Resolución N° SMV-290-2022. Por la cual se corrige parcialmente la resolución no.smv-283-2022 de 8 de agosto de 2022.

Fecha de publicación26 Octubre 2022
Fecha12 Agosto 2022
EmisorSUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
No. 29652 Gaceta Oficial Digital, miércoles 26 de octubre de 2022 1
REPÚBLICA DE PANAMA
SUPERINTENDENCIA
DEL
MERCADO DE VALORES
Resolu~ón
No.
SMV-~;2.CJV
-2022
(de I
de
Q~
de2022)
CONSIDERANDO:
Que. mediante Resolución No.SMV-283-2022 de 8 de agosto de 2022,
el
Director de Emisores, de la
Superintendencia del Mercado de Valores, resolvió suspensión de la negociación de los Bonos
Corporativos por un valor nominal de
Diecísiet~
Millones Quinientos Mil Dólares (US$17,500,000.00),
de la sociedad
Productos
Alimenticios
Pascual,
S.A., de
la
siguiente forma:
,,
Primero:
Suspender
la negociación de fo3 Bonos C01porativos
por
un valor nominal de
Diecisiete lvlíllones Quinientos
1\1il
Dólares (US$17. 500, 000. 00), registrados mediante
Resolución No.SMV-530-21 de
JO
de diciembre de 2021, registrados mediante Resolución
No,_SMV-542-20
de
17
de
diciembre de
202C;
de la sociedad Productos Alimenticios Pascual,
S.A .
...
" (el subrayado
es
nuestro)
Que advierte esta Dirección que,
en
la decisión plasmada en la Resolución No.SMV-283-2022 de 8 de
agosto de 2022, específicamente en la indicación de la resolución de la emisión cuyos términos y
condiciones se solicitó registro de modificacién
ele
términos y condiciones, existe un error,
al
haber
incluido una resolución ajena
al
trámite que nos ocupa, misma que corresponde a aquella que se muestra
resaltada en la transcripción visible a párrafo anterior, cuando
la
única que debe observarse es
la
Resolución No.SMV-530-21 de 10 de diciembre de 2021;
Que, en virtud de lo anterior y
al
tenor del anículo 999 del Código Judicial (norma adjetiva de aplicación
supletoria por remisión del artículo 72 del Decreto E:jecutivo No.126 de
16
de mayo de 2017), existe en la
Resolución No.SMV-283-2022
de
8 de agosto de 2022.
un
error que es necesario corregir, de modo que
la decisión
no
se malinterprete,
al
haberse incluido las generales
de
una resolución dístinta a aquella
relacionada a la solicitud en comento;
En
mérito de lo expuesto, el Director de Emisores. de
la
Superintendencia del Mercado de Valores, en uso
de
sus facultades legales,
RESUEL'VE:
Artículo Único: CORREGIR parcialmente la
~eso1ucíón
No.SMV-283-2022 de 8 de agosto de 2022, de
modo que el Artículo Primero, se lea
de
la
siguiente forma:
11
Primero: Suspender la negociación de los Bonos Corporativos
por
un valor nominal de
Diecisiete Millones Quinientos Mil Dólares
(US'SJ
7,500, 000.
00),
registrados mediante
Resolución
No.SAfY-530~2
l
de
1 O
de
dicier1bre
de
2021,
de
la
sociedad Productos
Alimenticios
Pascual, S.A.
Fundamento Legal: artículos l O (numeral 9), 22, 23 y conconlantes del Texto Único del Decreto Ley 1 de
l 999; artículo
72
de1
Decreto Ejecutivo No. 126 de
16
de mayo de 2017; y artículo 999 del Código Judicial.
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