Resuelto N° 3029-AL. Por el cual se renueva el reconocimiento como organismo capacitador (oca) a la entidad denominada universidad interamericana de panamá, ubicada en la vía ricardo j. alfara, campus uip, distrito de panamá, provincia de panamá, cuyo representante legal es josé concepción barrios ng.

Fecha de publicación28 Diciembre 2022
Fecha14 Noviembre 2022
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
No. 29690 Gaceta Oficial Digital, miércoles 28 de diciembre de 2022 1
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
REPÚBLICA DE PANAMÁ
RESUELTO
30~q-f-}L
Panamá I
.lf
de.AÍJvlembre
de
2022
~~\:\~
_,,,-t
/
1-t.
...;
I
;:;¡'
•••••••
,.
LA MINISTRA
DE
EDUCACIÓN
en
uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que
el
Texto Único de
la
Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación, a través del
artículo 335, faculta
al
Ministerio de Educación, para organizar cursos de
formación, capacitación y perfeccionamiento profesional destinados
al
personal
docente, directivo y administrativo,
con
el
propósito de lograr
la
eficiencia y calidad
de
la
educación;
Que esta misma excerta legal dispone en el parágrafo del artículo 263 que, "la
capacitación docente se hará a través de Organismos Capacitadores (OCAS)
que reúnan los requisitos establecidos por el Ministerio de Educación";
Que de acuerdo
al
artículo 25 del Decreto Ejecutivo 238 de
11
de junio de 2003,
la
capacitación docente, que
se
efectuará
con
cargo
al
4%
del Fondo de Equidad
y Calidad de
la
Educación (FECE}; .será realizada por Organismos Capacitadores
(OCAS) que reúnan los requisito's, que para tal efecto petermine el Ministerio de
Educación, mediante Resuelto; . · .. ·
Que atendiendo
lo
tipificado en
er
Decreto Ejecutivo 238 de
11
de
junio de 2003,
el Ministerio de Educación e.stablece los requisitos yparámetro's que las personas
naturales o jurídicas deben · cürpplir para: ..
s~r
reconocidos como Organismo
Capacitador, mediante el Resuelto
1'.343
de
15
de marzo de
2Q17,
modificado por
el Resuelto 1199.de
22
de marzo
de
2018; ·
Que
al
Ministerio
de
Educación, como ente reytor :de la educación,
le
corresponde
realizar el registro . de los Organismps Capacitadores, a través de
la
Dirección
Nacional de Formacíón y Perfeccionamiento Profesional y expedir
la
certificación
·. . ·- . ..
•.
correspondiente que reconoce a
la~
.
_personas
naturales
.'.
o jurídicas como
Organismos Capacitadores (OCAS), luego de haber cumplido los requisitos y
parámetros exigidos por
Ley;
Que a través del Resuelto 4431 de
31
de
diciembr~
de 2020, se reconoce como
Organismo Capacitador a
la
entidad denominada UNIVERSIDAD
INTERAMERICANA DE PANAMÁ, inscrita
en
el
Registro de Organismos
Capacitadores de
la
Dirección Nacional de Formación y Perfeccionamiento
Profesional; y a
la
cual
se
le
expidió
la
certificación correspondiente;
Que el Resuelto 1343 de
15
de marzo de 2017, modificado por el Resuelto 1199
de
22
de marzo
de
2018,
en
su
artículo
12,
faculta a .
la
Dirección Nacional de
Formación y Perfeccionamiento Profesional para evaluar cada dos
(2)
años, a los
organismos capacitadores reconocidos con el propósito de verificar
si
su
desempeño es acorde
con
los requerimientos de
la
capacitación docente y
si
reúne los requisitos que fundamentaron el reconocimiento que ostenta;
Que
la
organización UNIVERSIDAD INTERAMERICANA DE PANAMÁ,
al
ser
evaluada ha obtenido una ponderación de alta satisfacción, tal y como consta
en
el Informe Ejecutivo emitido por
la
Dirección Nacional de Formación y
Perfeccionamiento Profesional, el cual reposa a foja 1-7 del expediente por
lo
que
se
concluye que esta organización, cumple con los lineamientos, requisitos y
parámetros establecidos
en
la
normativa vigente para continuar impartiendo
capacitaciones,
por
tanto;
/
í§
~.-
.
).
~~
, , \ ,
-~1y
.
, r
/,,..
/'
No. 29690 Gaceta Oficial Digital, miércoles 28 de diciembre de 2022 2
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.
Renovar
el reconocimiento como Organismo Capacitador \
(OCA) a
la
entidad denominada UNIVERSIDAD INTERAMERICANA
DE
·)
PANAMÁ, ubicada
en
la
vía Ricardo
J.
Alfara, Campus UIP, distrito de Panamá,
provincia de Panamá, cuyo representante legal es José Concepción Barrios
Ng,
portador de
la
cédula
de
identidad personal 3-60-501 .
ARTÍCULO
2.
Mantener la Inscripción
en
el Registro de Organismos
Capacitadores de la Dirección Nacional de Formación y Perfeccionamiento
Profesional a
la
entidad denominada UNIVERSIDAD INTERAMERICANA
DE
PANAMÁ, y expedir
la
certificación correspondiente.
La Dirección Nacional de Formación y Perfeccionamiento Profesional evaluará
a los organismos ·capacitadores reconocidos cada dos (2) años, con el
propósito de verificar si su desempeño es acorde con los requerimientos de
la capacitación docente y
si
reúne los requisitos que fundamentaron el
reconocimiento que ostenta conforme a los criterios previamente establecidos
para dicha evaluación.
Los resultados de
la
evaluación serán
incorpor~dos
al registro del organismo
capacitador y aqueUos que
aprdel;>en
la evaluación continuarán impartiendo
las capacitaciones que S'e les asignen
según
· los
req1,.1erimientos
de la entidad.
'
..
'
ARTÍCULO
3.
Este
Re·
ue.lt9
comenzará a
regirª
partir de su promulgación.
FUNDAMENTO
PE
DERECHO: Ley
47
de 1'946 Orgánica Educación, Decreto
Ejecutivo 238
de
t 1 de
junio
de 4003, Resuelto 1343
de
15
cíe
marzo de 2017,
Resuelto
1199dé
22 de
mal"Zo
de
4018.
COMUNÍQUESE V CÚMPLASE,
Vi eministro Académico
EL SUSCRITO SECRETARIO GENERAL DEL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
CERTIFICA
QUE
ESTE
DOCUMENTO
ES
COPIA
AUTÉNTICA
QUE
REPOSA
EN
EL
EXPEDIENTE ORIGINAL
FIRMA:
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR