Resolución N° SMV-JD-1-24. Que extiende, única y exclusivamente para este año 2024, el plazo de entrega de los informes mensuales y anuales a cargo de los regulados y supervisados por la superintendencia del mercado de valores, cuya fecha original de entrega vence el 15 de febrero de 2024 y el 31 de marzo de 2024.

Fecha de publicación05 Febrero 2024
Fecha24 Enero 2024
EmisorSUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
No. 29964 Gaceta Oficial Digital, lunes 05 de febrero de 2024 1
y exclusivamente para este año 2024, el plazo de entrega de los informes mensuales y
fle
los regulados y supervisados
por
la Superintendencia del Mercado de Valores, cuya
a qriginal de entrega vence el 15 de febrero de 2024 y el
31
de marzo de
2024"
La Junta Directiva
de la Superintendencia del Mercado de Valores,
en uso de sus facultades lega)es, y
CONSIDERANDO: .
Que la Ley 67 de 1 de septiembre de 2011 reformó
el
Decreto Ley 1 de 8 de julio de 1999 y creó la
Superintendencia del Mercado de Valores, como organismo autónomo del Estado, con personería
jurídica, patrimonio propio e independencia administrativa, presupuestaria y financiera.
Que la Junta Directiva, de conformidad con los artículos
5,
6,
1 O (numerales
1,
5 y 20), 19 y 20 del
Texto Único de la Ley del Mercado
de
Va.lores (en adelante: Texto Único), actúa como Máximo
Órgano de consulta, regulación y fijación de las políticas generales de la Superintendencia del
Mercado de Valores y tiene entre sus atribuciones: adoptar, reformar y revocar acuerdos que
desarrollen las disposiciones
de
la Ley del Mercado de Valores, al igual que emitir resoluciones de
aplicación general, las cuales deben publicarse en la Gaceta Oficial y entrarán en vigencia a partir
de su promulgación, a menos que la Junta Directiva establezca otra fecha.
Que la Superintendencia del Mercado de Valores, en virtud del artículo 3 del Texto Único, tiene
como objetivo general la regulación, la supervisión y la fiscalización de las actividades del mercado
de valores que se desarrollen en la República de Panamá o desde ella, propiciando la seguridad
jurídica de todos los participantes del .mercado y garantizando la transparencia, con especial
protección de
Jos
derechos
de
los inversionistas.
Que, para
Ja
supervisión de las actividades del mercado de valores,
el
Texto Único establece
el
deber de reporte
de
información a la Superintendencia del Mercado
de
Valores por parte de sus
regulados, con licencia expedida o con registro; además,
le
atribuye a la Superintendencia del
Mercado de Valores determinar la forma y la periodicidad en que se harán dichos reportes.
Que, en ese sentido y a través del Acuerdo No. 13-2022 de
14
de diciembre de 2022, se listan los
formularios y reportes a remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores por parte de sus
regulados.
Que la Superintendencia del Mercado
de
Valores, en desarrollo de las disposiciones aplicables a los
sujetos obligados financieros supervisados en virtud de
lo
establecido en la Ley 23 de 27 de abril
de 2015, adoptó
el
"Cuestionario de Autoevaluación de Prevención de Blanqueo de Capitales,
Financiamiento del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción
Masiva", a través del Acuerdo 2-2019 de
21
de agosto de 2019, donde estableció su reporte con
periodicidad anual y su entrega a más tardar el
31
de marzo de cada año.
Que en Decreto Ejecutivo N.0 3 de 1 O de enero de 2024, promulgado en la Gaceta Oficial 29946-A
de 1 O de enero de 2024, se ordenó
el
cierre en el territorio nacional de las oficinas públicas y
municipales
el
lunes
12
y miércoles
14
de febrero de 2024, durante todo el día, con motivo de la
celebración de la fiesta
de
Carnaval.
Que la Superintendencia del Mercado
de
Valores, en atención a
lo
dispuesto en el Decreto Ejecutivo
N.º
3 de
10
de enero de 2024, comunicó el cierre de sus oficinas
el
lunes
12
y miércoles
14
de
febrero de 2024, durante todo
el
día, y que adoptó
el
horario especial de 7:30 a.m. a 4:30 p.m. del
15
al
31
de enero 2024 y del 1
al
5 de febrero de 2024, para compensar las horas correspondientes
a la jornada regular de trabajo.
Que la Junta Directiva
de
la Superintendencia
del
Mercado de Valores ha tomado en consideración
que, para este año 2024, los últimos días del plazo para la entrega
de
informes mensuales y anuales
1

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