Resuelto N° 1322-AL. Que ordena el cierre absoluto del centro educativo particular denominado colegio bilingüe buena cosecha, ubicado en la provincia de panamá, distrito de san miguelito, corregimiento josé domingo espinar, el crisol, barriada la pulida no.1, calle 1era, casa 15-b.

Fecha de publicación07 Mayo 2024
Fecha04 Abril 2024
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
No. 30025 Gaceta Oficial Digital, martes 07 de mayo de 2024 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
RESUELTO No.
A32Z-~L
MINISTERIO
DE
EDUCACIÓN
Panamá,4._de
aÁ/2.if._,,
de 2024.
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que el artículo
121
del Texto Único de la Ley 4 7 de 1946, Orgánica de Educación, establece
que la organización y funcionamiento de los centros educativos particulares deben ser
autorizados, sin excepción por
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Mi~Educ~ión,
el cual tendrá
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supervisión
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colegio, impidiendo que cancelaran
sus responsabilidades con solvencia, teniendo que retirar a sus hijos de la educación privada;
y la baja matrícula (36 estudiantes en 2023), que no permitió poder sufragar los gastos;
Que la Dirección Regional de Educación de San Miguelito mediante la Nota
DRESAM/222/CEP/004 de 24 de enero de 2024, le manifiesta al representante legal de la
sociedad común denominada Iglesia Evangelista Buenas Nuevas de Victoria que una vez
aprobado el cierre mediante Resuelto Ministerial, deben entregar los confidenciales o
registros acumulativos de los estudiantes y sus listados por grado, etapa o nivel educativo a
la Dirección Regional;
Que mediante la Nota
SIN
de
23
de febrero de 2024, el representante legal de la sociedad
común denominada Iglesia Evangelista Buenas Nuevas de Victoria informa a la Dirección
Regional de Educación de San Miguelito que durante el periodo lectivo 2023, el Colegio
Bilingüe Buena Cosecha contó con una matrícula de 36 estudiantes, repartidos en los
siguientes grados: Prekínder: 2 estudiantes; Kínder: 3 estudiantes;
ler
grado: 3 estudiantes;
2do grado: 4 estudiantes; 3er grado: 4 estudiantes; 4to grado: 7 estudiantes;
Sto
grado: 4
estudiantes; 6to grado: 9 estudiantes. Al cierre del colegio, se les informó a los padres de
familia, para que tomarán las debidas acciones y se les proveyó de toda la documentación
No. 30025 Gaceta Oficial Digital, martes 07 de mayo de 2024 2
necesaria para matricular a sus acudidos en colegios públicos y privados del área de Panamá
y.
San Miguelito;
Que en ese orden de ideas, el articulo
22
del Decreto Ejecutivo No. 466 de
14
de agosto de
2018, señala lo siguiente:
"Artículo 22. Cierre voluntario de centros educativos. Salvo por razones
de quiebra, concurso de acreedores,
por
fuerza mayor o caso fortuito o
por
sanción disciplinaria, el centro educativo que opte por realizar cierre en
forma temporal o absoluta, deberá solicitar autorización mediante
memorial dirigido al Ministro (a) de Educación, a través de
la
Dirección
Regional de Educación respectiva, con
un
año de anticipación; y después
de haber comunicado, durante el año lectivo anterior, a los padres de
familia o acudientes.
El centro educativo deberá realizar las coordinaciones que correspondan
para facilitar a los padres de familia
la
reubicación de los estudiantes en
otros centros educativos de iguales condiciones".
Que por lo anterior, el Ministerio de Educación considera oportuno ordenar el cierre absoluto
del centro educativo particular denomi,nado...Golegjp J.Ulingüe Buena Cosecha, ubicado en
la
provincia de Panamá,
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Articulo 2.
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Articulo 4. Este Resuelto comenzara a regrr a partrr de su firma.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Texto Único de la Ley 47 de 1946, Orgánica de
Educación, Decreto Ejecutivo No. 466 de
14
de agosto de 2018, Resuelto No.
116
de 1 de
febrero de 2005.
COMUNÍQUESE
Y
CÚMPLASE.
EL
SUSCRITO
2 2
ABR
2024
FIRMA:
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)

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