Resolución N° SMV JD-4-20. Que establece consideraciones especiales y temporales para que los regulados cumplan los requisitos notariales establecidos en los acuerdos adoptados por la superintendencia del mercado de valores, en la documentación que acompaña o es parte del reporte periódico de informes, y extiende el plazo de entrega de ciertos informes, como parte de las medidas temporales adoptadas ante el estado de emergencia nacional declarado por el consejo de gabinete como consecuencia del covid-19.

Fecha de publicación27 Abril 2020
Fecha23 Abril 2020
EmisorSUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
No. 29011 Gaceta Oficial Digital, lunes 27 de abril de 2020 1

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