Resolución SBP N° 2023-00768. Por la cual se registra al bi-bank, s.a. como entidad bancaria que ejercerá, además, el negocio de arrendamiento financiero de bienes inmuebles en panamá, conforme la legislación vigente.

Fecha de publicación28 Febrero 2023
Fecha25 Enero 2023
EmisorSUPERINTENDENCIA DE BANCOS
No. 29729 Gaceta Oficial Digital, martes 28 de febrero de 2023 1
República de Panamá
Superintendencia de Bancos de Panamá
RESOLUCIÓN SBP-2023-00768
25
de enero
de
2023
LA
SUPERINTENDENTE
DE
BANCOS INTERINA,
en
uso
de
sus facultades legales , y
CONSIDERANDO:
Que, 81-BANK, S.A. es una entidad bancaria organizada y existente de conformi
dad
con
l
as
Leyes
de
la República de Panamá, autorizada para ejercer
el
negocio
de
banca
en
o
desde la Repúb
li
ca
de Panamá,
al
amparo de una Licencia Bancaria General , oto rgada
por la Superintendencia
de
Bancos, mediante Resolución SBP -01
37
-
20
15 de 1 de
septiembre
de
2015;
Que, la
Ley
No
.
179
de
2020, que
regu
la el arrendamiento financiero de bienes inmuebles,
reg
lamentada por
el
Decreto Ejecut i
vo
No
. 8 de
31
de mayo
de
2022, dispone que podrán
ejercer el negocio
de
arrendamiento financiero de bienes inmuebles los bancos, l
as
empresas
fi
duciari
as
y las
pe
rsonas jurídicas
au
torizadas por
la
Superintendencia de
Bancos de Panamá. Igualmente ,
se
establece que
la
Superintendencia de Bancos de
Panamá creará
un
registro para
el
seguimiento y control de l
as
personas autorizadas para
operar
el
negocio
de
arrendamiento financiero
de
bienes inmuebles;
Que, a través del Acuerdo
No
. 10-2022
de
16
de agosto de 2022 , esta Superintendencia
establece los criteri
os
básicos para
la
autorización y registro
de
las personas jurídicas que
ejerzan
el
negocio
de
arrendamiento financiero de bienes inmuebles
en
la
Repúbli
ca
de
Panamá;
Que,
el
artículo 5 del Acuerdo
No
. 10-2022, establece que los bancos oficiales y de
li
cencia
genera
l,
as
í como l
as
empresas fiduciarias que cuenten con licencia bancaria y fiduciaria ,
respectivamente, y que pretendan ejercer
el
negocio de arrendamiento financiero de bienes
inmuebles, deberán sólo notificar previamente a
la
Superintendencia de Bancos la
prestación de este servicio;
Que, 81-BANK, S.A.
ha
manifestado ante esta Superintendencia
su
intención de ejercer el
negocio
de
arrendamiento financiero de bienes inmuebles ,
en
cumplimiento
de
l
as
disposiciones
de
l Acuerdo
No
. 010-2022;
Que, efectuados los análisis correspond ientes,
la
solicitud presentada
no
merece
objeciones, y;
Que
, de conform i
dad
con
el
artí
cu
lo
16
,
li
teral 1, numeral
27
de la
Ley
Bancaria,
corresponde
al
Superintendente
de
Bancos reso lver sobre solicitudes como
la
presente;
Que, med iante Resoluci
ón
SBP-JD-0002-2023 del diez (
10
) de enero
de
dos mil veintitrés
(2023),
se
designó a
la
licenciada NAHILA MELGAR, como Superintendente Interi
na
de
l
veintitrés (
23
)
al
ve
intiséis (26)
de
enero del año dos mil veintitrés (2023
),
o hasta que
se
reintegre a
sus
funciones
el
Superintendente titular.
RESUELVE:
ARTICULO ÚNICO: Registrar a 81-BANK, S.A. como entidad bancaria que ejercerá,
además,
el
negocio de arrendamiento financ iero
de
bienes inmuebles
en
Panamá,
conforme
la
l
eg
islación vigente .
FUNDAMENTO
DE
DERECHO:
Ley
No
. 179 de 2020, reglamentada por
el
Decreto
. .
. . .
~··~.
: ..
Documento
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con
Arma
E~rónlca
CalifiGlda
en
el
Sb:tema
de
Transparencia
Documental
-
TRANSOOC
de
la
Superintendenc
ia
de
Bancos
de
Panamá.
de
acuerdo
con
la
ley
83
del
09
/11/2012 y
el
Decreto
Ejecutivo
Nro
.
275
del
11/05n018.
Util
ke
el
Código
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del
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o
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sigob.superbancos.gob
.
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