Resolución Nº SMV-387-24 de Superintendencia del Mercado de Valores del 24 de octubre de 2024

Sentido del falloImponer a TCG Merchant Group, Inc., multa de Nueve Mil Balboas (B/.9,000.00) por la mora de más de treinta (30) días hábiles en la presentación del Informe de Actualización Trimestral, así como de los Formularios F3-Registro de valores vigentes y F4-Resumen Financiero, correspondientes al período terminado al 30 de junio de 2024, cuya fecha de presentación venció el 2 de septiembre de 2024.
Normativa aplicadaTexto Único del Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999, y sus leyes reformatorias; Acuerdo No.2-2000 de 28 de febrero de 2000; Acuerdo No.8-2000 de 22 de mayo de 2000; Acuerdo No.18-2000 de 11 de octubre de 2000; Acuerdo No.8-2005 de 20 de junio de 2005, con sus respectivas modificaciones, Acuerdo No.8-2018 de 19 de diciembre de 2018, Decreto Ejecutivo No.126 de 16 de mayo de 2017 y Resolución No.SMV-308-22 de 7 de septiembre de 2022 y su modificación.
Número de resoluciónSMV-387-24
Fecha24 Octubre 2024
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Panamá)
REPÚBLICA DE PANAMÁ
SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
RESOLUCIÓN No. SMV-387-24
(de 24 de octubre de 2024)
La Superintendencia del Mercado de Valores en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que
el
Artículo
14
del Texto Único del Decreto Ley No.! de 8 de julio de 1999 y sus leyes
reformatorias, atribuye al Superintendente del Mercado de Valores la facultad de imponer las
sanciones que establece
la
Ley del Mercado de Valores;
Que mediante la Resolución No.SMV-308-22 de 7 de septiembre de 2022 y su modificación, se
resolvió delegar en
el
titular de la Dirección de Emisores o a quien
le
supla en su ausencia,
imponer sanciones que establece la Ley del Mercado de Valores, en casos de entrega tardía de
Estados Financieros, Informes y/o Reportes que deben ser entregados periódicamente a
la
Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá;
Que
el
Acuerdo No.8-2018 de
19
de diciembre de 2018,
la
Superintendencia del Mercado de
Valores adoptó
el
uso de formatos y formularios para la presentación de informes de emisores y
sociedades de inversión ante la Superintendencia, así como su periodicidad;
Que
el
Artículo Quinto del Acuerdo No.8-2018 de
19
de diciembre de 2018, establece las
sanciones por
la
mora en
la
presentación de los Reportes, Documentos o Información Financiera,
a través del Sistema Electrónico de Remisión de Información (SERI), realizados por emisores o
sociedades de inversión, una vez finalizado el plazo de entrega, de conformidad con
lo
establecido en el Acuerdo No.8-2005 de 20 de junio de 2005, el cual adoptó criterios para
la
imposición de multas administrativas por la mora en la presentación de Estados Financieros e
Informes a la Superintendencia del Mercado de Valores a cargo de personas registradas o sujetas
a repo1te;
Que de conformidad con el Acuerdo No.8-2005 de 20 de junio de 2005, la mora en
la
presentación de Informes y Estados Financieros a la Superintendencia del Mercado de Valores
a cargo de los emisores y sociedades de inversión registrados se sancionará acumulativamente
así:
a) Multa de CINCUENTA BALBOAS (B/.50.00) por día, durante los primeros diez ( I
O)
días hábiles de mora;
b) Multa de CIEN BALBOAS (B/.100.00) por día, durante los siguientes diez (10) días
hábiles de mora;
c) Multa de CIENTO CINCUENTA BALBOAS (B/.150.00) por día, durante los
siguientes días hábiles de mora, hasta un máximo de TRES MIL BALBOAS
(B/
.3
,000.00) por informe moroso.
Que
el
Acuerdo 18-2000 establece el periodo entrega del Informe de Actualización Trimestral,
así como de los Formularios F3-Registro de valores vigentes y F4-Resumen Financiero, dentro
de los dos (2) meses siguientes al cierre del periodo fiscal correspondiente;
Que el plazo para la remisión del Informe de Actualización Trimestral, así como de los
Formularios F3-Registro de valores vigentes y F4-Resumen Financiero, correspondientes al
periodo concluido
el
30 de junio de 2024, a través de la plataforma SER!, venció
el
2 de
septiembre de 2024;
Que
el
15
de octubre de 2024, la Dirección de Emisores, con fundamento en
lo
dispuesto en el
Artículo
53
del Decreto Ejecutivo No.126 de
16
de mayo de 2017, remitió correo electrónico,
al
emisor TCG Merchant Group, Inc., con
el
fin que diese las explicaciones por la mora en
la
presentación del Informe de Actualización Trimestral, así como de los Formularios F3-Registro
de valores vigentes y F4-Resumen Financiero correspondientes
al
periodo concluido el 30 de
junio de 2024;
Que a
la
fecha de esta Resolución, el emisor no ha proporcionado las explicaciones solicitadas,
ni
ha presentado los reportes antes mencionados, acumulando más de treinta (30) días hábiles de
mora desde la fecha límite para la presentación de cada uno de ellos;

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