Resuelto N° 4429. Por el cual se renueva el reconocimiento como organismo capacitador (oca) a la entidad denominada columbus university, debidamente inscrita bajo la ficha 265047, rollo 36842, imagen 0037 de la sección sociedad común del registro público de panamá, cuyo representante legal es joaquín villar-garcía.

Fecha de publicación24 Enero 2023
Fecha31 Diciembre 2020
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
No. 29707 Gaceta Oficial Digital, martes 24 de enero de 2023 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
RESUELTO
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Panamá
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2020
LA
MINISTRA
DE
EDUCACIÓN
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
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Que el Texto Único de la Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación, a
tra
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és
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del
artículo 335, faculta
al
Ministerio de Educación, para organizar cursos de
formación, capacitación y perfeccionamiento profesional destinados
al
personal
docente, directivo y administrativo, con el propósito de lograr
la
eficiencia y calidad
de
la
educación;
Que esta misma excerta legal dispone en el parágrafo del artículo 263 que, "la
capacitación docente se hará a través de Organismos Capacitadores (OCAS)
que reúnan los requisitos establecidos por el Ministerio de Educación";
Que de acuerdo al artículo 25 del Decreto Ejecutivo 238 de
11
de junio de 2003,
la
capacitación docente, que se efectuará
con
cargo
al
4% del Fondo de Equidad
y Calidad de
la
Educación (FECE), será realizada por Organismos Capacitadores
(OCAS) que reúnan los requisitos , que para tal efecto determine
el
Ministerio
de
Educación, mediante Resuelto;
Que atendiendo lo tipificado en
el
Decreto Ejecutivo 238 de
11
de junio de 2003,
el
Ministerio de Educación establece los requisitos y parámetros que las personas
naturales o jurídicas deben cumplir para ser reconocidos como Organismo
Capacitador, mediante
el
Resuelto 1343 de 15 de marzo de 2017, modificado por
el
Resuelto 1199 de
22
de marzo de 2018;
Que
el
Ministerio de Educación, como ente rector de
la
educación, le corresponde
realizar el registro de los Organismos Capacitadores, a través de
la
Dirección
Nacional de Formación y Perfeccionamiento Profesional y expedir
la
certificación
correspondiente que, reconoce a las personas naturales o jurídicas como
Organismos Capacitadores (OCAS), luego de haber cumplido los requisitos y
parámetros exigidos por Ley;
Que a través del Resuelto
1207
de 23 de marzo de 2018, se reconoce como
Organismo Capacitador a
la
entidad denominada COLUMBUS UNIVERSITY,
la
cual es inscrita
en
el
Registro de Organismos Capacitadores de la Dirección
Nacional de Formación y Perfeccionamiento Profesional; a
la
cual se le expidió
la
certificación correspondiente;
Que
el
Resuelto 1343 de 15 de marzo de 2017, modificado por el Resuelto 1199
de 22 de marzo de 2018, en su artículo
12,
faculta a
la
Dirección Nacional de
Formación y Perfeccionamiento Profesional evaluar cada dos (2) años, a los
organismos capacitadores reconocidos con el propósito de verificar
si
su
desempeño es acorde con los requerimientos de
la
capacitación docente y si
reúne los requisitos que fundamentaron
el
reconocimiento que ostenta;
Que
la
organización COLUMBUS UNIVERSITY,
al
ser evaluada
ha
obtenido una
ponderación de alta satisfacción, tal como consta en
el
lnfonne Ejecutivo remitido
por
la
Dirección Nacional de Formación y Perfeccionamiento Profesional,
el
cual
reposa a foja 1 del expediente, por
lo
que
se
concluye que esta organización,
No. 29707 Gaceta Oficial Digital, martes 24 de enero de 2023 2
cumple con los lineamientos requisito y
parámetros
establecidos
en
la
normativa
vigente
para
continuar
impartiendo capacitaciones,
por
tanto;
RESUELVE:
ARTÍCULO
1.
Renovar el reconocimiento
como
Organismo
Capacitador
(OCA)
a
la
entidad denominada COLUMBUS UNIVERSITY, debidamente inscrita
bajo el Ficha 265047, Rollo 36842, Imagen 0037 de la Sección Sociedad Común
del Registro Público de Panamá, cuyo Representante Legal es Joaquín Villar-
García.
ARTÍCULO 2. Mantener la Inscripción en el Registro
de
Organismos
Capacitadores
de
la
Dirección Nacional de Formación y Perfeccionamiento
Profesional a la entidad denominada denominada COLUMBUS UNIVERSlTY, y
expedir
la
certificación correspondiente.
La Dirección Nacional
de
Formación y Perfeccionamiento Profesíonal
evaluará
a los
organismos
capacitadores reconocidos
cada
dos
(2)
años, con el
propósito de verificar su
desempeño
es
acorde
con los requerimientos
de
la capacitación docente y si
reúne
los
requisitos
que
fundamentaron
el
reconocimiento
que
ostenta
conforme
a
los
criterios
previamente
establecidos
para
dicha
evaluación.
Los resultados
de
la evaluación
serán
incorporados al registro del
organismo
capacitador
y aquellos
que
aprueben la evaluación
continuarán
impartiendo
las capacitaciones
que
se
les asignen
según
los requerimientos
de
la
entidad.
ARTÍCULO
3.
Este
Resuelto
comenzará
a regir a partir
de
su promulgación.
FUNDAMENTO
DE
DERECHO: Ley 47 de 1946 Orgánica de Educación, Decreto
Ejecutivo 238 de 1 1 de junio
de
2003, Resuelto 1343 de 15
de
marzo
de
2017,
Resuelto 1199
de
22 de marzo de 2018.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
EL
SUSCRITO SECRETARIO G!:NEHAL DEL
MINISTERIO
DE
EDUC/1CION
CERTIFICA
QUE ESTE DOCUMENTO
ES
COPIA AUTENTICA
QUE REPOSA
EN
EL EXPEnlFNTF. ORIGINAL
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FIRMA:
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