Resolución N° S-013-2023. Por la cual se publica la lista de personas jurídicas de las cuales la firma de abogados quijano & asociados funge como agente residente, de las que no cargó la información en el sistema privado y único de registro de beneficiarios finales, cuyo listado se anexa a esta resolución, con todos los efectos jurídicos que conlleva, toda vez que forma parte integral de la presente resolución.

Fecha de publicación29 Noviembre 2023
Fecha21 Noviembre 2023
EmisorSUPERINTENDENCIA DE SUJETOS NO FINANCIEROS
No. 29919-A Gaceta Oficial Digital, miércoles 29 de noviembre de 2023 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
SUPERINTENDENCIA DE SUJETOS
NO FINANCIEROS
RESOLUCIÓN No. S-013-2023
21
de noviembre de 2023
LA SUPERINTENDENTE
DE
SUJETOS NO FINANCIEROS
CONSIDERANDO:
Que
la
Ley 129 de
17
de marzo de 2020, crea
el
Sistema Privado y Único de
Registro de Beneficiario Finales de Personas Jurídicas.
Que
el
artículo 3 de
la
Ley 129 de 2020 establece
la
obligación de todo abogado o
firma de abogados que preste servicios de agente residente de persona jurídica,
se
registre ante
la
Superintendencia de Sujetos
no
Financieros.
Que
el
artículo
22
de
la
Ley 129 de 2020, modificado por
el
artículo 40 de
la
Ley 254
de
11
de noviembre de 2021, establece
la
aplicación de sanciones por parte de
la
Superintendencia de Sujetos no Financieros, por incumplimiento o violación por
parte del agente residente de las obligaciones que impone
la
referida Ley.
Que
la
Superintendencia de Sujetos
no
Financieros emitió
la
Resolución
No
. S-011-
2022 de 5 de julio de 2022, "Por
la
cual
se
establece
el
procedimiento de registro de
agentes residentes
en
el
Sistema Privado y Único de Registro de Beneficiarios
Finales de Personas Jurídicas y
el
Procedimiento de Registro Inicial de
la
Información de las Personas Jurídicas a quienes
se
preste
el
servicio y actividades
propias de agente residente."
Que
el
artículo QUINTO de
la
Resolución
No
. S-011-2022 de 5 de julio de 2022,
señala que
el
procedimiento de fase de carga de información
en
el
Sistema Único
debe realizarse dentro de
un
término máximo de noventa (90) días calendario,
contados a partir de culminado
el
Procedimiento de Registro del Agente Residente
y que para aquellos agentes residentes que hayan sido registrados
en
el
Sistema
Único antes de
la
entrada
en
vigencia de
la
presente resolución,
el
término que
trata
el
presente artículo comenzará a regir a partir de
la
publicación de
la
presente
resolución.
Que
el
numeral 2 y 5 del artículo 29 del Acuerdo
No.
JD-01-2022 de 4 de febrero de
2022, contempla
la
sanción de suspensión de derechos corporativos de las
personas jurídicas vigentes, por incumplimiento a las obligaciones establecidas
en
la
Ley 129 de 2020 .
Que a través de Resolución
No.
S-DC-069-2023 de
21
de noviembre de 2023, se
resolvió ordenar
al
Registro Público
la
suspensión de los derechos corporativos de
un
listado de cuatrocientas setenta y nueve (479) personas jurídicas vigentes de las
cuales
la
firma de abogados QUIJANO & ASOCIADOS funge como agente

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