Resolución SBP N° 2023-00768. Por la cual se registra al bi-bank, s.a. como entidad bancaria que ejercerá, además, el negocio de arrendamiento financiero de bienes inmuebles en panamá, conforme la legislación vigente.
Fecha de publicación | 28 Febrero 2023 |
Fecha | 25 Enero 2023 |
Emisor | SUPERINTENDENCIA DE BANCOS |
No. 29729 Gaceta Oficial Digital, martes 28 de febrero de 2023 1
República de Panamá
Superintendencia de Bancos de Panamá
RESOLUCIÓN SBP-2023-00768
25
de enero
de
2023
LA
SUPERINTENDENTE
DE
BANCOS INTERINA,
en
uso
de
sus facultades legales , y
CONSIDERANDO:
Que, 81-BANK, S.A. es una entidad bancaria organizada y existente de conformi
dad
con
l
as
Leyes
de
la República de Panamá, autorizada para ejercer
el
negocio
de
banca
en
o
desde la Repúb
li
ca
de Panamá,
al
amparo de una Licencia Bancaria General , oto rgada
por la Superintendencia
de
Bancos, mediante Resolución SBP -01
37
-
20
15 de 1 de
septiembre
de
2015;
Que, la
Ley
No
.
179
de
2020, que
regu
la el arrendamiento financiero de bienes inmuebles,
reg
lamentada por
el
Decreto Ejecut i
vo
No
. 8 de
31
de mayo
de
2022, dispone que podrán
ejercer el negocio
de
arrendamiento financiero de bienes inmuebles los bancos, l
as
empresas
fi
duciari
as
y las
pe
rsonas jurídicas
au
torizadas por
la
Superintendencia de
Bancos de Panamá. Igualmente ,
se
establece que
la
Superintendencia de Bancos de
Panamá creará
un
registro para
el
seguimiento y control de l
as
personas autorizadas para
operar
el
negocio
de
arrendamiento financiero
de
bienes inmuebles;
Que, a través del Acuerdo
No
. 10-2022
de
16
de agosto de 2022 , esta Superintendencia
establece los criteri
os
básicos para
la
autorización y registro
de
las personas jurídicas que
ejerzan
el
negocio
de
arrendamiento financiero de bienes inmuebles
en
la
Repúbli
ca
de
Panamá;
Que,
el
artículo 5 del Acuerdo
No
. 10-2022, establece que los bancos oficiales y de
li
cencia
genera
l,
as
í como l
as
empresas fiduciarias que cuenten con licencia bancaria y fiduciaria ,
respectivamente, y que pretendan ejercer
el
negocio de arrendamiento financiero de bienes
inmuebles, deberán sólo notificar previamente a
la
Superintendencia de Bancos la
prestación de este servicio;
Que, 81-BANK, S.A.
ha
manifestado ante esta Superintendencia
su
intención de ejercer el
negocio
de
arrendamiento financiero de bienes inmuebles ,
en
cumplimiento
de
l
as
disposiciones
de
l Acuerdo
No
. 010-2022;
Que, efectuados los análisis correspond ientes,
la
solicitud presentada
no
merece
objeciones, y;
Que
, de conform i
dad
con
el
artí
cu
lo
16
,
li
teral 1, numeral
27
de la
Ley
Bancaria,
corresponde
al
Superintendente
de
Bancos reso lver sobre solicitudes como
la
presente;
Que, med iante Resoluci
ón
SBP-JD-0002-2023 del diez (
10
) de enero
de
dos mil veintitrés
(2023),
se
designó a
la
licenciada NAHILA MELGAR, como Superintendente Interi
na
de
l
veintitrés (
23
)
al
ve
intiséis (26)
de
enero del año dos mil veintitrés (2023
),
o hasta que
se
reintegre a
sus
funciones
el
Superintendente titular.
RESUELVE:
ARTICULO ÚNICO: Registrar a 81-BANK, S.A. como entidad bancaria que ejercerá,
además,
el
negocio de arrendamiento financ iero
de
bienes inmuebles
en
Panamá,
conforme
la
l
eg
islación vigente .
FUNDAMENTO
DE
DERECHO:
Ley
No
. 179 de 2020, reglamentada por
el
Decreto
•
. .
. . .
~··~.
: ..
Documento
ofk:lal
l\rm¡OO
con
Arma
E~rónlca
CalifiGlda
en
el
Sb:tema
de
Transparencia
Documental
-
TRANSOOC
de
la
Superintendenc
ia
de
Bancos
de
Panamá.
de
acuerdo
con
la
ley
83
del
09
/11/2012 y
el
Decreto
Ejecutivo
Nro
.
275
del
11/05n018.
Util
ke
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sigob.superbancos.gob
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