Resolución N° SMV-359-22. Por la cual se registra los valores de latin american kraft investments, inc.

Fecha de publicación24 Enero 2023
Fecha21 Octubre 2022
EmisorSUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
No. 29707 Gaceta Oficial Digital, martes 24 de enero de 2023 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
SUPERINTENDENCIA
DEL
MERCADO
DE
VALORES
Resolución No. SrytV
-35
9 -22
(de Q/ de
de 2022)
La Superintendencia del Mercado de Valores
en uso de sus facultades legales, y
CO~SIDERANDO:
Que el artículo
14
del Texto Único del Decreto Ley No.1 de 8 de
julio
de 1999 y sus leyes reformatorias,
atribuye
al
Superintendente del Mercado de Valores la facultad de resolver las solicitudes de registro de
valores para ofertas públicas y cualesquiera otras que se presenten a la Superintendencia con arreglo a la
Ley del Mercado de Valores;
Que
Latin
American
Kraft
Investments,
Inc.,
sociedad anónima debidamente organizada y existente de
conformidad con las leyes de la República de Panamá, inscrita
al
Folio 88519 (S), de la Sección Mercantil
del Registro Público desde el
15
de abril de 1 S82, ha solicitado a través de la cuenta de correo electrónico
tramites_smv@supervalores.gob.pa, mediante apoderados especiales,
el
14
de
julio
de 2022, el registro
abreviado de Valores Comerciales Negociables Rotativos por
un
valor nominal de hasta Cuarenta Millones
de Dólares (US$40,000,000.00);
Que
la
referida solicitud, así como los
docunentos
presentados fueron analizados por la Dirección de
Emisores, remitiendo
al
solicitante observaciones mediante nota del
21
de
julio
de 2022 y correos
electrónicos del 25 de agosto, 20 septiembre y 5 de octub.re
'de
2022 las cuales fueron atendidas el
18
de
agosto,
15
de septiembre, 27 de ·septiembre de 2022 y 14 de octubre de 2022;
Que una vez analizada
I~
solicitud. presentada, así como los documentos adjuntos a ella, la Superintendencia
del Mercado de Valores estima que la sociedad
Latín
American
Kraft
Illvestments,
Inc., ha cumplido
con todos los requisitos legales
aplicablesparaobténe/elregistrode
valores
pata
su oferta pública;
Por
lo
anteriormente expuesto, la Superintendencia
.del
Mercado
de
Valores, en ejercicio de sus funciones,
RESUELVE:.,
Ji
~
Primero:
Registrar
los siguientes valores
déLatin
Aníerl~án
Kraft
In:vestments,
Inc.,
para su oferta
pública: · ·
··
'
Valores
Comerciales
Negociables
Rotativos
(VCNs).por un valor nominal de hasta Cuarenta Millones de
Dólares (US$40,000,000.00), que serán emitidos
enforlnárotativa,
nominativa, registrada y sin cupones,
en denominaciones de Mil Dólares (US$1,000.00) o sus múltiplos, y en tantas series como
lo
estime
conveniente
el
Emisor según sus necesidades)' condiciones del mercado.
El
Programa Rotativo de los VCNs tendrá un plazo de vigencia de diez (10) años.
La
Fecha
de
Oferta
Inicial
será el
24
de octubre de 2022.
El
Emisor notificará a la Superintendencia del Mercado de Valores y a
la
Bolsa Latinoamericana de Valores,
los siguientes ténninos y condiciones de cada una de las Series a emitir a más tardar tres (3) días hábiles
antes de
la
Fecha de Oferta de
la
Serie correspondiente, mediante Suplemento
al
Prospecto Informativo: la
fecha de oferta, la fecha de emisión,
la
tasa de interés, la tasa de referencia (en caso que la tasa de interés
sea variable),
el
monto, el plazo, la fecha de vencimiento, la periodicidad del pago de interés, las fechas de
pago de interés, redención anticipada y el uso de fondos.
La
Tasa
de
Interés
de los VCNs de cada Serie podrá ser fija o variable.
En
caso de ser una
tasa
fija
los
VCNs de cada Serie devengarán una tasa fija de interés anual que será determinada por el Emisor según sus
necesidades y la demanda del mercado.
En
cas·::>
de ser una
tasa
variable
será equivalente a SOFR, más
un
margen aplicable y podrá estar sujeta a una tasa mínima y una tasa máxima. La
tasa
variable
será revisada
y fijada cinco (5) días hábiles antes del inicio de cada Período de Interés y comunicada por el Emisor como
un
hecho de importancia publicado a través de la plataforma SERI.
El
Emisor determinará
la
periodicidad del pago de intereses de los VCNs de cada Serie, la cual podrá ser
mensual, trimestral, semestral y anual.
La base para
el
cálculo de los intereses será
dí&s
calendarios/ 360.
El
Capital
de los VCNs de cada Serie se pagará mediante
un
solo pago a capital en su respectiva Fecha
de Vencimiento.
No. 29707 Gaceta Oficial Digital, martes 24 de enero de 2023 2
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Anticipada
podrá ser total o parcial,
en
cualquier Fecha de Pago de Interés o en aquella otra
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determine
el
Emisor. Las redenciones totales se
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Las redenciones parciales se
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pro rata entre los VCNs emitidos y en ci:-culación de la Serie de que se trate.
En
caso de que aplique
costo o penalidad por redenciones anticipadas o monto mínimo para las redenciones parciales, esto será
comunicado por
el
Emisor mediante suplementJ
al
Prospecto Infonnativo a más tardar tres (3) Días Hábiles
antes de la Fecha de Oferta Respectiva.
Los Valores Comerciales Negociables Rotativos (VCNs) no cuentan con garantías.
Segundo:
El
registro de estos valores no implica que la Superintendencia del Mercado de Valores
recomiende la inversión
en
tales valores,
ni
representa opinión favorable o desfavorable sobre las
perspectivas del negocio. La Superintendencia del Mercado de Valores no será responsable por la veracidad
de
la
infonnación presentada en este prospecto o de las declaraciones contenidas en las solicitudes de
registro.
Tercero:
Los valores antes descritos podrán ser ofrecidos públicamente a partir de la fecha en que quede
ejecutoriada la presente Resolución.
Cuarto:
Se advierte a
Latin
American
Kraft
Investments,
Inc., que con el registro de los valores
concedido mediante la presente
Resolu~ión
quedá sujeta
.al
cumplimiento de las obligaciones del Texto
Único del Decreto Ley No. I de 8 de julio de 1999, y sus reformas y los Acuerdos reglamentarios que
incluyen, entre otras,
el
pago de la.Tarifa. de Supervisión de
IÓs
valores en circulación, y la presentación de
los Informes de Actualización, trimestrales y anuales, así como
el
método de remisión de información
adoptado en
el
Acuerdo No. 8-2018 de
19
de diciembre de 2018.
Contra esta Resolución cabe
el
Recurso de Reconsider;ición ante
el
Superintendente del Mercado de Valores
y de Apelación ante la Junta Directiva de
la
Superintendencia del Mercado de Valores. Para interponer
cualquiera de estos recursos se dispondrá de untérmino de cinco (5) días hábi'les siguientes a
su
notificación.
Es
potestativo del recurrente interponer el recurso de apelacioli, sininterponérel recurso de reconsideración.
Fundamento
de Derecho: Texto Único. del Decreto :Ley. No.ji de 8 de julio
de
1999 y sus leyes
reformatorias, Texto Único del Acuerdo
No·,2~10.de
l6
de
2010, Acuerdo.No. 8-2018 del
19
de
diciembre de 2018 y el Acuerdo No.
1~2019del
7de
agostode2Ó19.
NOTIFÍQUESE,
PUBLÍQUESE
Y
CÚMPLASE
Superintendente a.i.
J.
Mendieta/D.
de
Emisores
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