Resolución Nº SMV-163-24 de Superintendencia del Mercado de Valores del 2 de mayo de 2024

Sentido del falloImponer a Verdemar Investment Corporation, S.A., multa de Cincuenta Balboas (B/.50.00) por la mora de un (1) día hábil de mora en la presentación del Informe de Actualización Anual (IN-A); correspondiente al período terminado al 31 de diciembre de 2023, cuya fecha de presentación venció el 3 de abril de 2024.
Normativa aplicadaTexto Único del Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999, y sus leyes reformatorias; Acuerdo No.2-2000 de 28 de febrero de 2000; Acuerdo No.8-2000 de 22 de mayo de 2000; Acuerdo No.18-2000 de 11 de octubre de 2000; Acuerdo No.8-2005 de 20 de junio de 2005, con sus respectivas modificaciones, Acuerdo No.8-2018 de 19 de diciembre de 2018, Decreto Ejecutivo No.126 de 16 de mayo de 2017 y Resolución No.SMV-308-22 de 7 de septiembre de 2022 y su modificación.
Número de resoluciónSMV-163-24
Fecha02 Mayo 2024
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Panamá)
REPÚBLICA DE PANAMÁ
SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
RESOLUCIÓN No. SMV-163-24
(de 2 de mayo de 2024)
La Superintendencia del Mercado de Valores en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que
el
Artículo
14
del Texto Único del Decreto Ley No. l de 8 de julio de 1999 y sus leyes
reformatorias, atribuye al Superintendente del Mercado de Valores
la
facultad de imponer las
sanciones que establece la Ley del Mercado de Valores;
Que mediante la Resolución No.SMV-308-22 de 7 de septiembre de 2022, se resolvió delegar en
el titular de la Dirección de Emisores o a quien
le
supla en su ausencia, imponer sanciones que
establece
la
Ley del Mercado de Valores, en casos de entrega tardía de Estados Financieros,
Informes y/o Reportes que deben ser entregados periódicamente a la Superintendencia
del
Mercado de Valores de Panamá;
Que
el
Acuerdo No.8-2018 de 19
de
diciembre de 2018, la Superintendencia del Mercado de
Valores adoptó
el
uso de formatos y formularios para la presentación de informes de emisores y
sociedades de inversión ante la Superintendencia, así como su periodicidad;
Que
el
Artículo Quinto del Acuerdo No.8-2018 de
19
de diciembre de 2018, establece las
sanciones por la mora en la presentación de los Reportes, Documentos o Información Financiera,
a través del Sistema Electrónico de Remisión de Información (SERl), realizados por emisores o
sociedades de inversión, una vez finalizado el plazo de entrega,
de
conformidad con
lo
establecido
en el Acuerdo No.8-2005 de 20 de junio de 2005, el cual adoptó criterios para la imposición de
multas administrativas por la mora en la presentación de Estados Financieros e Informes a
la
Superintendencia del Mercado de Valores a cargo de personas registradas o sujetas a reporte;
Que de conformidad con
el
Acuerdo No.8-2005 de 20 de junio de 2005, la mora en la presentación
de Informes y Estados Financieros a la Superintendencia del Mercado de Valores a cargo de los
emisores y sociedades de inversión registrados se sancionará acumulativamente así:
a) Multa de CINCUENTA BALBOAS
(B
/.50.00) por día, durante los primeros diez
(l
O)
días hábiles de mora;
b)
Multa de CIEN BALBOAS
(B
/.100.00) por día, durante los siguientes diez ( l
O)
días
hábiles de mora;
c) Multa
de
CIENTO CINCUENTA BALBOAS
(B
/.150.00) por día, durante los
siguientes días hábiles de mora, hasta
un
máximo de TRES MIL BALBOAS
(B/
.3
,000.00) por informe moroso.
Que
el
Acuerdo 18-2000 establece
el
periodo entrega del Informe de Actualización (IN-A), así
como los Formularios
F-1
Información General del Emisor, F-5 Cuestionario Gobierno
Corporativo y F-9 Entidades y Personas Involucradas en la Emisión, dentro de los tres (3) meses
siguientes
al
cierre del periodo fiscal correspondiente;
Que el plazo para la remisión del Informe de Actualización Anual (IN-A) y de los Formularios
F-1
Información General del Emisor, F-5 Cuestionario Gobierno Corporativo y F-9 Entidades y
Personas Involucradas en la Emisión; correspondientes
al
período terminado
al
31
de diciembre
de
2023, venció
el
3 de abril de 2024;
Que el 4 de abril de 2024 la Dirección de Emisores, con fundamento en
lo
dispuesto en
el
Artículo
53
del Decreto Ejecutivo No.126 de
16
de mayo de 2017, remitió correo electrónico, al emisor
Verdemar Investment Corporation, S.A., a fin de que diese las explicaciones por la mora en
la
presentación del Informe de Actualización Anual (IN-A), correspondientes al período terminado
al
31
de diciembre de 2023;
Que, mediante correo electrónico del 5 de abril de 2024, el emisor respondió
lo
siguiente:
"De acuerdo a
lo
conversado, adjunto carta fechada y enviada el 18 de marzo
2024, donde comunicamos que los estados financieros de Verdemar lnvestment
Corporation, se entregarían
en
fecha posterior a
lo
establecido. El principal
motivo del atraso, como indica la nota, fue el cierre de la auditoria.

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