Resolución SBP N° 2022-06001. Por la cual se otorga a mercantil holding financiero internacional, s.a. la no objeción para llevar a cabo el proceso de reorganización corporativa a lo interno del grupo bancario, mediante la transferencia del 100% de las acciones de mercantil banco, s. a., de propiedad de mercantil holding financiero internacional, s.a., a favor de mercantil capital, s.a.

Fecha de publicación04 Enero 2023
Fecha31 Octubre 2023
EmisorSUPERINTENDENCIA DE BANCOS
No. 29694 Gaceta Oficial Digital, miércoles 04 de enero de 2023 1
República de Panamá
Superintendencia de Bancos de Panamá
RESOLUCIÓN SBP-2022-06001
31
de octubre de 2022
EL
SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
en
uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que,
MERCANTIL HOLDING FINANCIERO INTERNACIONAL, S.A. es una sociedad
constituida y organizada de conformidad con las Leyes de la República de Panamá, inscrita a
Folio
No.
1556027
42
de
la Sección Mercantil del Registro Público de Panamá, tenedora del
100% de las acciones
de
MERCANTIL BANCO, S.A. y MERCANTIL CAPITAL, S.A.;
Que,
MERCANTIL BANCO, S.A. es una entidad bancaria organizada y existente de
conformidad con las Leyes de la República de Panamá, autorizada por esta·superintendencia
para ejercer el negocio
de
banca
en
o desde la República de Panamá,
al
amparo
de
una
Licencia Bancaria General otorgada mediante Resolución S.B.P. No 208-2007 de
14
de
diciembre
de
2007. 1
Que,
MERCANTIL CAPITAL, S.A., es una sociedad anónima organizada y existente de
acuerdo a las Leyes
de
la República
de
Panamá, e inscrita a Folio 155727166, de la sección
mercantil del Registro Público de Panamá;
Que,
MERCANTIL HOLDING FINANCIERO INTERNACIONAL, S.A., en cumplimiento de lo
dispuesto
en
el
Acuerdo Bancario No. 1-2004, modificado
por
el
Acuerdo Bl\ncarlo No . 4-
2021, solicitó la no objeción
de
esta Superintendencia para llevar a cabo
un
proceso de
reorganización corporativa dentro del . mismo grupo bancario, mediante la transferencia del
100% de las acciones de MERCANTIL BANCO, S.A., de propiedad de MERCANTIL
HOLDING FINANCIERO INTERNACIONAL, S.A., a favor de MERCANTIL CAPITAL, S.A.
Que, efectuados los análisis correspondientes, la solicitud
de
MERCANTIL HOLDING
FINANCIERO INTERNACIONAL, S.A. no merece objeciones;
y,
Que,
de conformidad con io estableci.do
en
el artículo
13
del Acuerdo Bancario
No.
1-2004 en
referencia, corresponde a la Superintendencia
de
Bancos otorgar la no objeción a los
traspasos dentro del mismo grupo eeonómico que representen una reorganización
corporativa.
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Otorgar a MERCANTIL HOLDING FINANCIERO INTERNACIONAL,
S.A. la no objeción para llevar a cabo el proceso
d!il
reorganización corporativa a
lo
interno
del grupo bancario, mediante
.la
transferencia del 100% de las acciones de MERCANTIL
BANCO,
S.
A.,
de
propiedad de
MERCANTIL
HOLDING FINANCIERO INTERNACIONAL,
S.A., a favor de
MERCANTIL
CAPITAL, S.A.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley Bancaria y Articulo 13 del Acuerdo Bancario No. 1-2004,
modificado por
el
Acuerdo Bancarie
No.
4-2021.
Dado en la ciudad de Panamá, a los treinta y un (31) días del mes de octubre del año dos mil
veintidós (2022).
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
EL
SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
SUPERINTENDENCIA
DE
BANCOS
SECRETARIA
DE
DESPACHO
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Es
fiel
copla
de
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Secretaria
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Amauri
A.
Castillo
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Oocumentooflclal
firmado
con
Arma
Electrónka
Callticada
en
el
Sistema
de
Transparenda
Documental
-
TRANSDOC
de
la
Superlntendenda
de
Bancos
de
Panamá,
de
acuerdo
con
la
Ley
83
del
09/11/2012
y
el
Decreto
Ejecutivo
Nro.
275
del
11/05/2018.
Utlhce
el
C6d
!go
QR
para
vertficar
la
autenticidad
del
documento
o
la
URL:
https://slgob5Uperbancos.gob.pa/consulta7\d:zlEKBC10b00TpFWm8buB~c80TqxD7reSNsdd1KrZIPc%3D
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