Resolución Nº SMV-349-24 de Superintendencia del Mercado de Valores del 30 de septiembre de 2024

Sentido del falloImponer a Financiera El Sol, S.A., multa de Trescientos Balboas (B/.300.00) por la mora de dos (2) días hábiles en la presentación del Informe de Actualización Trimestral, el Formulario F3-Registro de valores vigentes y el Formulario F4-Resumen Financiero, respectivamente, todos correspondientes al período terminado al 30 de junio de 2024, cuya fecha de presentación venció el 2 de septiembre de 2024.
Normativa aplicadaTexto Único del Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999, y sus leyes reformatorias; Acuerdo No.2-2000 de 28 de febrero de 2000; Acuerdo No.8-2000 de 22 de mayo de 2000; Acuerdo No.18-2000 de 11 de octubre de 2000; Acuerdo No.8-2005 de 20 de junio de 2005, con sus respectivas modificaciones, Acuerdo No.8-2018 de 19 de diciembre de 2018, Decreto Ejecutivo No.126 de 16 de mayo de 2017 y Resolución No.SMV-308-22 de 7 de septiembre de 2022 y su modificación.
Número de resoluciónSMV-349-24
Fecha30 Septiembre 2024
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Panamá)
REPÚBLICA DE PANAMÁ
SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
RESOLUCIÓN No. SMV-349-24
De 30 de septiembre de 2024
La Superintendencia del Mercado de Valores en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo
14
del Texto Único del Decreto Ley No. l de 8 de julio de 1999 y sus leyes reformatorias,
atribuye al Superintendente del Mercado de Valores la facultad de imponer las sanciones que establece
la
Ley del Mercado de Valores;
Que mediante la Resolución No.SMV-308-22 de 7 de septiembre de 2022 y su modificación, se resolvió
delegar en
el
titular de la Dirección de Emisores o a quien
le
supla en su ausencia, imponer sanciones que
establece la Ley del Mercado de Valores, en casos de entrega tardía de Estados Financieros, Informes y/o
Reportes que deben ser entregados periódicamente a la Superintendencia del Mercado de Valores de
Panamá;
Que el Acuerdo No.8-2018 de
19
de diciembre de 2018, la Superintendencia del Mercado de Valores
adoptó el uso de formatos y formularios para la presentación de informes de emisores y sociedades de
inversión ante
la
Superintendencia, así como su periodicidad;
Que el Artículo Quinto del Acuerdo No.8-2018 de
19
de diciembre de 2018, establece las sanciones por
la
mora en
la
presentación de los Reportes, Documentos o Información Financiera, a través del Sistema
Electrónico de Remisión de Información (SERI), realizados por emisores o sociedades de inversión, una
vez finalizado el plazo de entrega, de conformidad con
lo
establecido en el Acuerdo No.8-2005 de 20 de
junio de 2005, el cual adoptó criterios para la imposición de multas administrativas por
la
mora en
la
presentación de Estados Financieros e Informes a
la
Superintendencia del Mercado de Valores a cargo
de personas registradas o sujetas a reporte;
Que de conformidad con el Acuerdo No.8-2005 de 20 de
junio
de 2005,
la
mora en
la
presentación de
Informes y Estados Financieros a la Superintendencia del Mercado de Valores a cargo de los emisores y
sociedades de inversión registrados se sancionará acumulativamente así:
a) Multa de CINCUENTA BALBOAS (B/.50 .00) por día, durante los primeros diez ( 1
O)
días
hábiles de mora;
b)
Multa de CIEN BALBOAS (B/. 100.00) por día, durante los siguientes diez
(1
O)
días hábiles
de mora;
c) Multa de CIENTO CINCUENTA BALBOAS (B/.150.00) por día, durante los siguientes
días hábiles de mora, hasta un máximo de TRES MIL BALBOAS (B/
.3
,000.00) por
informe moroso.
Que el Acuerdo 18-2000 establece el periodo entrega del Informe de Actualización Trimestral, así como
de los Formularios F3-Registro de valores vigentes y F4-Resumen Financiero, dentro de los dos (2) meses
siguientes
al
cierre del periodo fiscal correspondiente;
Que el plazo para la remisión del Infonne de Actualización Trimestral y del Formulario F4-Resumen
Financiero correspondientes
al
periodo concluido
el
30 de junio de 2024, a través de
la
plataforma SER!,
venció
el
2 de septiembre de 2024;
Que el 3 de septiembre de 2024, la Dirección de Emisores, con fundamento en
lo
dispuesto en
el
Artículo
53 del Decreto Ejecutivo No.126 de
16
de mayo de 2017, remitió correo electrónico,
al
emisor Financiera
El Sol, S.A., a fin que diese las explicaciones por la mora en la presentación del Informe de Actualización
Trimestral, del Formulario F-3 Registro de Valores Vigentes y del Formulario F4-Resumen Financiero
correspondientes
al
periodo concluido el 30 de junio de 2024;
Que mediante correo electrónico del 5 de septiembre de 2024, el emisor da las explicaciones requeridas.
indicando
lo
siguiente:
Saludos equipo de
SMV
buenos días,
Espero que se encuentren bien.
Al
momento de subir los documentos el pasado jueves, 29 de agosto de 2024. notamos que
no teníamos acceso al portal (ver
c_
orreo adjuntado solicitando apoyo del equipo de SMV).
Luego de conversar con el
Sr.
(a;,Gab
riel Duque. nos indicó que hubo un cambio de medida
de seguridad que se aplico a los
IPsfuera
de Panamá.
lo
cual nos impactó al poder acceder
al portal,
ya
que nos encontramos fuera de Panamá. Estuvimos en comunicación
d_urante
al fin de semana antes de la fecha limite, pero no tuvimos éxito. Copiamos a (ij;.Ricauler
/t{

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