Resuelto N° 869-AL. Por el cual se autoriza el uso de los siguientes libros y obras complementarias o de consultas, en los diferentes niveles que conforman el sistema educativo.

Fecha de publicación14 Marzo 2024
Fecha05 Marzo 2024
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
No. 29989 Gaceta Oficial Digital, jueves 14 de marzo de 2024 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
RESUELTONº
869-1\L
MINISTERIO
DE
EDUCACIÓN
Panamá,
1i_
de
roa<20
de 2024
LA
MINISTRA
DE
EDUCACIÓN
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que le corresponde al Ministerio de Educación aprobar los textos y obras complementarias o de
consulta para los centros de educación básica general y educación media oficial y particular, de
conformidad con lo establecido en la Ley No. 29 del 20 de julio de 2006;
Que para la aprobación de los textos escolares y obras complementarias y de consultas se requiere
la evaluación prevfa que certifique que cumplen con los requisitos establecidos
en
la
ley;
Que conforme al artículo 1 de la Ley No. 29 del 20 de julio de 2006, los textos escolares y obras
complementarias o de consulta deben responder a los fines de la educación panamefia, a los
contenidos de los programas de estudios, a
la
realidad nacional y a las exigencias técnicas y
pedagógicas;
Que los textos y obras complementarias o de consulta aprobados por el Ministerio de Educación,
se mantendrán vigentes por un periodo de cinco (5) 8fios, al término del cual, deberán ser
revaluados por esta institución; a fin de determinar si se requiere su actualización, de conformidad
a lo instituido en el artículo 4, numeral 1 del Decreto Ejecutivo Nó. I 132 de 22 de diciembre de
201
O,
el cual establece lo siguiente: ·
"ARTÍCULO
4.
La actualización, revaluación, certificación,
aprobación y vigencia de los textos escolares, se efectuaráii
dt?
la
forma
siguiente:
1.
Los textos escolares, obras complementarias y de consitltaaprobados
por el Miitlsterio de Educación, tendrán una vigencia de 5 .afios; al
término del cµal deberá ser revaluado por el Ministerio de· Educación, a
través de la Dirección Nacional
de
Currículo y Tecnología Educativa,
la
cual recomendará las adecuaciones o 'ajustes pertinentes
...
,.,
Que de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Número
85
del 3 de abril de 1985, corresponde a
la Dirección Nacional de Currículo y Tecnología Educativa del Ministerio de Educación evaluar
los libros de textos y obras complementarias de autores nacionales y extranjeros, con
la
colaboración de furicionarios de otras direcciones e instituciones afines al quehacer educativo;
Que el Ministerio de Educación es el ente encargado de la distribución, circulación y actualización
de los textos escolares en todo el territorio nacional, por lo tanto;
RESUELVE:
Artículo
l.
Autorizar el uso de los siguientes libros y obras complementarias o de consultas, en
los diferentes niveles que conforman el sistema educativo:
LISTA
DE
OBRAS
APROBADAS
HASTA
EL
AÑO
2023
PREESCOLAR
SECCIÓN
DE
LIBROS
COMPLEMENTARIOS
Autor(
a)/
Casa Editora Título de
la
obra Grado
Mundo Litográfico y Andreita y Chepito -Mis primeros trazos. Preescolar
Educativo King Kolor
Aflode
Aprobación
2019
No. 29989 Gaceta Oficial Digital, jueves 14 de marzo de 2024 2
No. 29989 Gaceta Oficial Digital, jueves 14 de marzo de 2024 3

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