Resuelto N° 3841. Por el cual se reconoce como organismo capacitador (oca) a la entidad denominada santillana sociedad anónima.

Fecha de publicación24 Enero 2023
Fecha02 Agosto 2018
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
No. 29707 Gaceta Oficial Digital, martes 24 de enero de 2023 1
REPÚBLICA DE
PA
NAMÁ
_
RESUELTO 3
IJ4
I MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Panamá,
e?
de
~
de
2018
, \l.. \
11;.
,, .
'\.
_.--.
-
•.
t
~.,
,
''
,?.1A
G(·
'~
;:;'i!'(..
..
,.
..
1¡.r..,
;,.-
e
-:
el <
('-?
'/(;(
~,..
.','f
~\
!
r~g}\'tf
1
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN
en uso
de
sus facultades legales,
;._\
~~i\!.t
)~
CONSIDERANDO:
I
~'°'
"-;;;;j¡,'I
/
·'"
\·,.·;f.
"""
. / \
"-~
,.·,
/
-~~
;1¡:--::-:'··
Que
el
Te>eto
Único
de
la Ley
47
de
1946, Orgánica
de
Educación, a través del
articulo 335, faculta al Ministerio
de
Educación, para
disenar
las
politicas
de
capacitación, actualización y perfeccionamiento
al
educador,
dentro
de
la
educación
permanente, con la participación
de
organismos
internacionales.
fundaciones, empresas privadas, asociaciones cívicas y
demás
sectores
de la
sociedad civit; con el propósito
de
lograr la eficiencia y calidad
de
la
educación;
Que
esta
misma
excerta legal
dispone
en
el parágrafo
del
articulo 263 que: "la
capacitación
docente
se
hará a través
de
Organismos Capacitadores
(OCAS)
que
reúnan
los
requisitos establecidos
por
el Ministerio
de
Educación";
Que
de
acuerdo al artículo 25 del Decreto Ejecutivo No. 238
de
11
de
junio
de
2003, la capacitación docente, que se efectuará con cargo al 4% del Fondo
de
Equidad y Calidad de la Educación (FECE), será realizada por Organismos
Capacitadores (OCAS) que reúnan los requisitos. que para tal efecto determine el
Ministerio
de
Educación 1 mediante Resuelto;
Que atendiendo lo regulado en el Decreto Ejecutivo No. 238
de
11
de
junio
de
2003, el Ministerio de Educación establece los requisitos y parámetros que las
personas naturales o jurldicas deben cumplir para
ser
reconocidos como
Organismo Capacitador, mediante el Resuelto
No.
1343
de
15
de
marzo de 2017;
Que
el Ministerio
de
Educación, en ejercicio
de
su rol. le
concierne
realizar
el
registro
de los Organismos Capacitadores, a través de la Dirección Nacional
de
Fonnacíón
y Perfeccionamiento Profesional y expedir la Certificación correspondiente que.
reconoce a las personas juridicas como Organismos Capacitadores (OCAS), luego
de
haber cumplido los requisitos y parámetros exigidos por la legislación que regula
esta materia;
Que en atención a lo establecido en la normativa vigente, la organización
denominada SANTILLANA
SOCIEDAD
ANÓNIMA,
presentó
la
documentación
requerida ante la Dirección Nacional
de
Formación y Perfeccionamiento Profesional,
debidamente compilada en un expediente;
Que el Ministerio
de
Educación, con el apoyo
de
la organización denominada
SANTILLANA
SOCIEDAD ANÓNIMA desarrollo en el verano 2015, diversos
Programas entre los cuales se cuenta el
de
Capacitación Docente, lo cual consta
en la Dirección Nacional
de
Formación y Perfeccionamiento Profesional bajo el
Registro: DNFPP/OCA-0312015;
Que efectuado
et
análisis
de
la documentación,
se
concluye que la empresa
denominada
SANTILLANA
SOCIEDAD ANÓNIMA, cumple con los lineamientos,
requisitos y parámetros establecidos en el Resuelto No. 1343
de
15
de
marzo
de
2017, aprobado para este fin, por tanto;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR