Resuelto N° 501. Por el cual se reconoce como organismo capacitador (oca) a la entidad denominada congregación pureza de maría, ubicada en la provincia de panamá, distrito de san miguelito, corregimiento josé domingo espinar, urbanización villa lucre, calle el mirador, colegio pureza de maría, cuyo representante legal es la señora karla patricia toruño paniagua.

Fecha de publicación25 Julio 2023
Fecha29 Enero 2021
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
No. 29832 Gaceta Oficial Digital, martes 25 de julio de 2023 1
REPÚBLICA DE
PANAMÁ
RESUELTO .!::JO/ MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Panamá,
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2021
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN
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CONSIDERANDO:
en uso de sus facultades legales,
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Que el Texto Urnco de la Ley
47
de
1946, Orgánica
de
Educación, a través· del·
articulo 335, faculta al Ministerio
de
Educación, para disenar las politicas
de
capacitación, actualización y perfeccionamiento al educador, dentro de la educación
permanente, con la participación de organismos internacionales, fundaciones,
empresas privadas, asociaciones cívicas y demás sectores de la sociedad civil, con
el
propósito de lograr la eficiencia y la calidad
de
la educación;
Que esta misma excerta legal dispone en el parágrafo del articulo 263 que, ''La
capacitación docente se hará a través de Organismos Capacitadores (OCAS) que
reúnan los requisitos establecidos por el Ministerio de Educación";
Que de acuerdo al articulo
25
del Decreto Ejecutivo 238
de
11
de junio de 2003, la
capacitación docente, que se efectuará con cargo al
4%
del Fondo
de
Equidad y
Calidad
de
la Educación (FECE), será realizada por Organismos Capacitadores
(OCAS) que reúnan los requisitos, que para tal efecto determine el Ministerio de
Educación mediante Resuelto;
Que atendiendo lo regulado en el Decreto Ejecutivo 238 de
11
de junio de 2003, el
Ministerio
de
Educación establece los requisitos y parámetros que las personas
naturales o jurldicas deben cumplir para
ser
reconocidas como Organismo
Capacitador, mediante el Resuelto 1343 de 15
de
marzo de 2017, modificado por
el Resuelto 1199 de 22
de
marzo de 2018;
Que el Ministerio de Educación, en ejercicio
de
su rol, le concierne realizar el registro
de los Organismos Capacitadores, a través de la Dirección Nacional
de
Formación
y Perfeccionamiento Profesional y expedir la certificación correspondiente que
reconoce a las personas jurldicas como Organismos Capacitadores (OCAS), luego
de
haber cumplido con los requisitos y parámetros exigidos por la legislación que
regula esta materia;
Que en atención a lo establecido
en
la normativa vigente, la organización
denominada CONGREGACIÓN PUREZA DE MARÍA, presentó la documentación
requerida ante la Dirección Nacional
de
Formación y Perfeccionamiento Profesional,
debidamente compilada
en
un expediente;
Que efectuado el análisis de la documentación aportada
de
foja 1 a foja 292, se
concluye que la organización denominada CONGREGACIÓN PUREZA DE MARiA,
cumple con los lineamientos, requisitos y parámetros establecidos en el Resuelto
1343
de
15
de
marzo
de
2017, modificado por el Resuelto 1199 de 22 de marzo
de 2018, aprobado para este fin, por tanto;

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