Resolución N° S-007-2024. Por la cual se publica la lista de personas jurídicas de las cuales el abogado fernando javier correa díaz, funge como agente residente, cuya información no fue cargada en el sistema privado y único de registro de beneficiarios finales, la cual constituye el anexo, con todos los efectos jurídicos que conlleva, toda vez que forma parte integral de la presente resolución.

Fecha de publicación27 Febrero 2024
Fecha19 Febrero 2024
EmisorSUPERINTENDENCIA DE SUJETOS NO FINANCIEROS
No. 29977 Gaceta Oficial Digital, martes 27 de febrero de 2024 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
SUPERINTENDENCIA
DE
SUJETOS
NO FINANCIEROS
RESOLUCIÓN No. S-007-2024
19 de febrero de 2024
LA SUPERINTENDENTE
DE
SUJETOS NO FINANCIEROS
CONSIDERANDO:
Que
la
Ley 129 de 17 de marzo de 2020, crea
el
Sistema Privado y Único de
Registro de Beneficiario Finales de Personqs Jurídicas.
Que
el
artículo 3 de
la
Ley 129 de 2020 establece
la
obligación de todo abogado o
firma de abogados que preste servicios de agente residente de persona jurídica,
se
registre ante
la
Superintendencia de Sujetos no Financieros.
Que
el
artículo 24 de
la
Ley 129 de 2020, modificado por
el
artículo
42
de
la
Ley 254
de
11
de noviembre de 2021, establece que
la
Superintendencia de Sujetos
no
Financieros ordenará
al
Registro Público de Panamá
la
suspensión de los derechos
corporativos de las personas jurídicas que
no
hayan sido registradas o actualizadas
en
el
Sistema Único por
su
agente residente.
Que
la
Superintendencia de Sujetos no Financieros emitió
la
Resolución
No.
S-016-
2022 de
22
de noviembre de 2022, "Por
la
cual se subroga
la
Resolución
No.
S-011-
2022 de 5 de julio de 2022 sobre procedimientos inherentes
al
Sistema Privado y
Único de Registro Beneficiarios de Personas Jurídicas
en
la
República de Panamá".
Que
el
acápite
c,
numeral
1,
artículo Cuarto de
la
Resolución
No.
S-016-2022 de
22
de noviembre de 2022, establece
el
procedimiento de fase de carga de información
en
el
Sistema Único dentro de
un
término máximo de noventa (90) días calendario,
contados a partir de culminado
el
Procedimiento de Registro del Agente Residente.
Que
el
numeral 2 y 5 del artículo 29 del Acuerdo
No.
JD-01-2022 de 4 de febrero de
2022, contempla
la
sanción de suspensión de derechos corporativos, por
incumplimiento a las obligaciones establecidas
en
la
Ley 129 de 2020.
Que a través de Resolución
No.
S-DC-092-2024 de
19
de febrero de 2024,
se
resolvió ordenar
al
Registro Público
la
suspensión de los derechos corporativos de
un
listado de cien (100) personas jurídicas de las cuales
el
abogado FERNANDO
JAVIER CORREA DÍAZ, funge como agente residente y a
la
fecha del 19 de enero
de 2024,
no
había cargado
su
información
en
el
Sistema Privado y Único de
Registros de Beneficiario Finales.
Ante
lo
expuesto,
la
Superintendente de
la
Superintendencia
Financieros,
en
uso de sus facultades legales;

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