidas para
prevenir la corrupción y garantizar una gestión pública íntegra, transparente y de rendición
de cuentas.
Que el numeral 2 del artículo 3
de
la Ley
38
de
31
de
julio de 2000, "Que aprueba el
Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Administración, regula el Procedimiento
Administrativo General y dicta disposiciones especiales", establece que la institución, tiene
como misión coadyuvar a que la administración pública desarrolle su gestión con estricto
apego a los principios
de
legalidad, calidad, transparencia, eficiencia, eficacia y moralidad
en la prestación
de
los servicios públicos.
Que el
11
de diciembre de 2002, la Procuraduría de la Administración constituyó la Red
Interinstitucional de Ética Pública (RIEP), a través de la firma de la primera Carta de
Compromiso, por diversas instituciones públicas, con la :finalidad de unir esfuerzos para el
fortalecimiento de una cultura ética en la administración pública; compromiso renovado en
años posteriores.
Que a través la Resolución DS-08-13
de
18
de
abril
de
2013, "Por la cual se aprueba la
estructura orgánica
de
la Procuraduría
de
la Administración, se adopta su organigrama y su
manual
de
organización y funciones", se atribuye
al
Despacho Superior la función de
colaborar, por medio de sus Secretarías Provinciales, en
el
establecimiento de las Redes
Interinstitucionales de Ética Pública en las provincias; los municipios y comarcas.
Que el numeral
3,
acápite
A,
del artículo primero
de
la Resolución No. DS-134-17-0IRH-
2017 de 29 de mayo de 2017, "Por la cual se modifica la nomenclatura de la unidad de
Ética Pública y la Unidad de Mediación Comunitaria, contenidas en el numeral 6 (nivel
operativo) del artículo segundo de la Resolución No. DS-08-13 de
18
de abril de 2013, "Por
la cual se aprueba la estructura orgánica
de
la Procuraduría de la Administración, se adopta
su organigrama y su manual de organización y funciones", establece que el Departamento
de Ética y Gestión Pública tiene como función
el
verificar; a través de los representantes o
enlaces que conforman la RIEP, el cumplimiento de sus objetivos en las instituciones
públicas.
Que
el artículo 27
de
la
Ley
6 de 22 de enero de 2002, que
"Dicta
normas sobre
transparencia en la gestión pública, establece la acción de habeas data y dicta otras
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