Resuelto N° 1637-AL. Por el cual se autoriza el funcionamiento como centro educativo particular al colegio bilingüe santísima trinidad, ubicado en la provincia de panamá, distrito de panamá, corregimiento de pedregal, urbanización rana de oro, calle f, casa 229, región de panamá centro para impartir educación en modalidad presencial para el primer nivel de enseñanza o educación básica general (preescolar y primaria), cuya propietaria es la señora milagros wilson chen.

Fecha de publicación03 Agosto 2022
Fecha07 Julio 2022
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
No. 29592 Gaceta Oficial Digital, miércoles 03 de agosto de 2022 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
RESUELTO No.
lto3"=f-AL
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
en uso
de
sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que el artículo
121
del Texto Único
de
la Ley 47
de
1946, Orgánica de Educación, establece
que la organización y funcionamiento de los centros educativos particulares deben ser
autorizados, sin excepción por el Ministerio de Educación, el cual tendrá la supervisión
directa de ellos, en cuanto a su proyecto educativo, sus planes de estudio, programas
de
enseñanza y la ejecución
de
estos;
Que la señora Milagros Wilson Chen, con cédula
de
identidad No.8-306-1002, propietaria
del centro educativo particular denominado Colegio Bilingüe Santísima Trinidad, solicitó
autorización
de
funcionamiento para el precitado centro educativo, ubicado en la provincia
de Panamá, distrito
de
Panamá, Urbanización Rana
de
Oro, calle
F,
casa 229, región
de
Panamá Centro para que pueda impartir educación en el Primer Nivel
de
Enseñanza o
Educación Básica General (Preescolar y Primaria);
Que la Dirección Regional
de
Educación
de
Panamá Centro, en cumplimiento del artículo 1
del Decreto Ejecutivo No.
90
de
18
de
mayo
de
1998, por el cual se regula el trámite para la
aprobación de los Reglamentos Internos de las Instituciones Educativas Oficiales y
Particulares, aprobó el Reglamento Interno del Colegio Bilingüe Santísima Trinidad
mediante la nota DREPC/AL/0441
de
3 de febrero
de
2016;
Que mediante el Memorando DINIA.DDD.139.0143.2020 de
23
de
noviembre de 2020, el
Departamento de Diseño y Desarrollo
de
la Dirección Nacional
de
Ingeniería y Arquitectura,
concluye que,
de
acuerdo a la inspección y subsiguiente evaluación del centro educativo,
cumple con las normas establecidas por el Ministerio de Educación en cuanto
al
espacio
físico
de
sus estructuras; en consecuencia, se le otorga el visto bueno para la consecución
de
la autorización
de
funcionamiento;
Que los planes
de
estudio y los programas de Educación Básica General (Preescolar y
Primaria) del centro educativo, cuentan con
el
aval
de
aprobación por parte de la Dirección
Nacional de Currículo y Tecnología Educativa, a través
de
la nota DNCTE-131-892,
de
16
de agosto
de
2011;
Que la Dirección Regional
de
Educación de Panamá Centro, mediante
el
Protocolo
de
Supervisión para la Apertura de Centros Educativos Regulares aplicado a las etapas
de
Preescolar y Primaria, nos indica en sus conclusiones finales que
el
Colegio Bilingüe
Santísima Trinidad reúne las condiciones básicas para ofrecer enseñanza preescolar y
primaria adecuado
al
desarrollo de los estudiantes;
Que la solicitud presentada cumple con todas las formalidades y requisitos exigidos por
el
Texto Único
de
la Ley 47
de
1946, Orgánica
de
Educación y el artículo 6 del Decreto
Ejecutivo No. 466
de
14
de agosto
de
2018, para la autorización
de
funcionamiento del centro
educativo particular denominado Colegio Bilingüe Santísima Trinidad; por
lo
tanto,
RESUELVE:
ARTÍCULO
l.
Autorizar el funcionamiento como centro educativo particular
al
Colegio
Bilingüe Santísima Trinidad, ubicado en la provincia
de
Panamá, distrito
de
Panamá,
corregimiento
de
Pedregal, Urbanización Rana de Oro, calle
F,
casa 229, región de Panamá
Centro para impartir educación en modalidad presencial para el Primer Nivel de Enseñanza
·.

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