Resuelto N° 340-AL. Por el cual el personal que ejerce funciones de inspección de obras en las distintas direcciones regionales de educación o en cualquiera de las unidades administrativas del ministerio de educación, quedará adscrito a la dirección nacional de ingeniería y arquitectura del viceministerio de infraestructura educativa.

Fecha de publicación02 Marzo 2023
Fecha13 Febrero 2023
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
No. 29731-A Gaceta Oficial Digital, jueves 02 de marzo de 2023 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
Resuelto 840-A!.,
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Panamá,
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CONSIDERANDO:
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Que
la
Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del Viceministerio de Infraestructura ' :;·,.
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Educativa, tiene entre
sus
objetivos lograr el desarrollo
de
los
programas de construcción, -
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adecuación y ampliación
de
las instalaciones fisicas escolares y la planta central, a través
de
recursos humanos, materiales y técnicos asignados, a
fin
de suplir las necesidades
de
infraestructura
de
los centros escolares
del
país;
Que le corresponde a la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del Viceministerio
de Infraestructura Educativa,
la
coordinación a nivel nacional de todo
lo
relativo a la
construcción, adecuación y ampliación
de
los
centros educativos en sus aspectos técnicos y de
ejecución, y por ende, es la encargada de emitir los criterios técnicos que deben ser incluidos para
las
contrataciones
de
obras y supervisar que
el
personal asignado aplique los mismos, a
fin
de
que sus actuaciones se encuentren enmarcadas
en
los
parámetros técnicos que emanen
de
dicha
Dirección-Nacional;
Que
el
Ministerio de Educación cuenta con una cantidad de inspectores idóneos a nivel nacional,
tanto en
la
sede principal de la entidad, como en las diversas regiones educativas del país,
encargados de
la
supervisión técnica,
la
certificación de calidad y cualidad de las obras asignadas
a supervisión y son
el
medio
de
comunicación oficial entre
el
contratista y
la
entidad como
contratante;
Que para garantizar que exista un criterio técnico debidamente definido
en
toda
la
institución, es
necesario
.que
los
Inspectores a nivel nacional sigan los lineamientos técnicos y estrategias que
emanen
de
la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura, por tanto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. El personal que ejerce funciones de Inspección de obras en las distintas
Direcciones Regionales
d~
Educación o en cualquiera de las unidades administrativas del
Ministerio de Educación, quedará adscrito a la Dirección Nacional de Ingeniería y
Arquitectura del Viceministerio de Infraestructura Educativa.
ARTÍCULO 2. Los funcionarios descritos en el artículo anterior acatarán los criterios,
parámetros técnicos y estrategias que defina la Dirección Nacional de Ingeniería y
Arquitectura del Viceministerio de Infraestructura Educativa.
No
obstante, lo anterior, este personal se mantendrá bajo la jurisdicción administrativa en la
que fueron nombrados y bajo la supervisión administrativa de los jefes inmediatos de las
unidades en las que laboren.
ARTÍCULO 3. El Director Nacional de Ingeniería y Arquitectura del Viceministerio de
Infraestructura Educativa tendrá la facultad de la dirección y supervisión técnica de los
Inspectores de Obra que se encuentren al servicio de este ministerio.
ARTÍCULO 4. Este Resuelto empezará a regir a partir de su firma.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Texto Único de la Ley 47 de 1946, Orgánica de
Educación; Ley
43
de 2008, modificada por la Ley 38 de 2017.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
14
FEB
2023
FIRMA:
~
-
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