Resuelto N° 1666-AL. Por el cual se autoriza el funcionamiento al colegio bilingüe ada byron, ubicado en la provincia de panamá, distrito de panamá, corregimiento de bella vista, urbanización bella vista, calle 42, edificio 4358, local 1, para impartir educación en el subsistema no regular para la educación de jóvenes y adultos de primer nivel de enseñanza o educación básica general (premedia) y del segundo nivel de enseñanza o educación media (bachiller en comercio), en la modalidad presencial, cuya propietaria es la señora aralys fonseca olivares.

Fecha de publicación08 Septiembre 2022
Fecha14 Julio 2022
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
No. 29618-B Gaceta Oficial Digital, jueves 08 de septiembre de 2022 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
RESUELTO No. I (o{o{a
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A L MINISTERIO DE
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CACIÓN
Panamá,
14
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de
2022.
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN
en uso
de
sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
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Que el artículo
121
del Texto Único
de
la Ley 47
de
1946, Orgánica
de
Educación, establece
que la organización y funcionamiento
.de
los centros educativos particulares deben ser
autorizados, sin excepción por
el
Ministerio
de
Educación, el cual tendrá la supervisión
directa de ellos, en cuanto a su proyecto educativo, sus planes de estudio, programas de
ensefianza y la ejecución de estos;
Que la sefiora Aralys Fonseca Olivares, con cédula de identidad personal No. 4-754-388,
actuando en calidad de propietaria del
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Ada Byron, ubicado en la provincia
de Panamá, distrito de Panamá,
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de
Jóvenes
y Adultos de Primer Nivel de
EnseñaBlr~'IS"ÓÍ:
Básica General (Premedia) y del
Segundo Nivel de Ensefianza o Educación Media (Bachiller en Comercio), del precitado
centro educativo, cuenta con el aval de aprobación por parte
de
la Dirección Nacional de
Currículo y Tecnología Educativa, a través de las notas DNCTE-131-888 de
21
de
septiembre
de 2018 y DNCTE-131-890
de
21
de septiembre
de
2018;
Que mediante Protocolo de Supervisión para la Apertura de Centros Educativos Laborales la
Dirección Regional de Panamá Centro, certifica que el Colegio Bilingüe Ada Byron,
es
apto
para impartir educación en el Subsistema
No
Regular para la Educación de Jóvenes y Adultos
de
Primer Nivel
de
Ense:ñanza o Educación Básica General (Premedia) y del Segundo Nivel
de
Enseñanza o Educación Media (Bachiller en Comercio);
Que la Dirección Nacional
de
Educación Particular, mediante Informe Ejecutivo señala que
considerando
el
Informe Técnico Regional de favorabilidad remitido por la Coordinación de
Educación Particular de Panamá Centro y de conformidad con los establecido en el artículo
123
del Texto Único
de
la Ley 47
de
1946, Orgánica de Educación,
se
presenta la
documentación del Colegio Bilingüe Ada Byron, para la consecución del resuelto de
funcionamiento;
No. 29618-B Gaceta Oficial Digital, jueves 08 de septiembre de 2022 2
Que la solicitud presentada cumple con todas las formalidades y requisitos exigidos por el
Texto Único de
la
Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación y el artículo 6 del Decreto
Ejecutivo No. 466 de 14 de agosto de 2018, para la autorización de funcionamiento del
Colegio Bilingüe Ada Byron; por lo tanto,
RESUELVE:
Articulo
l.
Autorizar el funcionamiento
al
Colegio Bilingüe Ada Byron, ubicado en la
provincia de Panamá, distrito de Panamá, corregimiento de Bella Vista, urbanización Bella
Vista, calle 42, edificio 4358, local
1,
para impartir educación en el Subsistema No Regular
para
la
Educación de Jóvenes y Adultos de Primer Nivel de
En~eftanza
o Educación Básica
General (Premedia) y del Segundo Nivel de Enseñanza o Educación Media (Bachiller en
Comercio), en
la
modalidad presencial, cuya
propi~a
es la señora Aralys Fonseca
Olivares, con cédula de identidad personal No. 4-754-388.
ARTÍCULO
5.
Este Resuelto empezará a regir a partir de su firma.
FUNDAMENTO DE
DERECHO:
Titulo III, Capítulo III, del Texto Único de
la
Ley 47 de
1946, Orgánica de Educación y el Decreto Ejecutivo No. 466 de 14 de agosto de
2018.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
elegada MINISTERIO Q Ut;A§lf}N
SECRETARIA
G~N~~AL
1 O
AGO
2022
ES
COPIA
AuriNTICA
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