Resuelto N° 4017. Por el cual se autoriza el funcionamiento del centro de educación particular denominado king's college, ubicado en la ciudad de panamá, corregimiento de ancón, clayton, avenida hospital, edificio 518, a fin de que imparta el primer nivel de enseñanza o educación básica general (preescolar, primaria y premedia) y educación media en la modalidad de bachiller en ciencias bilingüe y bachiller en humanidades integrales bilingüe, bajo el amparo de king's college panamá, s.a. debidamente inscrita a la ficha 753760, documento 2083608 de la sección de micropelícula mercantil del registro público de panamá.
Fecha de publicación | 17 Noviembre 2022 |
Fecha | 27 Julio 2012 |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
No. 29665 Gaceta Oficial Digital, jueves 17 de noviembre de 2022 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
RESUELTO
No.40
/.1
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Panamá,
2-f
de J v
/·,
o de 2012
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
en
uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que
el
Artículo
121
de
la
Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación, establece que
la
organización y funcionamiento de los centros educativos particulares deben ser
autorizados,
sin
excepción, por el Ministerio de Educación;
Que con base
en
esta disposición legal, ROGER FRY, varón, británico, mayor de
edad, con pasaporte 094110204,
en
calidad de representante legal de KING'S
COLLEGE PANAMÁ, S.A. debidamente inscrita a
la
FICHA 753760, Documento
2083608 de
la
sección de Micropelícula Mercantil del Registro Público de Panamá;
solicitó a este Ministerio mediante memorial petitorio, autorización de
funcionamiento para
el
centro educativo KING'S COLLEGE, ubicado
en
la
ciudad
de Panamá, corregimiento de Ancón, Clayton, avenida Hospital, edificio 518, a fin
de que imparta
el
Primer Nivel de Enseñanza o Educación Básica General
(Preescolar, Primaria y Premedia) y Educación Media
en
la
modalidad de Bachiller
en
Ciencias Bilingüe y Bachiller
en
Humanidades Integrales Bilingüe;
Que luego del análisis de
la
documentación aportada este Despacho determinó
que cumple
con
los requisitos, por
lo
tanto;
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Autorizar
el
funcionamiento del centro de educación
particular denominado KING'S COLLEGE, ubicado
en
la
ciudad de Panamá,
corregimiento de Ancón, Clayton, avenida Hospital, edificio 518, a
fin
de que
imparta
el
Primer Nivel de Enseñanza o Educación Básica General (Preescolar,
Primaria y Premedia) y Educación Media
en
la
modalidad de Bachiller
en
Ciencias
Bilingüe y Bachiller
en
Humanidades Integrales Bilingüe, bajo
el
amparo de
KING'S COLLEGE PANAMÁ, S.A. debidamente inscrita a
la
FICHA 753760,
Documento 2083608 de
la
sección de Micropelícula Mercantil del Registro Público
de Panamá.
ARTÍCULO SEGUNDO: Esta autorización de funcionamiento tendrá vigencia
mientras
la
institución educativa cumpla
con
las disposiciones establecidas
en
el
Título
111,
Capítulo
111,
de
la
Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación .
ARTÍCULO TERCERO:
El
propietario o representante legal del centro educativo
tiene
la
obligación de informar
al
Ministerio de Educación,
el
traslado de las
instalaciones del centro educativo a otro lugar, a fin de que
se
proceda con
el
debido registro.
El
nuevo local deberá cumplir con las normas de seguridad y demás requisitos
exigidos por la ley;
en
caso contrario,
la
Dirección Regional de Educación
respectiva no firmará los certificados
ni
diplomas expedidos por dicho centro
escolar.
ARTICULO CUARTO:
El
registro de los alumnos, así como toda
la
documentación
relacionada con
el
funcionamiento del centro educativo deben permanecer
en
los
archivos del centro escolar.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba