Resuelto N° 2677-AL. Por el cual se regula la jornada extraordinaria, el tiempo compensatorio y el viático por misión oficial en áreas de difícil acceso.

Fecha de publicación31 Octubre 2022
Fecha11 Octubre 2022
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
No. 29655 Gaceta Oficial Digital, lunes 31 de octubre de 2022 1
REPÚBLICA
DE PANAMÁ
Resuelto No.
~0
+'T-AL
MINISTERIO
DE
EDUCACIÓN
Panamá,
_/_I
_de
«r.liJn¿
de 2022.
Por el cual se regula la jornada extraordinaria, el tiempo compensatorio y el viático por misión
,.
;-._
,.
'
~
fi
E
i
al
en áreas de dificil acceso.
/
......
\.
~-\:..
f
_,.1(¡
......
,,
_..._
l ,
........
'
(:.,_
,
/
~.,/"i,,··
is-
. I·¡
~,·~··
,/
1
/t
!>-'
...
,
.••
"•,:o,
.....
\
1 1
f.;.,,...
f.
"P1·''
1
¡ '
\/
~~·
:::..:.~,r.:-~;
f
)r-
)\
""
J L
.t.,._-._
. :
\ft*'
.
t.-··'l
. '
I
''
ijl'
.
-~··''};,...'-'.
9
~
·-
·~
\.,/I'.
\.'
. , ......
. ··.1. ; .
'".'._
º'
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
. , ,.,,,, 1
·-.
------:í.
..
Que el Resuelto 326 del 22 de marzo de 2006, por el cual se establece el reglamento interno de
este Ministerio, regula la jornada ordinaria de trabajo, la extraordinaria y el tiempo compensatorio.
Que el Resuelto 225 de
18
de enero de 2011, modifica el Resuelto 326 de 22 de marzo de 2006,
que reglamenta el pago de viático a sus servidores públicos.
Que
el
Resuelto 4735 de 9 de septiembre de 2015, modifica a su vez el Resuelto 225 de
18
de
enero de 2011, que estipula el pago de los viáticos coriespondientes.
' 1 '
;~-
.
Que se hace necesario
desartoll~r
.esta
rn:atef.ia
parai
adec11:aila
a las ,normas legales vigentes e
integrarla en un solo instrúmentc:
»-
juti:diCg:
.
··
..-?
RESUE~VE:
·.' . 1
.
~
.. '. .
.:·
,
·.':
1·
~
¡..
~"
Artículo 1: La
jomadÍ~xfraordin~iia:
deberá tenet
la
.
a:utorizaCJ.Óri
del
·
di~ectO.}
n~cional
y/o director
regional de educa,ción;J-acúái no
p~drá
exc
.
e~er
deL25%
.
c:le
lajdfuc.ida
d~
·
trabajo.
'También deberán
.
...
. l 1
~"'',.
. " - ·· . ,1 :·,
-.
~
~
~
;., J t
..
~
~.
':'
.. '.'
...
. ,
autonzar el uso del tiempO'compensatono"
en
·
un
penod.ono mayor de sesenta
(6.9)
dias, desde la
fecha en que se geneiói. -
.i
, ' ' : !
·
~
. . ?·
.1
~
'
: :1
.,
.
~
::
Articulo 2: El
tiempo
~
exttaordinatio sera registrado y ·compensado al eólaootacfur con descanso
en los siguientes casos: ..
·,
, ·
~
· 1
f'
'
-:-
'
,
,...
..
.
....
-
--:.·-
.:
.;
i
.....
....
...
....
,..
..
_, 1 "
l.
Cuando labon(uria (1) hora: antes de .
Ja
entrad~f
y una (1) hori ·'después de la salida del
.,
. "
--
..
,,
horario regular: , , · \K
....
.
2. Cuando labora en días de descans.o obligatorio,
feriacÍÓs
o fines de semana.
~
"!
·
3.
Cuando participa en seminarios obligatorios efectuados
J~I
f"
horario
distinto a su horario
regular y en días de descanso obligatorio'> feriados o .
finés
de semana.
"
"'
-
~
'.
·-
..
-
~
-~
~
4.
Cuando la salida o retomo de una misión oficial se produzca una (1) hora antes de la entrada
y una (
1)
hora después de la salida de su horario regular.
PARÁGRAFO:
No constituirá tiempo compensatorio, el trabajo realizado por colaboradores que
tengan asignado tumos de trabajo distintos al horario regular de este Ministerio.
Artículo 3: En caso de jornada extraordinaria en el lugar habitual de trabajo, se pagará al
colaborador
el
desayuno, almuerzo, cena y transporte, en los casos siguientes:
1.
De lunes a viernes:
a.
Desayuno: Tres balboas (B/.3.00) cuando inicie labores dos (2) horas antes de su
horario regular.
b.
Cena: Tres balboas con cincuenta centésimos (B/.3.50) cuando labore en forma
continua dos (2) horas después de su horario regular.
c.
Transporte: Tres balboas (B/.3.00) cuando labore en forma continua dos (2) horas
después de su horario regular.
2.
Días de descanso obligatorio, feriados o fines de semana:

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR